LEY DE NIETOS
¿Cuáles son las opciones para que nietos de españoles obtengan la nacionalidad?
Actualmente hay 3 leyes en trámites a la espera de entrar en vigor


La estatua del Oso y del Madroño es una escultura de Antonio Navarro Santafé que se encuentra en la ciudad española de Madrid. (Foto: Periódico Cubano)
¿Cómo obtener la nacionalidad española siendo nietos de españoles de origen? ¿Cuáles son las leyes mediante las cuales puedo iniciar el proceso? ¿Cuándo entrarán en vigencia? Interrogantes como estas son cada día más frecuentes entre los cubanos que sabiéndose descendientes de españoles añoran poder adquirir la nacionalidad de ese país. Es por ello que el presente artículo pretende aclarar -a casi 4 semanas para que culmine este 2020- cuál es la situación actual para adquirir la nacionalidad española para los nietos de españoles.
Lo primero que hay que aclarar es que ninguna de las 3 leyes que se “cocinan” por parte de los políticos españoles está en vigencia por lo cual no es posible iniciar ningún trámite para el proceso de ciudadanía. Sin embargo, es bueno estar informado ante la próxima llegada de 2021, un año donde se presume que alguna de estas leyes pueda ser aprobado por los poderes legislativos y ejecutivos de España.
Ley de Memoria Democrática
Quizás esta sea la ley que más avanzada está en todo el proceso de discusión y análisis por parte de los miembros del Congreso de los Diputados, así como el Senado en España. La Ley de Memoria Democrática ha sido impulsada desde el gobierno para otorgar la nacionalidad española a todos aquellos nietos de españoles de origen nacidos fuera de España.
Para otorgar dicha nacionalidad se contemplan dos escenarios:
Una nacionalidad por carta de naturaleza para todos aquellos voluntarios que participaron en las Brigadas Internacionales.
Una nacionalidad española por opción, para todos aquellos nacidos fuera de España de padre o madre, abuelo o abuela, que originariamente hubieran sido españoles, y que, como consecuencia de haber sufrido exilio por razones políticas, ideológicas o de creencia, renunciaran a la nacionalidad española, podrán optar a una nacionalidad española, a los efectos del artículo 20 del Código Civil.
Resulta evidente que la segunda opción es la más abarcadora en cuanto al número de solicitantes que podrán hacer uno de ella. Con este fin la futura normativa propone un plazo de 2 años para acogerse a la ley desde el momento en punto en que entre en vigor.
Las intenciones del poder ejecutivo español es que la ley sea discutida en el cronograma legislativo del primer trimestre del 2021. Por el momento solo queda esperar y estar pendientes de lo que ocurra. Periódico Cubano estará pendiente para informale de cualquier novedad.
Nueva Ley de Nietos
Esta nueva Ley de Nietos fue una idea surgida a inicios de 2020 cuando el gobierno de coalición español entre el PSOE y Unidas Podemos llegó a la presidencia. El preacuerdo entre ambas formaciones políticas en el poder pretendía otorgar nacionalidad española a los descendientes de progenitores españoles.
A finales de enero se publicó en el Boletín Oficial de las Cortes Generales la propuesta de ley para los descendientes nacidos en el extranjero de progenitores españoles. Dicha ley que vendría supuso 3 acápites bajo los cuales se podía acceder a la nacionalidad española:
- a) La concesión de la nacionalidad española de origen mediante una declaración de opción a los hijos de aquellas personas originariamente españolas nacidas en el extranjero. De esta forma podrán acceder a la nacionalidad española los nietos del emigrante español varón que mantuvo su nacionalidad hasta el nacimiento de sus descendientes y los nietos de aquellas mujeres españolas emigrantes con independencia de si la emigrante española mantuvo, perdió o recuperó su nacionalidad antes del nacimiento de sus descendientes. Asimismo, se concederá la nacionalidad por esta vía a aquellos nietos de quien adquirió la nacionalidad del país de acogida por razones económicas.
b) La concesión de la nacionalidad por la vía de opción a los hijos mayores de edad de aquellos españoles a quienes les fue reconocida su nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción.
c) La recuperación de la nacionalidad española para aquellas personas que, siendo españoles de origen, no la han ratificado al cumplir su mayoría de edad, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 24.1 y 24.3 del Código Civil.
Sin embargo, el coronavirus llegó para interrumpir las discusiones sobre el anteproyecto de ley y por el momento se desconoce su futuro sobre todo teniendo en cuenta el empuje mayor que se le ha dado a la Ley de Memoria Democrática.
Ley de descendientes
Esta es la ley que se encuentra actualmente más avanzada en cuanto a su tramitación, ya se han hecho las enmiendas correspondientes al texto legal y ya está encima de la mesa del Senado. Pero no parece que sea muy fácil el camino para los descendientes debido a al articulado tan ambiguo que surgió luego de las enmiendas. Por lo tanto, la esperanza mayor está en las 2 primeras leyes anteriormente vistas.
