
El Gobierno de Estados Unidos anunció un importante avance en las fechas de disponibilidad de visas de inmigrante por reunificación familiar. Cuatro categorías registran un adelanto de 12 meses en el Boletín de Visas de noviembre de 2026, una modificación que puede beneficiar a familias cubanas con peticiones pendientes desde hace años.
Según el documento oficial del Departamento de Estado, las categorías F1, F2B, F3 y F4 avanzan exactamente un año respecto a octubre. La F2A, destinada a cónyuges e hijos menores de residentes permanentes, también progresa, aunque solamente un mes.
Las nuevas fechas entrarán en vigor el 1 de noviembre de 2026. Para las personas nacidas en Cuba generalmente corresponde consultar la columna “All Chargeability Areas Except Those Listed”, utilizada para países que no tienen fechas de corte individuales.
Nuevas fechas de reunificación familiar para cubanos en noviembre de 2026
La comparación entre los boletines de octubre y noviembre muestra los siguientes cambios en las fechas de acción final:
- F1 (hijos solteros mayores de 21 años de ciudadanos estadounidenses): pasa del 22 de enero de 2020 al 22 de enero de 2021. Avanza un año.
- F2A (cónyuges e hijos solteros menores de 21 años de residentes permanentes): pasa del 22 de septiembre al 22 de octubre de 2026. Avanza un mes.
- F2B (hijos solteros mayores de 21 años de residentes permanentes): pasa del 22 de agosto de 2019 al 22 de agosto de 2020. Avanza un año.
- F3 (hijos casados de ciudadanos estadounidenses): pasa del 22 de octubre de 2014 al 22 de octubre de 2015. Avanza un año.
- F4 (hermanos de ciudadanos estadounidenses mayores de 21 años): pasa del 22 de octubre de 2011 al 22 de octubre de 2012. Avanza un año.
Los movimientos representan una nueva aceleración después de los importantes adelantos registrados en septiembre para las peticiones familiares.
Durante octubre, en cambio, las cuatro categorías permanecieron sin modificaciones y únicamente avanzó la F2A, como reflejó el anterior Boletín de Visas para cubanos con solicitudes de reunificación familiar.
¿Qué significa el adelanto de un año para quienes esperan una visa familiar?
La fecha de acción final determina qué peticiones pueden alcanzar disponibilidad numérica para recibir una decisión definitiva. Para ello, la fecha de prioridad del beneficiario debe ser anterior al límite publicado y el solicitante debe cumplir los demás requisitos migratorios.
Por ejemplo, una persona nacida en Cuba con una petición F4 presentada en septiembre de 2012 quedaría dentro del nuevo límite de noviembre, mientras que con el calendario de octubre todavía no había alcanzado esa disponibilidad.
El boletín también contiene una segunda tabla, denominada “Dates for Filing”, que establece cuándo pueden presentarse documentos al Centro Nacional de Visas (NVC), siguiendo sus instrucciones.
Para noviembre, las fechas de presentación serán el 1 de febrero de 2021 para F1; el 1 de septiembre de 2020 para F2B; el 1 de noviembre de 2015 para F3; y el 1 de noviembre de 2012 para F4. La categoría F2A continúa marcada como “Current”, lo que significa que no tiene fecha de corte para la presentación de documentos.
Estos adelantos no equivalen a reducir automáticamente un año el tiempo de espera de cada solicitante. Tampoco garantizan una entrevista inmediata ni la aprobación de una visa. Los procesos consulares dependen de la documentación, la capacidad de las embajadas y las restricciones migratorias aplicables.
Las restricciones migratorias y las demoras en la Embajada de EEUU en Cuba
El avance del boletín contrasta con la situación de las entrevistas consulares en La Habana. Según la actualización oficial del 7 de octubre, la Embajada estadounidense continuaba programando entrevistas de visas de preferencia familiar para expedientes completados documentalmente en octubre de 2022.
Ese retraso, cercano a cuatro años entre la fecha de documentación completa y la fecha de referencia de la programación, permaneció sin cambios en la última actualización de entrevistas para visas de inmigrante en La Habana.
Otro elemento importante es la política de restricciones migratorias de Washington. En agosto de 2026, una decisión judicial permitió dejar sin efecto la pausa de emisión de visas de inmigrante que afectaba a Cuba y otros 74 países.
Sin embargo, esa decisión no eliminó las restricciones independientes de la Proclamación Presidencial 10998, vigente desde enero de 2026, que limita la emisión de visas de inmigrante a ciudadanos cubanos, con determinadas excepciones.
La medida había ampliado las restricciones para padres, hijos y otros familiares de ciudadanos estadounidenses. Entre las excepciones previstas figuran determinados solicitantes con doble nacionalidad que utilizan un pasaporte de un país no afectado, además de otros supuestos establecidos por el Gobierno.
Por tanto, los cubanos con peticiones familiares pendientes deben distinguir entre la disponibilidad numérica reflejada en el Boletín de Visas y la posibilidad efectiva de obtener el documento migratorio.
Para comprobar si un expediente queda comprendido en las nuevas fechas, es necesario identificar su categoría y revisar la fecha de prioridad indicada en la notificación de USCIS. Los límites publicados para noviembre podrán cambiar en boletines posteriores, dependiendo de la demanda de visas y de las decisiones del Departamento de Estado.