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Banco Central de Cuba publica normas para operar cuentas en divisas extranjeras

Las entidades bancarias también aplicarán la debida diligencia en la operación de estas cuentas, asegurando un monitoreo continuo y cumplimiento de las normativas
Banco Central de Cuba publica normas para operar cuentas en divisas extranjeras
La Resolución 125/2025 del BCC establece que tanto personas naturales como jurídicas, cubanas y extranjeras, podrán operar cuentas bancarias en divisas. (Foto © Periódico Cubano)

El Banco Central de Cuba (BCC) publicó en la Gaceta Oficial las nuevas normas que comenzarán a regir para operar cuentas bancarias en divisas extranjeras, como parte de la oficialización de la dolarización parcial de la economía nacional.

Las nuevas disposiciones entrarán en vigor el 17 de diciembre de 2025 y formarán parte de la implementación del Decreto-Ley 113, publicado el 10 de diciembre de 2025. El régimen castrista explica que el objetivo es incrementar los ingresos en divisas y fomentar la producción nacional, mientras se mantiene el control estatal sobre la economía.

La Resolución 125/2025 del BCC establece que tanto personas naturales como jurídicas, cubanas y extranjeras, podrán operar cuentas bancarias en divisas, depositando el dinero en los distintos bancos comerciales que existen en la Isla, todos controlados por el gobierno.

Por ejemplo, podrán tener una cuenta en dólares y realizar operaciones de cobro y pago las cooperativas, los productores agropecuarios, artistas y creadores, además de actores económicos no estatales. También se incluyen instituciones religiosas y proyectos de cooperación internacional. Sin embargo, para ello deben contar con una autorización expresa del Ministerio de Economía y Planificación que evaluará cada caso.

La Resolución también establece normas claras sobre las entidades que pueden acceder a cuentas en divisas, incluyendo actores económicos no estatales y clientes extranjeros, como diplomáticos, líneas aéreas y agencias de viajes.

Esta apertura de cuentas tendrá como objetivo fomentar el comercio, las exportaciones y otros sectores productivos esenciales para el país, mientras se establecen controles más estrictos en la compra y venta de bienes y servicios en moneda extranjera.

Las medidas también permiten la compra de divisas a través del mercado cambiario, con la idea de facilitar la adquisición de bienes y servicios esenciales para las actividades económicas.

De acuerdo con el Banco Central de Cuba, las entidades bancarias también aplicarán la debida diligencia en la operación de estas cuentas, asegurando un monitoreo continuo y cumplimiento de las normativas que regirán el uso de divisas extranjeras.

BCC obliga a quienes reciben ingresos en divisas a vender el 20% de su saldo al gobierno

A partir de la implementación de la Resolución 125/2025 y las disposiciones relacionadas, los actores económicos que reciben ingresos en divisas extranjeras están obligados a vender un 20% de su saldo según la tasa de cambio oficial (un dólar por 120 CUP).

Según el gobierno, esta medida tiene como objetivo principal fortalecer la reserva de divisas en el sistema financiero cubano. Las divisas que son vendidas a los bancos o entidades financieras estatales pueden ser utilizadas para cubrir necesidades de divisas en otros sectores de la economía nacional, en particular aquellos que enfrentan una escasez de divisas para operaciones internacionales, importaciones de bienes esenciales, etc.

De esta obligatoriedad solo se salvan algunos casos en dependencia de la naturaleza de la actividad económica y las condiciones específicas de cada actor. Para ello deberán contar con una exoneración emitida por el Ministerio de Economía.

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