
El Consejo de Estado de Cuba aprobó el Decreto-Ley 114/2025, publicado en la Gaceta Oficial No. 24 del 3 de marzo de 2026, que establece las bases para la creación de empresas mixtas entre privados y el gobierno comunista.
Las normas definen los marcos legales y los procedimientos para la creación de sociedades de responsabilidad limitada, adquisiciones y absorciones, y contratos de asociación económica entre ambas partes.
La medida, firmada por el presidente de la Asamblea Nacional del Poder Popular, Juan Esteban Lazo, y respaldada por el Ministerio de Economía y Planificación, tiene como objetivo fundamental dinamizar la economía cubana, favoreciendo la colaboración entre empresas estatales y actores económicos no estatales, como las micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes), cooperativas y otras entidades privadas.
El Decreto-Ley 114/2025 permite que empresas estatales y no estatales se asocien para formar sociedades de responsabilidad limitada mixtas, adquirir participaciones en empresas ya existentes o crear nuevas entidades, además de concertar contratos de asociación económica.
De acuerdo con la versión oficial, estas medidas buscan integrar mejor al sector privado dentro del sistema económico cubano, aunque bajo un control administrativo y regulatorio estricto por parte del Ministerio de Economía y Planificación.
El régimen establece que las entidades estatales involucradas deben ser empresas estatales, sociedades de responsabilidad limitada estatales o sociedades anónimas de capital cien por ciento cubano.
Los aportes de las entidades pueden ser tanto dinerarios como no dinerarios, aunque en el caso de bienes inmuebles o intangibles de propiedad estatal, el avalúo deberá ser realizado por el Ministerio de Finanzas y Precios.
El proceso para la creación de estas sociedades mixtas incluye una serie de pasos burocráticos. Las entidades que deseen asociarse deben presentar una solicitud ante el Ministerio de Economía y Planificación, acompañada de una propuesta de convenio de asociación, estatutos sociales y un proyecto de negocio detallado.
El Ministerio tiene un plazo de 30 días naturales para evaluar las solicitudes y un máximo de 10 días adicionales para aprobar o denegar la creación de la sociedad. Si la solicitud involucra bienes de propiedad socialista, el proceso puede extenderse hasta 60 días.
Aunque la medida da un paso hacia la apertura económica, el control sobre el proceso sigue siendo exhaustivo. Las empresas mixtas tendrán que adherirse a las directrices del gobierno cubano, lo que incluye la fiscalización de las actividades económicas y la supervisión del uso de las utilidades generadas por estas sociedades.
Además, aunque se otorgan nuevas facultades a las sociedades mixtas, como la capacidad de exportar e importar directamente, operar cuentas bancarias y gestionar su propio capital, se mantendrá una regulación estricta sobre precios y actividades comerciales, según lo dispuesto por el Ministerio de Finanzas y Precios.
Junto a las sociedades mixtas, el Decreto-Ley también introduce los contratos de asociación económica, que no crean una persona jurídica nueva, pero permiten que las entidades estatales y no estatales se asocien para formar un fondo común.
En este tipo de contratos, cada parte mantiene su identidad legal, pero se estipulan acuerdos sobre los aportes, los beneficios y la gestión del negocio. Este modelo es más flexible que las sociedades mixtas, aunque también está sujeto a la aprobación del Ministerio de Economía y Planificación.
Requisitos para la implementación y control por parte del gobierno
La Resolución 8/2026, que complementa el Decreto-Ley, establece los procedimientos detallados para la implementación de las nuevas asociaciones. Entre los requisitos, se incluye que las sociedades mixtas sean capaces de autofinanciarse y generar utilidades.
Además, los proyectos deben alinearse con la estrategia de desarrollo territorial de Cuba. Para garantizar la correcta implementación de estas asociaciones, el Ministerio de Economía y Planificación tendrá la última palabra en las solicitudes de constitución, fusión y adquisición, así como en las modificaciones que se realicen en las entidades involucradas.
Rechazos y condiciones para la implementación
Las propuestas pueden ser rechazadas si no cumplen con los requisitos legales, si el negocio no demuestra viabilidad o si existe alguna incapacidad jurídica por parte de los actores involucrados.
Asimismo, se aplicarán sanciones en caso de incumplimientos fiscales, tributarios o bancarios previos. Una vez aprobada una sociedad mixta, los acuerdos deben ser formalizados ante notario público y registrados en el Registro Mercantil, y las modificaciones deben ser evaluadas periódicamente por el Ministerio de Economía y Planificación.

