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Modifican leyes cubanas para cambios y conversiones de vehículos, ¿fin a las prohibiciones?

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Modifican leyes cubanas para cambios y conversiones de vehículos, ¿fin a las prohibiciones?

La ley entrará en vigor en el mes de noviembre

La Gaceta Oficial número 75 Ordinaria de la República de Cuba publica este 2 de octubre nueva leyes que rigen los cambios y conversiones a vehículos de motor, remolques y semirremolques en todo el país. El reglamento entrará en vigor a partir del mes de noviembre y afecta tanto a personas jurídicas como naturales.

En conferencia de prensa, Pedro Ramón Velázquez Castillo, de la Dirección de Seguridad Automotor del Mitrans, detalló que “la normativa puede ser garantía de mayor seguridad vial a los medios sometidos a estos cambios, pues se regula con qué partes/piezas, cómo, quiénes pueden efectuar los trabajos y en qué tiempo, lo cual debe, además, agilizar su cumplimiento”.

Cuando las autoridades territoriales del transporte autoricen la reconversión “los propietarios tienen un plazo de un año para ejecutarlas, con una prórroga de otros seis meses”.

Es imprescindible, dijo, presentar “un proyecto técnico, y contar con la emisión y aprobación de un dictamen por las autoridades correspondientes” para que proceda la solicitud de modificaciones. Este proceso se debe llevar a cabo en un taller autorizado para tales fines.

De igual manera, para obtener la aprobación final se “debe pasar el vehículo por la inspección técnica (somatón)”

Velázquez Castillo argumentó que entre los cambios más esperados están la sustitución completa del motor por otro de diferentes características. “También entran en esta lista las reformas a elementos de transmisión desde salida del motor hasta las ruedas, la modificación del sistema de selección de velocidades o a la caja de cambios”.

En la carrocería también hay una cierta liberalización de lo que podrá hacerse. “La nueva ley también permitirá cambiar un auto de paseo a convertible; la adaptación de camiones y camionetas de carga para el transporte de pasajeros y viceversa; la instalación, modificación o desinstalación de dispositivos para el acoplamiento de remolques o semirremolques”.

Se permitirá la adaptación de partes de carrocerías entre vehículos de diferentes modelos dentro de la misma marca, adaptar partes y piezas de diferentes marcas y modelos en las motos y ciclomotores, todo esto con similares dimensiones y atendiendo a otros aspectos.

Según las autoridades del Mitrans, los cambios más deseados con en la carrocerías y partes y piezas de autos de marca Lada modelos 2101, 2102, 2103, 2104, 2105, 2106, 2107 y Fiat modelo 125.

La modificación a las leyes no será para una liberalización completa pues aún se prohíbe la reconversión “cuando aumenten la capacidad de carga a transportar en el vehículo, o las dimensiones de largo y ancho máximas originales del mismo”

No se podrá hacer “cambios de motor cuando la potencia del que se instalará sea mayor al 50 por ciento de la del motor original o cilindrada mayor de 100cc para motos de hasta 60cc, entre otros casos en los que haya que realizar soldaduras directamente sobre la estructura del vehículo”.

“Tampoco se podrá convertir vehículos eléctricos a combustión interna. Ni pasar motos sencillas a sidecar o triciclos en motos de menos de 250cc, o cuando el vehículo resultante aumente la velocidad máxima establecida por el fabricante”.

 

Con información de ACN  

 

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