
El vocero castrista Humberto López conversó con autoridades del poder judicial de Cuba sobre la consideración del delito de sabotaje a todo acto que represente un daño al sistema eléctrico de la Isla, ante el actual escenario de crisis que se vive en la Isla marcada por constantes apagones.
Rafael Ángel Soler López, fiscal jefe de Artemisa, y Ángel García Leyva, magistrado de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo Popular, defendieron que, dadas las actuales condiciones del país, los hechos vinculados a daños, robos o sustracciones en instalaciones eléctricas deben recibir una calificación más severa por el impacto que provocan sobre la población y la economía.
Según explicaron, la aplicación de cargos de sabotaje no se limitará a acciones directas contra termoeléctricas o redes convencionales, también abarcará robos en parques fotovoltaicos, donde la sustracción de piezas puede retrasar obras estratégicas y afectar a municipios enteros que dependen de esas inversiones para aliviar los cortes de energía eléctrica.
García Leyva sostuvo que el elemento central no será solo el lucro personal del acusado, sino la consecuencia del hecho. “Más allá del hecho de que la persona quiere lucrar con esos componentes, está el hecho de que va a provocar una afectación y por eso también será considerado sabotaje”, afirmó.
El magistrado dejó claro que, incluso si no existiera una intención expresa de causar daño al sistema, la conducta podrá encuadrarse bajo esa figura penal. Las autoridades también advirtieron que este criterio se aplicará a la sustracción de combustible destinado a grupos electrógenos específicos.
En un escenario de escasez crónica de diésel y generación insuficiente, el desvío de esos recursos será interpretado como una agresión al funcionamiento del sistema nacional.
Durante la intervención televisiva, el fiscal Soler López afirmó que las leyes deben responder “a los intereses de la revolución y el Estado”, ajustándose además a las circunstancias actuales del país. Esa declaración confirmó que el endurecimiento penal está directamente ligado al momento de colapso energético que atraviesa la Isla.
Los expertos recordaron que los artículos en los que se establecen las sanciones. El artículo 125 del Código Penal y en vigor desde 2022, indica condenas de entre siete y 15 años de cárcel.
La norma prevé castigos aún mayores cuando los hechos generan consecuencias graves o se ejecutan con medios considerados peligrosos. En esos casos, la sanción puede aumentar a un rango de entre 10 y 30 años de prisión.
La legislación cubana también deja abierta la posibilidad de imponer cadena perpetua o incluso la pena de muerte, entre las medidas más extremas del sistema penal de la Isla.
Entre las consecuencias prácticas anunciadas figura la prisión provisional para los sospechosos desde la etapa investigativa. Además, la reincidencia será tomada en cuenta como pauta agravante al momento de fijar sanciones bajo este nuevo enfoque.
El dictamen también ordena prestar especial atención a circunstancias agravantes como el ánimo de lucro y la comisión del hecho en grupo. Esos elementos, según las autoridades, justificarían peticiones fiscales más severas y castigos más altos.
Otro aspecto destacado es que los sancionados por estos delitos no tendrían acceso a beneficios como reducción de condena o libertad condicional. La línea oficial apunta a imponer severidad máxima frente a conductas que puedan dejar sin electricidad a miles de personas.