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Cubano con VIH condenado a 18 años por abuso contra un menor de edad
El agresor efectuó el acto sexual sin protección en reiteradas ocasiones sobre el niño afectado psíquicamente

La defensa apeló la decisión, pero el Tribunal Supremo Popular declaró Sin Lugar y ratificó en todas sus partes la sentencia dictada en primera instancia. (Foto © Periódico Cubano)
Un cubano portador del virus de inmunodeficiencia adquirida (VIH-sida) fue condenado a 18 años de cárcel al abusar sexualmente de un menor de edad con una enfermedad psíquica.
La fiscalía expuso en la Sala Primera de lo Penal del Tribunal Provincial Popular de Sancti Spíritus que los hechos ocurrieron en la vivienda de una amiga de la madre del adolescente, donde este se quedaba a dormir algunos fines de semana.
En ese hogar residía el agresor, quien era hermano de la inquilina. El hombre, soltero y de 55 años de edad, convenció al menor de realizar el acto sexual en reiteradas oportunidades a escondidas del núcleo familiar. En ninguno de los casos utilizó protección a pesar de saberse con VIH-Sida.
De acuerdo con el periódico oficialista Escambray, la víctima, con un nivel de funcionamiento psíquico defectual, presenta una edad mental inferior a su edad cronológica, razón por la cual recibe tratamiento educativo en un centro de enseñanza especial.
Durante el desarrollo del juicio por la causa 137 del 2023, quedó evidenciado que el delito de corrupción de menores tiene como denominador común el exceso de confianza y la ingenuidad de los familiares. En esa situación, en particular, no advirtieron los peligros de algunas relaciones de los menores de edad con adultos.
Fueron las maestras del adolescente en la escuela especial, quienes notaron un comportamiento extraño y de retraimiento de la víctima. Tras varias conversaciones, las educadoras lograron la confesión sobre lo que estaba ocurriendo en el seno familiar. De inmediato se presentó la denuncia ante el Ministerio del Interior (Minint) y la fiscalía comenzó las investigaciones en 2023 que derivaron en la sentencia dictada en agosto de 2024.
Los 18 años de cárcel, son la sentencia máxima establecida para el delito, previsto y sancionado en el artículo 402, apartados 1 y 2, inciso (e), del Código Penal.
Según el dictamen, los jueces tuvieron en cuenta la connotación del hecho, perpetrado contra un menor de edad, con notables limitaciones, y la actitud denigrante del autor que, a sabiendas de que era portador de una enfermedad infectocontagiosa, no se protegió.
La defensa apeló la decisión, pero el Tribunal Supremo Popular declaró Sin Lugar y ratificó en todas sus partes la sentencia dictada en primera instancia.

Luisa María
26 de agosto 2024 12:20 PM at 12:20 PM
Espero en la cárcel le den la pena que merece ya que la justicia fue tan floja, mientras sea así, seguirán estos casos y muchos más de otra índole