
Dos empresas británicas obtuvieron una resolución a favor en la apelación que hicieron de la demanda que ambas enfrentaban en Estados Unidos por hacer negocios con el régimen de Cuba.
Este 23 de julio, un tribunal federal estadounidense confirmó la desestimación de la demanda presentada contra las empresas británicas Imperial Brands y WPP por presunto tráfico de bienes confiscados por el régimen de Fidel Castro en Cuba.
La decisión favorece a ambas compañías al concluir que los tribunales estadounidenses no tienen jurisdicción para juzgar el caso bajo la Ley Helms-Burton.
La demanda fue presentada en 2020 por siete herederos del empresario cubano Ramón Rodríguez Gutiérrez. Los demandantes sostuvieron que las compañías participaron en actividades comerciales relacionadas con la antigua fábrica Partagás.
La fábrica en cuestión fue nacionalizada por el régimen en 1961 y actualmente operada por la empresa estatal Tabacuba, como parte de la producción de puros premium comercializados por Habanos S.A.
El Tribunal de Distrito para el Distrito Sur de Florida determinó que ni Imperial Brands ni WPP mantienen una relación suficiente con EEUU como para quedar sujetas a la jurisdicción de los tribunales federales. Por ese motivo confirmó la decisión previa con la que había rechazado la demanda.
La resolución también señala que la participación de Imperial Brands en Habanos S.A. no implicaba el control de la empresa mixta. Según el fallo, la compañía tabacalera cubana estaba bajo control del Estado cubano y no de la firma británica.
Además, Imperial Brands vendió en 2020 la participación que mantenía en Habanos mediante operaciones independientes con grupos de inversionistas.
El litigio ya había registrado decisiones favorables para los demandados. En 2022, el juez federal Darrin P. Gayles concluyó que Habanos S.A. no podía ser demandada al estar protegida por la Ley de Inmunidades Soberanas Extranjeras.
Un año después recomendó igualmente desestimar las reclamaciones contra el resto de las empresas involucradas. Tras la apelación presentada por los herederos, el caso fue revisado por el Tribunal de Apelaciones del Undécimo Circuito.
Los jueces Charlene E. Honeywell, Adalberto Jordán y Kevin Newsom respaldaron de manera unánime la decisión anterior y reiteraron que las actividades atribuidas a las empresas británicas no mantienen una conexión suficientemente estrecha con territorio estadounidense para permitir la aplicación de la Ley Helms-Burton.
Desde que la Administración Trump activó en 2019 el Título III de la Ley Helms-Burton, ciudadanos estadounidenses y cubanoamericanos han presentado numerosas demandas contra empresas extranjeras que realizan negocios con propiedades confiscadas tras la Revolución de 1959.
Esa disposición permite reclamar indemnizaciones a quienes obtengan beneficios de bienes expropiados por el régimen sin compensación a sus antiguos propietarios.
Entre las compañías que han enfrentado litigios bajo esa legislación figuran cadenas hoteleras como Meliá Hotels International, Iberostar, Barceló y Blue Diamond, además de empresas de cruceros como Carnival, Royal Caribbean, Norwegian Cruise Line y MSC Cruises.
Algunas de estas causas continúan en los tribunales, mientras que otras han sido desestimadas o siguen pendientes de apelación, dependiendo de las circunstancias de cada caso y de la relación de las compañías con el país norteamericano.
Con la resolución emitida en Florida, los demandantes aún conservan la posibilidad de solicitar que el Tribunal Supremo de EEUU revise el caso, una instancia que recientemente ha aceptado analizar otros litigios relacionados con la aplicación de la Ley Helms-Burton.