
El Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés) emitió un memorándum para anunciar la suspensión inmediata en todos los trámites migratorios y de ciudadanía de personas provenientes de Cuba y otros 18 países incluidos en el listado de travel ban.
La medida congela los procesos de residencia permanente (green card) bajo la Ley de Ajuste Cubano, las solicitudes de ciudadanía y otros beneficios migratorios como asilos o permisos de trabajo.
¿Quiénes escapan a estas medidas?
En redes sociales circula la línea de pensamiento de que quienes hayan iniciado sus trámites de Green card (I-485) bajo la ley de ajuste cubano o de advance parole (I-131) sí podrán continuar con el proceso, aunque sometidos a más revisiones.
Periódico Cubano consultó el documento emitido por USCIS y no da garantías públicas de que quienes ya hubieran iniciado trámites queden exentos de la pausa total. De hecho, la suspensión incluye la paralización —al menos temporal— de todos los casos: nuevos, pendientes y en proceso de adjudicación.
En el propio memorándum se incluye la posibilidad de exenciones a este “hold” (suspensión), pero esas exenciones no aplican automáticamente, deben ser aprobadas por la “Office of Policy and Strategy” de USCIS.
Eso significa que sí existe un mecanismo para excepciones, aunque de momento se entiende como algo discrecional y sujeto a revisión individual. Por ejemplo, si la solicitud se considera “discrecional”, dígase permisos de trabajo, renovaciones, “parole humanitario”, etc. En esos casos, el oficial puede decidir otorgar el beneficio tomando en cuenta distintos factores.
En teoría, situaciones humanitarias, de urgencia o bien documentadas, podrían tener una evaluación especial. Eso dependería de cómo USCIS defina su criterio de riesgo y seguridad nacional. Por otra parte, si la persona puede presentar una “excepción” justificada ante la “Office of Policy and Strategy” podría haber aprobación caso por caso, fuera del “hold” general.
USCIS advierte que todos los casos serán revisados más exhaustivamente, con la posibilidad de que se revoquen beneficios migratorios si se descubren irregularidades, como mentiras, omisiones o vínculos con el régimen cubano.
Para que un cubano reciba una excepción a la suspensión de trámites migratorios, es esencial que:
- No tenga antecedentes relacionados con terrorismo o seguridad nacional.
- Su solicitud sea de naturaleza discrecional o humanitaria (como permisos de trabajo, renovaciones o parole).
- Demuestre circunstancias excepcionales que justifiquen el avance del trámite migratorio.
- No haya incurrido en irregularidades u omisiones en su proceso de solicitud.
Si cumple con estos criterios, tiene una mejor posibilidad de que se le otorgue una excepción. Sin embargo, no hay garantía de que la solicitud sea aprobada, ya que la decisión final dependerá de la revisión discrecional de USCIS.
Yo que hice hace 3 meses una reclamación d mi novio d una visa fiance como ciudadana americana para traerlo conmigo pues soy una mujer sola y necesito d su compañía q posibilidades hay para q el venga