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Disidentes que reciban tan solo una recarga podrían ser sancionados según el nuevo Código Penal

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Disidentes que reciban tan solo una recarga podrían ser sancionados según el nuevo Código Penal

El anteproyecto cubano está ampliando los delitos «contra la Seguridad del Estado» que pueden ser sancionados con cárcel

Manifestantes del 11J frente al ICRT recibieron la anulación de sus cargos

Los manifestantes del 11J fueron catalogados como contrarrevolucionarios que reciben financiamiento para alterar el orden en el país. (Foto: Yunior García Aguilera -Facebook)

El nuevo Código Penal que el gobierno cubano pretende aprobar en abril, busca recrudecer como nunca antes la represión contra quienes piensan diferente. Dentro de los mayores afectados están quienes reciban o financien todo lo que el castrismo considere actividades contra el Estado y su orden constitucional. Este financiamiento pudiera ser hasta una recarga telefónica.

El abogado cubano Eloy Viera Cañive explicó en El Toque que el artículo 143 del anteproyecto del Código Penal viene a ampliar los delitos que han sido entendidos como “Otros actos contra la Seguridad del Estado”.

Como si no hubiera ya suficientes herramientas legales aberrantes para castigar lo que en el derecho internacional no es considerado un crimen, el nuevo Código Penal de la Isla regula otro delito, que no existía en la legislación vigente, y para el cual se establecen nada menos que penas de entre 4 y 10 años de prisión.

Bajo este artículo se sancionaría a quien «por sí o en representación de organizaciones no gubernamentales, instituciones de carácter internacional, formas asociativas o de cualquier persona natural o jurídica del país o de un Estado extranjero, apoye, fomente, financie, provea, reciba o tenga en su poder fondos, recursos materiales o financieros, con el propósito de sufragar actividades contra el Estado y su orden constitucional».

Lo terrible de este artículo es que ataca a todo periodismo independiente y activismo en el país, pues de una manera u otra, para realizar estas actividades es necesario recibir financiamiento. Aunque la intención no sea atentar contra el Estado o subvertir el orden constitucional, el régimen interpreta la ley a su conveniencia y juzga arbitrariamente a sus ciudadanos.

“La filantropía y el financiamiento a organizaciones e individuos que pretenden desarrollar labores lícitas no es considerado delito en la mayor parte del mundo. Al contrario, la aplicación a fondos públicos o privados, nacionales o extranjeros, es una forma muy común de sostener actividades tan diversas como la promoción de los derechos humanos o la investigación científica. Sobre lo que sí existe bastante consenso es en torno a la necesidad y pertinencia de prohibir el financiamiento extranjero a partidos políticos y organizaciones terroristas”, refiere Viera Cañive.

Además, tanto el Partido Comunista de Cuba (PCC), como organizaciones de masa y la prensa oficialista, son sostenidos por financiamiento nacional y extranjero. Sin embargo, lo que para unos es tan normal y lícito, para otros es un arma usada en su contra que, ahora, podría incluso llevar cárcel.

Aunque el castrismo siempre ha satanizado el financiamiento que reciben periodistas, activistas y organizaciones civiles en Cuba, utilizando el dinero para difamar a estas personas, no podía condenarlos explícitamente por eso, sino por aparentes delitos comunes que fabrican en su contra, como los famosos «resistencia» o «desorden público».

Con el artículo 143, se contempla condenarlos a prisión simplemente por trabajar o actuar en correspondencia con lo que deberían ser sus derechos más básicos.

Las Damas de Blanco han sido uno de los grupos de activistas más reprimidos en el país. Estas mujeres han sido criminalizadas en la prensa como «mercenarias» al servicio de los intereses de Estados Unidos, ocultando su legítimo reclamo de la liberación de los presos políticos. (Foto: Berta Soler-Facebook)

¿Qué se entenderá por financiamiento independiente?

El régimen cubano ha intentado no dejar margen a excepciones con este artículo: todo financiamiento, de cualquier origen, puede ser sancionado, no solo los públicos o los estadounidenses, sino nacionales y de cualquier Estado extranjero, organizaciones no gubernamentales (ONG), instituciones de carácter internacional, formas asociativas y personas naturales o jurídicas.

Y es que a la dictadura no le interesa el origen del financiamiento, sino acallar las voces en contra por todas las vías posibles.

“El artículo 143 del anteproyecto emplea términos genéricos que profundizan la inseguridad jurídica y que permitirían a las autoridades, en un futuro, considerar como financiamiento hasta la más simple muestra de apoyo. El nuevo delito propuesto utiliza verbos generales como ‘apoyar’, ‘financiar’, ‘fomentar’ y ‘proveer’ para determinar la responsabilidad del financista. Al mismo tiempo, considera responsable de ser un financiado —también punible— a quien reciba o posea fondos o recursos materiales o financieros”, agrega el abogado.

A mediados del año pasado, José Luis Reyes Blanco, jefe de la Dirección de Procesos Penales de la Fiscalía General de la República de Cuba, dijo en televisión nacional que por financiamiento podría entenderse: “un regalo, una recarga de teléfono puede ser un pago, algún estímulo, algo que la persona reciba como una gratificación, como una recompensa porque hizo lo que le pidieron que hiciera”.

Ante esto, uno de los principales voceros del régimen cubano en la televisión, Humberto López, respondió: “estaba pensando mientras usted decía eso, fiscal, en esas maneras de tercerización que agencias del imperio realizan para también lavar un poco el dinero. Hemos hablado de premios que se otorgan a personas y eso va lavando la imagen, de visas que se otorgan para viajes, o sea, que yo creo que las formas son indudablemente muchísimas”.

El artículo 143 del anteproyecto busca llevar a la legalidad estas concepciones. De aprobarse en abril, como está previsto, el nuevo Código Penal eliminará las pocas trabas que quedaban para que el régimen disponga a su conveniencia de la ley contra quienes simplemente piensan diferente en el país, porque nadie puede ir en contra del “socialismo”, o mejor dicho, nadie pude ir en contra del castrismo.

 

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