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Regulaciones para la venta minorista a plazos en Cuba

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Se aplica a bienes con precios superiores a los 2.500 pesos. (Foto ilustrativa: Periódico Cubano)

El Ministerio de Comercio Interior de Cuba (Mincin) aprobó un grupo de regulaciones para la venta minorista a plazos de bienes con precios superiores a los 2.500 pesos.

La Gaceta Oficial Extraordinaria número 66 publicó este martes la Resolución 98/2021 que establece varios requisitos para ajustarse a las nuevas disposiciones. De tal forma, podrán adquirir los artículos a plazos ciudadanos cubanos “con domicilio permanentemente en el país, residir en la provincia donde se solicite la venta, así como tener más de 18 años de edad, capacidad legal y de pago”.

Igualmente, “deben tener ingresos demostrables, fijos y regulares avalados, y haber honrado o estar honrando otras deudas contraídas bajo esta modalidad de venta”.

¿Cómo solicitar la venta a plazos?

Las personas naturales deben presentarse en el establecimiento minorista con su documento de identidad, datos personales y la certificación de la capacidad de pago de un fiador.

Es posible presentar además una certificación del centro de trabajo con el salario devengado. En el caso de los trabajadores por cuenta propia se tendrá en cuenta la declaración jurada de impuestos sobre ingresos personales.

Por su parte, los pensionados o beneficiarios de la asistencia social mostrarán en el establecimiento una certificación de los ingresos por la Dirección de Trabajo o filial del Instituto Nacional de Seguridad Social.

Los estudiantes en centros que reciban asignaciones de artículos, con pago a plazos, mostrarán los datos personales y el compromiso de la persona que los asiste para el pago.

También existe la posibilidad, en el caso de las personas contratadas en una entidad estatal, de acceder a la venta a plazos mediante el descuento por nómina.

El establecimiento con modalidad de ventas a plazos dispone de hasta 10 días hábiles para corroborar la documentación presentada, firmar un compromiso de tramitación de la solicitud e informar al cliente de su resultado, según la Resolución.

En el contrato, suscrito entre el cliente y el establecimiento minorista, se reflejará el importe de la compra, tasa de recargo, forma de pago, cuotas, plazos de pago, y consecuencias del incumplimiento; así como la solución de conflictos, obligaciones, términos y condiciones de ambas partes.

La tasa máxima de interés será del 2,5 por ciento sobre el importe del artículo. El cliente efectuará inicialmente un pago negociable no inferior al 20 por ciento del precio de venta del artículo, mediante el pago electrónico o en efectivo. El importe restante se abonará en los plazos que se pacten, siempre en el término de hasta un año.

Durante el acto de la compra, el cliente recibirá el comprobante de venta y el certificado de garantía; la certificación de propiedad se otorgará, si corresponde, una vez que se haya abonado el importe total. Aclara el texto que de incumplirse, por el cliente, los términos establecidos en el contrato y la renegociación, el establecimiento minorista está facultado para retirar el bien, sin devolución del efectivo abonado.

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