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Periódico Cubano

Requisitos para obtener la Green Card (residencia) en EEUU por asilo político

ESTADOS UNIDOS

Requisitos para obtener la Green Card (residencia) en EEUU por asilo político

Contar con una residencia en EEUU permite vivir y trabajar de forma permanente en el país

Requisitos para obtener la Green Card (residencia) en EEUU por asilo político

Uno de los momentos más importantes para los migrantes en EEUU es la obtención de su residencia permanente. (Foto: Periódico Cubano)

Cientos de migrantes llegan cada día a Estados Unidos, entre ellos muchos cubanos, que sueñan con comenzar una nueva vida en ese país. Uno de los principales anhelos de estas personas es contar con una residencia, la llamada Green Card, que permite vivir y trabajar de forma permanente en EEUU. A continuación, exponemos los requisitos para obtener este valioso documento en caso de que usted haya entrado al territorio estadounidense bajo la petición de asilo político.

De acuerdo con las indicaciones oficiales del Servicio de Ciudadanía e Inmigración de EEUU (USCIS, por sus siglas en inglés), los ciudadanos extranjeros que soliciten asilo pueden recibir el estatus de residente permanente legal (LPR) después de mantener por al menos un año la condición de asilado.

Requisitos para obtener una Green Card como asilado:

  • Presentar correctamente el Formulario I-485, Solicitud de Registro de Residencia Permanente o Ajuste de Estatus;
  • Prueba de su otorgamiento de asilo (como una copia de la carta, la decisión de un juez de inmigración o el Formulario I-94, Registro de Entrada/Salida que muestre la fecha en que se le otorgó el asilo);
  • Dos fotografías tipo pasaporte;
  • Copia de su documento de identidad emitido por el Gobierno con fotografía;
  • Copia de su certificado de nacimiento (si está disponible);
  • Registros policiales y judiciales certificados de cargos penales, arrestos o condenas (si corresponde);
  • Estar físicamente presente en EEUU al momento de presentar su Formulario I-485;
  • Ha estado físicamente presente en EEUU durante al menos un año después de que se le concedió asilo;
  • Continúa cumpliendo con la definición de refugiado, o siendo el cónyuge o hijo de un refugiado;
  • No se ha reasentado firmemente en ningún país extranjero;
  • Su concesión de asilo no ha sido cancelada;
  • Es admisible en EEUU para la residencia permanente legal o es elegible para una exención de inadmisibilidad u otra forma de reparación.

El USCIS recomienda que imprima o guarde una copia de su solicitud completa como resguardo para futuros trámites. El completamiento de la solicitud le exige gestionar una cita en las oficinas de un módulo del USCIS para la toma de datos biométricos, como huellas dactilares.

Al momento de acudir a la cita, es recomendable hacerlo con todos los documentos requeridos y debidamente llenados; de lo contrario, los oficiales del Servicio de Inmigración pueden indicarle que regrese otro día.

En este sentido, es aconsejable que usted busque ayuda por parte de algún abobado, representante legal o persona familiarizada con este tipo de trámites migratorios. Recuerde que desde Periódico Cubano solo ofrecemos datos con carácter informativo.

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