
Un proyecto de Ley de la Vivienda publicado por la Asamblea Nacional del Poder Popular impondría cuotas mensuales obligatorias a los propietarios de apartamentos en edificios multifamiliares en Cuba.
Según un texto divulgado este lunes 8 de junio, la medida se realiza con el argumento de financiar la limpieza, conservación, reparación y otros gastos comunes de los inmuebles.
La propuesta, compuesta por 190 artículos, introduce nuevas reglas para la propiedad horizontal y amplía las responsabilidades económicas de los titulares.
La norma aún debe recibir aprobación parlamentaria, pero ya anticipa mayores cargas para propietarios en medio del deterioro del fondo habitacional del país.
Cuotas obligatorias para edificios multifamiliares
El capítulo XI del proyecto establece la creación de juntas de administración en los edificios multifamiliares. Esas estructuras estarán integradas por todos los titulares de apartamentos y podrán tomar decisiones por mayoría simple.
El artículo 157 señala que “Los acuerdos adoptados por la Junta de Administración tienen efectos vinculantes para todos los titulares”. En la práctica, las decisiones aprobadas alcanzarían incluso a quienes no estén de acuerdo con ellas.
Entre las facultades de esas juntas aparece la posibilidad de definir el pago mensual que deberán asumir los propietarios.
El artículo 156 indica que podrán “fijar la cuota mensual que deben contribuir los titulares para cubrir los gastos comunes”. Esos fondos se destinarían a limpieza, mantenimiento, conservación y rehabilitación de áreas compartidas.
La administración también podría aprobar ingresos y gastos, contratar servicios de seguridad, mantenimiento de equipos, conservación del inmueble, rehabilitación y otras actividades relacionadas con los espacios comunes. La medida traslada a los propietarios una parte del peso financiero de edificios que, durante años, han sufrido abandono estatal y falta de mantenimiento.
Nuevas obligaciones para los propietarios
El proyecto precisa que los titulares deberán cubrir gastos vinculados con escaleras, fachadas, techos, entradas, salidas, patios, jardines, cisternas, bombas de agua, ascensores, intercomunicadores, garajes no privativos y otras instalaciones de uso común.
El artículo 152 también obliga a contribuir con la “limpieza, ornato y mantenimiento de los servicios comunes del edificio” y con la “conservación y rehabilitación de los elementos comunes”. Además, los propietarios tendrían que mantener limpias las aceras y áreas exteriores frente a sus viviendas.
La iniciativa sustituiría la Ley General de la Vivienda de 1988 y sus nueve decretos-leyes modificatorios. Su aprobación marcaría uno de los cambios legales más amplios en materia habitacional dentro de un país donde el déficit oficial supera las 805.000 viviendas.
Riesgo de perder viviendas por abandono
El texto también introduce disposiciones sobre inmuebles desocupados o en mal estado. El artículo 139 obliga a los propietarios a recuperar el valor de uso de viviendas con deterioro estructural, aunque no hayan sido declaradas en ruina.
El artículo 141 advierte que, si una casa llega a estado ruinoso por abandono y su dueño no actúa, “la Dirección de la Vivienda Municipal podrá solicitar al Tribunal competente la pérdida del derecho por abandono y su disponibilidad a favor del Consejo de la Administración Municipal para su posterior asignación”.
La propuesta mantiene el límite de dos viviendas en propiedad por persona natural, además de una casa de descanso o veraneo. También establece que quienes reciban viviendas subsidiadas no podrán venderlas, donarlas ni permutarlas durante 15 años, salvo que devuelvan al Estado el total del subsidio recibido.
El proyecto estuvo sometido a consulta pública hasta el 28 de febrero de 2026. Si resulta aprobado, el Consejo de Ministros tendrá 60 días para emitir el reglamento. La ley entraría en vigor 90 días después de su publicación en la Gaceta Oficial.