
A través de sus redes sociales, el economista cubano Pedro Monreal cuestionó la reciente reforma a la legislación de inversión extranjera en Cuba y advirtió que, aunque el régimen flexibilizó algunos procedimientos para atraer capital, mantiene sin resolver una preocupación central para quienes decidan invertir: la posibilidad de recuperar su dinero si surgen conflictos o fracasa un proyecto.
El análisis fue publicado el viernes y se refiere al Decreto-Ley 128/2026, aprobado por el Consejo de Estado y divulgado en la Gaceta Oficial.
Monreal explicó que la normativa no sustituye la Ley 118 de 2014, sino que introduce modificaciones específicas en varios de sus artículos. Sus observaciones, aclaró, corresponden al análisis económico de la norma y no a una evaluación jurídica.
Entre los cambios aprobados aparece la eliminación de la obligación de contratar trabajadores mediante entidades estatales, permitiendo que algunas empresas extranjeras puedan realizar contrataciones directas. También se modifica el procedimiento para abrir cuentas bancarias fuera del país y se otorga mayor autonomía a empresas mixtas y compañías con capital totalmente extranjero para decidir el uso de sus ganancias.
Reforma facilita operaciones, pero mantiene dudas sobre los conflictos
Para Monreal, las modificaciones no afectan el apartado de la Ley 118 dedicado a la solución de disputas entre inversionistas y el Estado cubano.
“La norma revisada flexibiliza servicios bancarios, utilidades y contratación, pero no rediseña las garantías procesales del inversionista. De hecho, no modifica el Capítulo XVII ‘Del régimen de la solución de conflictos’”, escribió el economista.
Ese capítulo establece que las controversias deben resolverse según los acuerdos incluidos en los documentos constitutivos de cada inversión. Las opciones contemplan tribunales económicos cubanos o mecanismos arbitrales establecidos bajo la legislación nacional.
El especialista señaló que esa estructura genera incertidumbre porque no garantiza el acceso a un arbitraje internacional independiente ni asegura la ejecución de decisiones favorables para los inversionistas.
“En términos prácticos, el Capítulo XVII de la Ley 118/2024 revisada indica que, si surge un conflicto, será difícil someterlo a un árbitro neutral y ejecutar una decisión favorable”, afirmó.
La diáspora cubana recibe invitaciones para invertir en medio de la crisis
La reforma llega mientras el Gobierno cubano intenta atraer recursos de los cubanos residentes en el exterior ante el deterioro económico de la Isla.
En abril de 2026, el Consejo de Estado creó la categoría migratoria de “Inversores y de Negocios”, dirigida a emigrados interesados en participar en actividades económicas dentro del país. La medida permite opciones como inversiones en mipymes, apertura de cuentas en divisas y participación en proyectos agrícolas.
Posteriormente, en julio, otra modificación al reglamento de la Ley 118 buscó acelerar los procesos de aprobación de inversiones extranjeras.
Sin embargo, Monreal sostiene que la falta de garantías como arbitraje independiente, protección ante expropiaciones y estabilidad regulatoria puede limitar el interés de los emigrados.
El economista resumió su postura con una frase: “Flexibilización de la inversión extranjera sin reducir el riesgo de impago”.
“La reciente revisión de la ley cubana de inversión extranjera no responde con suficiente claridad una pregunta decisiva para cualquier comité de inversión: ‘si esto sale mal, ¿podremos cobrar?’”, concluyó.