
Un migrante obtuvo asilo en Estados Unidos por persecución religiosa tras alegar que enfrentaba riesgos por ser miembro de los Testigos de Jehová, según informó el bufete del abogado Wilfredo Allen.
La decisión fue emitida el 7 de mayo de 2026 en la Corte de Inmigración de Orlando, Florida, en un momento de mayor endurecimiento migratorio bajo la administración de Donald Trump.
La firma Law Office of Wilfredo Allen publicó el resultado del caso desde Miami y lo presentó como una victoria legal en defensa de una persona que buscaba vivir con “libertad, seguridad y dignidad”.
El caso se basó en uno de los cinco motivos protegidos por la ley de asilo en Estados Unidos: la religión. La normativa permite pedir protección cuando una persona está físicamente en el país o llega a territorio estadounidense y teme regresar a su nación por persecución pasada o por un temor fundado de persecución futura.
La ley migratoria no concede asilo por cualquier dificultad. No basta con alegar pobreza, falta de oportunidades, crisis económica, inseguridad general o desacuerdo amplio con la situación del país. El solicitante debe demostrar que el daño sufrido o temido está vinculado a raza, religión, nacionalidad, opinión política o pertenencia a un grupo social particular.
En el caso de ciudadanos cubanos, los argumentos suelen ser más sólidos cuando están relacionados con represión estatal por opinión política, activismo, periodismo independiente, participación en protestas, citaciones, amenazas, detenciones, vigilancia o castigos por oponerse al régimen comunista. Sin embargo, la persecución religiosa también puede prosperar si se demuestra con pruebas y un relato coherente.
El asilo puede tramitarse por dos vías principales. La primera es el asilo afirmativo, presentado ante USCIS por una persona que ya está en Estados Unidos y no se encuentra en proceso de deportación. Para ello se utiliza el formulario I-589, que normalmente debe entregarse dentro del primer año desde la llegada al país.
La segunda vía es el asilo defensivo, utilizado cuando el migrante ya está en proceso de remoción ante un juez de inmigración. En ese escenario, la solicitud funciona como una defensa para evitar la expulsión.
Plazos para pedir asilo en EEUU
El plazo general para pedir asilo es de un año desde la última entrada a Estados Unidos. Existen excepciones por “circunstancias cambiadas” o “circunstancias extraordinarias”, pero deben probarse. Entre ellas figuran cambios relevantes en el país de origen, enfermedad grave, incapacidad, minoría de edad, cambios personales que afecten la elegibilidad o asistencia legal ineficaz.
Un expediente fuerte suele incluir una declaración personal detallada, documentos de identidad, citaciones, multas, amenazas, reportes médicos, publicaciones, mensajes, testigos, pruebas de detenciones, despidos, vigilancia o información sobre la situación del país.
La ley permite que el testimonio sea suficiente en ciertos casos, pero debe ser creíble, específico y persuasivo. El juez o funcionario también puede exigir corroboración cuando sea razonable obtenerla.
Costos de presentar un caso de asilo en EEUU
El costo oficial ya no es igual al de años anteriores. EOIR informa una tarifa inicial de 100 dólares para solicitudes de asilo ante corte migratoria, sin reducción ni exención permitida.
Además, existe una tarifa anual de 102 dólares para casos pendientes por un año o más desde el 1 de octubre de 2025. Si el expediente continúa abierto otros 365 días, puede generarse un nuevo pago.
A esas tarifas se suman los honorarios legales. Periódico Cubano recopiló referencias generales de mercado donde una solicitud I-589 puede costar entre 1.000 y 6.000 dólares. En casos de defensa contra deportación, el rango puede ubicarse entre 2.000 y 15.000 dólares o más, según ciudad, complejidad, pruebas, audiencias y apelaciones.
Baja tasa de aprobación de asilos con la administración Trump
El panorama actual es restrictivo. La Casa Blanca afirmó el 9 de abril de 2026 que, bajo Trump, el asilo se concedía en apenas 7% de los casos. Datos de TRAC, de la Universidad de Syracuse, mostraban ya una caída: en agosto de 2025 los jueces aprobaron 19,2% de los casos, frente al 38,2% de agosto de 2024.
En febrero de 2026, TRAC reportó órdenes de deportación en 79,6% de los casos completados durante el año fiscal hasta ese mes. Para nacionales de países bajo revisiones especiales, como Cuba, el escenario puede ser todavía más incierto.