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Negocios privados en Cuba deberán pagar derechos de autor por difundir música en sus locales

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Negocios privados en Cuba deberán pagar derechos de autor por difundir música en sus locales

La normativa firmada por el ministro de Cultura fue publicada en la Gaceta Oficial No.17 del 2022

Negocios privados en Cuba deberán pagar derechos de autor por difundir música en sus locales

Los negocios privados están obligadas a abonar las tarifas siguientes a través de la Agencia Cubana de Derecho de Autor. (Foto: Periódico Cubano)

Negocios privados en Cuba como bares, discotecas o restaurantes que difundan música cubana deberán pagar un impuesto por concepto de derecho de autor, según recoge la Resolución 5 del Ministerio de Cultura que fue publicada en la Gaceta Oficial No. 17 del 2022.

De acuerdo con la normativa firmada por el titular del sector, Alpido Alonso Grau, habrá una escala de porcentajes a pagar sobre los ingresos recaudados por el local cuando se programen obras musicales, audiovisuales, y por las segundas y sucesivas representaciones de obras de las artes.

De tal forma, los trabajadores por cuenta propia, las cooperativas no agropecuarias y las micro, pequeñas y medianas empresas del sector no estatal están obligadas a abonar las tarifas siguientes a través de la Agencia Cubana de Derecho de Autor.

Impuestos a cobrar a los negocios privados cubanos por derechos de autor

  • Servicios de Recreación, Centro Nocturno, Discoteca y otros establecimientos afines, para actividades nocturnas y matinées: 4 % de los ingresos brutos mensuales, incluyendo lo que se recaude por el cobro de la entrada.
  • Restaurantes: 1 % de los ingresos brutos mensuales
  • Cafeterías: 1 % de los ingresos brutos mensuales
  • Bar: 2 % de los ingresos brutos mensuales
  • Servicios de organización de fiestas y actividades afines: 3 % de los ingresos brutos mensuales.
  • Servicios de reproducción y comercialización de contenidos culturales en cualquier soporte: 300 pesos mensuales

La resolución del Ministerio de Cultura aclara que “siempre que tengan lugar presentaciones en vivo de unidades artísticas de la música o de las artes escénicas” en los locales antes mencionados, los porcentajes de cada tarifa se aplican “con anterioridad a cualquier distribución de ingresos entre el utilizador y la entidad comercializadora de los servicios artísticos”.

El texto normativo no hace referencia a las obligaciones tributarias de los centros estatales por concepto de derecho de autor. No obstante, para los locales de propiedad privada las tarifas entran en vigor “el día hábil siguiente a su publicación en la Gaceta Oficial de la República de Cuba”, es decir, desde el 25 de febrero de 2022.

El gobierno cubano atraviesa por una severa crisis financiera donde el déficit fiscal a precios corrientes es, según cifras oficiales, del 20% del Producto Interno Bruto del país. Por ello, en las últimas semanas ha creado nuevos impuestos para recaudar dinero hacia el presupuesto del Estado.

Durante el pasado mes de enero, entró en vigor una norma que cobra hasta el 10% de impuesto sobre las ventas totales de los comercializadores de productos del agro.

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