Amazon para TODA CUBA 🇨🇺 Envía AHORA
Conecta con nosotros

USCIS pone en marcha cambios para el procesamiento de ciertas solicitudes de asilo

ESTADOS UNIDOS

USCIS pone en marcha cambios para el procesamiento de ciertas solicitudes de asilo

La medida tiene como objetivo simplificar el procesamiento

USCIS pone en marcha cambios para el procesamiento de ciertas solicitudes de asilo

USCIS continúa realizando acciones para mejorar su atención. (Foto: Periódico Cubano)

El Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés) puso en vigor cambios en el proceso de presentación de ciertas solicitudes de asilo, con el objetivo de simplificar el procesamiento de los casos y mejorar en la eficiencia de las adjudicaciones.

Estas modificaciones incluyen la digitalización de las solicitudes presentadas en formato impreso y el envío de los formularios a nuevas localidades seguras, en lugar de ser trasladados al centro de servicio correspondiente.

Según la información proporcionada por la agencia, los solicitantes deberán enviar por correo su Formulario I-589 (Solicitud de Asilo y Suspensión de Remoción), a la localidad segura que tiene jurisdicción sobre su lugar de residencia.

Para conocer la dirección de envío correcta, se recomienda consultar la sección «Dónde Presentar la Solicitud» en la página web. Es importante destacar que hasta que el cambio sea formalizado a través de una notificación en el Registro Federal, dichos formularios no serán aceptados.

La primera notificación confirmará que la localidad segura ha recibido el formulario y lo ha reenviado a USCIS. Una vez que esta agencia acepte la solicitud, se emitirá una notificación de recibo estándar.

Ambas notificaciones incluirán la misma fecha de recibo, utilizada para determinar la elegibilidad para la autorización de empleo basada en una solicitud de asilo pendiente y para establecer la fecha límite de presentación de un año.

Algunas categorías de solicitantes deberán continuar enviando sus peticiones directamente al Centro de Investigaciones de Asilo. En este apartado se encuentran quienes han perdido su estatus, derivado después de la aprobación de asilo, pero antes del ajuste de estatus.

Asimismo, se encuentran quienes han perdido su estatus derivado después de la presentación inicial, pero antes de una decisión final. El cambio tampoco aplica para aquellos que realizaron una presentación simultánea como solicitante principal y solicitante de estatus derivado.

La restricción involucra además a los casos en los que USCIS haya emitido anteriormente una acción final sobre un Formulario I-589, y aquellos que hayan estado en procedimientos en el tribunal de inmigración.

Asimismo, se informa a los solicitantes de asilo que no están en procedimientos judiciales de inmigración y que no necesitan presentar su solicitud al Centro de Investigaciones de Asilo, que tienen la opción de presentar su solicitud en línea, como una alternativa que se recomienda para agilizar el proceso.

¡Únete al canal de Telegram y WhatsApp para contenidos exclusivos!

SUSCRÍBETE y recibe noticias GRATIS
Suscritos Widget

Comentar noticia

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Advertisement

Noticias de Impacto

Advertisement

Lo más leído en la semana

Advertisement

Escándalos de la Farádula

Arriba