TV con entrega en TODA CUBA desde $199 🇨🇺 Envía AHORA
Conecta con nosotros

Periódico Cubano

¿Qué hacer para acogerse a la Ley de Ajuste Cubano?

ESTADOS UNIDOS

¿Qué hacer para acogerse a la Ley de Ajuste Cubano?

La Ley de Ajuste Cubano ofrece una ventaja a los nacionales de Cuba por encima del resto de los migrantes

La Ley de Ajuste Cubano (Cuban Adjustment Act) es una ley federal (89-732) sancionada el 2 de noviembre de 1966 por el gobierno de Estados Unidos para ayudar a todos los cubanos que escapaban del régimen comunista impuesto en la Isla desde el ascenso al poder de Fidel Castro.

Al igual que otros ciudadanos del mundo, los cubanos pueden emigrar legalmente hacia los EEUU haciendo uso de distintos programas, como los de visas de familia, lotería de visa, asilo o refugio. La ventaja de la Ley de Ajuste Cubano es que el año y un día el ciudadano que entró legalmente al territorio puede optar por la conocida Green Card, que es el permiso de residencia.

¿Qué hacer para acogerse a la Ley de Ajuste Cubano

El sur de la Florida es la zona con más población cubana dentro de EEUU. (Foto: Periódico Cubano)

Sin embargo, este permiso de residencia bajo la Ley de Ajuste Cubano tiene algunos requisitos que se deben cumplir:

  • Llenar completamente el Formulario I-485, Solicitud para Registrar Residencia Permanente o Ajustar Estatus;
  • Ser ciudadano cubano;
  • Haber “sido inspeccionado y admitido o puesto bajo palabra de Estados Unidos después del primero de enero de 1959”, o haber obtenido advance parole después del 1 de enero de 1959;
  • Haber vivido en Estados Unidos durante un año al menos al momento de la presentación del Formulario I-485;
  • Está presente físicamente en EEUU durante la presentación del Formulario I-485;
  • Ser admisible en EEUU para optar al estatus de Residente permanente legal o ser elegible para obtener una exención de inadmisibilidad o cualquier otro alivio migratorio,
  • Tener la aceptación de USCIS.

Vale aclarar que la nueva política impuesta por el presidente demócrata Barack Obama, justo días antes de dejar su mandato en enero de 2017, fue la eliminación de la ley pies secos/ pies mojados que permitía a los cubanos que llegaban a territorio estadounidense por cualquier vía y literalmente ponían un pie en EEUU eran admitidos por las autoridades migratorias sin estar expuestos a una deportación.

Beneficios de la Ley de Ajuste Cubano en EEUU:

  • Autorización de empleo de forma automática.
  • Trámite de la Tarjeta de Residencia legal sin necesidad de prestar una declaración jurada de manutención (Affidavit of Support).
  • Asignación del Número de Seguridad Social.
  • Beneficios estatales de alimentación y alojamiento.
  • Ajuste del estatus migratorio sin necesidad de salir del país para efectuar el trámite consular.

Familiares directos también elegibles

Los familiares de los cubanos que se acogieron a la Ley de Ajuste Cubano también pueden obtener este beneficio. Para ellos solo los familiares directos como el cónyuge o hijo soltero menor de 21 años son elegibles. En este punto la ley no hace distinción del tiempo de relación matrimonial, para efectos legales no importa si su relación comenzó antes o después que su cónyuge o progenitor obtuvo su estatus legal basado en la Ley de Ajuste.

Documentos para validar la reclamación de un familiar directo:

  • Formulario I-485, Solicitud para Registrar la Residencia Permanente o Ajustar Estatus
  • Copia de la documentación que demuestre su relación con el cónyuge o padre cubano como, por ejemplo, un certificado de matrimonio, certificado de nacimiento, o decreto de adopción;
  • Copia de la documentación que demuestre que su cónyuge o padre es oriundo de Cuba o ciudadano cubano;
  • Copia del Formulario I-797, Notificación de Aprobación o Recibo, del Formulario I-485 de su cónyuge o padre cubano, o una copia de la Tarjeta Verde de su cónyuge o padre cubano (si va a presentar su solicitud junto con el Formulario I-485 del solicitante principal);
  • Evidencia de que reside con su cónyuge o padre cubano que cumple con los requisitos de CAA;
  • Evidencia de que ha estado físicamente presente en Estados Unidos durante al menos un año;
  • Dos fotografías tipo pasaporte;
  • Copia de su documento de identidad con fotografía, expedido por el gobierno;
  • Copia de su certificado de nacimiento;
  • Copia de la página de su pasaporte que tiene la visa de no inmigrante (si corresponde);
  • Copia de la página de su pasaporte que tiene el sello de admisión o permiso (expedido por un oficial de inmigración del gobierno de Estados Unidos) (si corresponde);
  • Copia del Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida, o copia del sello de admisión o permiso del Servicio de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP, por sus siglas en inglés) que está en el documento de viaje (si corresponde).

 

*El contenido de este artículo es meramente informativo, para una asesoría legal contacte a un experto

¡Únete al canal de Telegram y WhatsApp para contenidos exclusivos!

SUSCRÍBETE y recibe noticias GRATIS
Suscritos Widget

Comentar noticia

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Advertisement

Noticias de Impacto

Advertisement

Lo más leído en la semana

Advertisement

Escándalos de la Farádula

Arriba