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Tarifa por PCR a viajeros en Cuba: Violación a la Constitución y al reglamento de la OMS

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Tarifa por PCR a viajeros en Cuba: Violación a la Constitución y al reglamento de la OMS

El precio de 30 dólares a residentes es una excusa anticonstitucional para obtener divisas

Cobro de pruebas PCR a viajeros cubanos es una excusa anticonstitucional para obtener divisas. (Alberto Silva Facebook/ Periódico Cubano)

La tarifa por una prueba PCR -30 dólares- que cobra el gobierno de Cuba a todos los viajeros que ingresen al país fue declarada esta semana como “inconstitucional y amoral” por parte de abogados que hablaron con el portal Diario de Cuba.

Las autoridades cubanas no deben aumentar el costo de los viajes ni restringir servicios gratuitos como la salud a ningún ciudadano residente que entra o sale del país, bajo ningún concepto, alegaron los especialistas.

Sin embargo, la Resolución 293-2020 del Ministerio de Finanzas y Precios establece que desde el 1 de diciembre de 2020, las personas que arriben por los aeropuertos o por cualquier otra frontera de Cuba, deberán pagar 30 dólares por las pruebas de Covid-19.

La medida además deja ver la incapacidad del Gobierno para sostener la pandemia, especialmente considerando que pretende abrir sus fronteras al turismo cuando no puede costear la detección de una enfermedad que pone en riesgo a toda su población.

Los abogados alegaron que viajar está recogido dentro del “derecho humano al movimiento”, protegido por el Artículo 52 de la Constitución, que no obstante también se viola con los cientos de “regulados” a los que el Gobierno cubano les impide dejar la Isla solo por su postura política.

Indicaron además que el cobro de la tarifa es inconstitucional porque viola los Artículos 41 y 42 de la Carta Magna, que garantizan los derechos fundamentales y la igualdad entre ciudadanos para “disfrutar de los mismos espacios públicos y establecimientos de servicios”.

Por otra parte, el Artículo 72 de la Constitución establece, que “la salud pública es un derecho (…) y es responsabilidad del Estado garantizar el acceso, la gratuidad y la calidad de los servicios de atención, (…). El Estado, para hacer efectivo este derecho, instituye un sistema de salud a todos los niveles accesible a la población (…)”, principal transgresión con la normativa de cobro.

Los extranjeros residentes en Cuba estarían amparados por el Artículo 91, inciso E, que los hace equiparables “a los cubanos en el disfrute de los derechos (…) reconocidos en esta Constitución”, por lo que ellos tampoco deberían pagar nada aunque sean extranjeros.

Pero la Constitución de Cuba no es el único documento violado por las autoridades en el cobro de pruebas PCR a los viajeros, pues la Organización Mundial de la Salud (OMS) también ha hecho ordenanzas al respecto.

El Artículo 40 del Reglamento Sanitario Internacional de la Organización Mundial de la Salud (OMS), ratificado por Cuba, excluye del pago de tasas a “viajeros que pretenden obtener residencia temporal o permanente”, lo que en este caso también se incumple.

La pandemia no ha frenado el deseo de las autoridades cubanas de ganar divisas, incluso si esto significa violar leyes internacionales o sus propias leyes.

La ganancia de divisas es prioridad del gobierno cubano, aun a costa de la seguridad de su propia población, como señaló el Ministerio de Salud Pública al declarar que pedir un PCR negativo para ingresar al país “disminuiría el número de viajeros”.

La afirmación comprobó entonces que el gobierno prefiere recibir turistas enfermos que dejar de percibir las ganancias de sus visitas.

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