TV con entrega en TODA CUBA desde $199 🇨🇺 Envía AHORA
Conecta con nosotros

Periódico Cubano

Abogado aconseja los pasos a seguir por los cubanos con I-220A en EEUU

ESTADOS UNIDOS

Abogado aconseja los pasos a seguir por los cubanos con I-220A en EEUU

La I-220A no es considera un parole a los efectos de aplicar para una residencia permanente en EEUU bajo la Ley de Ajuste Cubano

Abogado aconseja los pasos a seguir por los cubanos con I-220A en EEUU

Se estima que entre 200 y 300 mil cubano han entrado a EEUU en los últimos años y tienen I-220A. (Foto: Periódico Cubano)

Decisiones clave tomadas por el Tribunal de Apelaciones de Inmigración en Falls Church que tienen alcance federal, han generado conmoción entre los cubanos que radican en Estados Unidos. La corte determinó que el documento I-220A que se les ha otorgado a decenas de miles de cubanos a su entrada por la frontera de EEUU no es considerado un parole a los efectos de la Ley de Ajuste y en consecuencia no pueden optar a una residencia permanente.

Sobre el tema, el especialista en inmigración, el abogado Ángel Leal, proporcionó consejos a los cubanos de los pasos que deben seguir para intentar por otras vías ajustar su status migratorio en territorio estadounidense.

Según Leal, la corte resolvió que la I-220A no se reconoce como un “parole” en el sentido tradicional de “parole humanitario o de interés público”. En cambio, ahora se le ve como un “parole condicional”, por lo cual no puede ser esgrimido para alcanzar la Green card al año y un día de haber sido admitido en EEUU.

Fue el propio Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) quien promovió una apelación ante la corte Inmigración para que se desestimara un caso donde sí se había otorgado la residencia. Ahora la resolución crea un precedente, pero hay recursos judiciales que todavía pueden activarse para intentar cambiar la situación.

En ese sentido, Leal mencionó la posibilidad de que estos casos sean revisados por una corte federal de apelaciones, específicamente el Undécimo Circuito Federal de Apelaciones en Atlanta. Si en esa instancia se vuelve a encontrar un fallo negativo para los cubanos, entonces habría que acudir a la Corte Suprema.

La Corte Suprema de los Estados Unidos es el tribunal de más alta instancia en el sistema judicial estadounidense. Aunque puede escuchar cualquier tipo de caso, la mayoría de los casos que decide son de importancia constitucional o tienen un impacto significativo en la interpretación de la ley federal. Cada año recibe alrededor de 7.000 a 8.000 peticiones; sin embargo, escucha oralmente solo alrededor de 70 a 80 de esos casos y decide algunos otros sin una audiencia oral. La decisión de escuchar un caso es completamente discrecional.

Pedir asilo ante una corte de inmigración

Por el momento, la única forma que tienen los cubanos que portan I-220A es pedir asilo político ante una corte de inmigración. El abogado argumentó que si se pierde un juicio de asilo político, uno puede apelar. Luego, si pierde la apelación, puede llevar el caso al Undécimo Circuito Federal de Apelaciones. Allí puede preservar el argumento de que es elegible bajo el Ajuste Cubano.

Por otra parte, puede intentar pedir el “parole humanitario” con inmigración, bien sea con ICE o con el Servicio de Inmigración (USCIS), argumentando que merece el parole por motivos humanitarios con un asilo pendiente. En este caso, a los 50 días, puedes pedir un permiso de trabajo, porque con la sola tenencia de una I-220A no es suficiente.

Se recomienda a todos los cubanos bajo esta situación que antes de emprender algún camino judicial o proceso administrativo ante una instancia gubernamental en EEUU, consulte a un abogado especialista en inmigración.

¡Únete al canal de Telegram y WhatsApp para contenidos exclusivos!

SUSCRÍBETE y recibe noticias GRATIS
Suscritos Widget

Comentar noticia

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Arriba