
La deportación de 19 migrantes cubanos desde Estados Unidos hacia Nicaragua ha generado interrogantes ante la inexistencia de un acuerdo público que explique los traslados, informó El Confidencial.
Los cubanos forman parte de los 116 extranjeros de 16 nacionalidades recibidos por el régimen de Daniel Ortega y Rosario Murillo entre enero de 2025 y junio de 2026.
Confidencial reveló los datos tras analizar los registros del Proyecto de Datos sobre Deportaciones. En esta documentación no se encontró a Nicaragua como un tercer país receptor de migrantes.
Los cubanos representan el segundo grupo más numeroso, con 19 personas, solo por detrás de los hondureños, que suman 22. También fueron enviados 17 ecuatorianos, 11 guatemaltecos, 11 colombianos, siete peruanos, seis venezolanos, seis salvadoreños y cinco nigerianos.
La lista incluye además a ciudadanos de Bangladesh, Costa Rica, República Dominicana, India, Irán y México. Hasta el momento, el régimen de Ortega no ha revelado quiénes son los deportados, por qué aceptó recibirlos ni qué situación migratoria les concedió.
La falta de transparencia aumenta la incertidumbre sobre el destino de los cubanos. Al ser enviados a un país distinto al de origen, podrían carecer de residencia, familiares, empleo, documentos o redes de apoyo. Tampoco se conoce si permanecen en Nicaragua o si posteriormente fueron trasladados a otra nación.
Los registros indican que el 33% de los 116 extranjeros partió del Aeropuerto Internacional de Miami y el 25% salió de Alejandría, Luisiana. La mayoría viajó individualmente o en pareja, aunque el 19 de marzo y el 9 de mayo de 2025 se documentaron grupos de cinco y seis personas.
En 82 casos se aplicó el denominado “código 8”, utilizado para personas interceptadas en la frontera o detenidas dentro de EEUU. Otros 22 aparecen bajo el “código 3”, correspondiente a una salida voluntaria autorizada por un juez migratorio.
Once extranjeros fueron procesados mediante el “código 6”, relacionado con infracciones migratorias, y uno recibió el “código cero”, que permite retirarse voluntariamente ante un oficial. La base de datos no identifica qué clasificación fue aplicada específicamente a cada cubano.
Expertos consultados por Confidencial explicaron que EEUU puede deportar a una persona hacia otra nación siempre que el gobierno receptor permita su entrada. La ausencia de un convenio formal no impediría autorizaciones individuales por residencia previa, doble nacionalidad, documentos especiales o consentimiento concedido caso por caso.
Ni la Embajada estadounidense en Nicaragua ni el Servicio de Inmigración y Control de Aduanas respondieron las consultas del medio. El silencio impide determinar si Washington negoció garantías para los deportados o si Managua obtuvo algún beneficio por admitirlos.
La práctica forma parte de una política más amplia. Human Rights First y Refugees International aseguran que la Administración Trump ha alcanzado acuerdos con más de 30 países y trasladado forzosamente a más de 17.500 personas. También señalan que Washington comprometió al menos 44 millones de dólares para gobiernos receptores.
Un juez federal de Massachusetts declaró ilegal el 25 de febrero la política de deportaciones rápidas a terceros países por no ofrecer aviso suficiente ni oportunidad para alegar riesgo de persecución o tortura. Sin embargo, una corte de apelaciones suspendió el fallo el 16 de marzo mientras continúa el litigio.