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Periódico Cubano

Entrevista exclusiva: ¿Tiene CDC Travel Agency la razón o estafó a la familia cubana?

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Entrevista exclusiva: ¿Tiene CDC Travel Agency la razón o estafó a la familia cubana?

Cdc Travel Agency

Nuestra redacción contactó con CDC Travel Agency PTY Inc., quienes constantemente solicitan a los medios digitales que publicaron la noticia retirar la misma y de manera exclusiva esta fue la entrevista que nos concedieron.

Hace algunos días Periódico Cubano difundió una nota titulada “CDC Travel Agency y la supuesta estafa a la familia que no pudo salir de Cuba.”, exponiendo la historia de Luis Miguel Silva Arévalo y la odisea que pasaron para poder adquirir un pasaje hasta Guyana donde tenían la cita para obtener el visado y venir a los Estados Unidos tras ganar la Lotería de Visas 2019.

En ese momento Silva Arévalo, alegó que la agencia CDC Travel Agency PTY Inc., radicada en Panamá les había timado el dinero del boleto aéreo y no respondían las constantes quejas de los clientes involucrados en el vuelo cancelado.

En el intento por escuchar la otra cara de la moneda, el equipo de nuestra redacción contactó con CDC Travel Agency PTY Inc., quienes constantemente solicitan a los medios digitales que publicaron la noticia retirar la misma y de manera exclusiva esta fue la entrevista que nos concedieron.

Periódico Cubano, un medio de comunicación con base en sus principios de demostrar la veracidad de los hechos e informarla, pública de manera íntegra sin intención de tergiversar la realidad, las respuestas del entrevistado en cuestión, quien en algunas ocasiones evade, a consideración de quien redacta, la contestación exacta a las interrogantes, repitiendo una y otra vez la misma información.

¿Cuáles son los servicios de la agencia CDC Travel Agent PTY INC.?

Nuestros servicios son el procesamiento de hospedajes y actividades conexas: emisión de boletos nacionales e internacionales, hospedajes de hoteles nacionales e internacionales, alquiler de autos, seguros de viajes y courrier, adecuado a las necesidades de las empresas, ejecutivos y gestores de servicios tanto para sus viajes de negocios como para sus eventos corporativos.

¿En qué año fue creada esta entidad?

CDC Travel Agent PTY INC es una empresa fundada desde el año 2017 y consolidada en febrero 2019, nuestro principal nicho de mercado desde los inicios ha sido (Panamá, Colombia, Costa Rica, México, Nicaragua, El Salvador, Venezuela, España, Estados Unidos, Cuba entre otros)

¿Cómo opera esta agencia de viajes?

Nuestro modelo de negocios está adaptado a la comercialización online de todos nuestros productos los cuales pueden ser adquiridos desde y a cualquier parte del mundo; nos adaptamos a las necesidades de nuestros clientes y operamos las 24/7 los 365 días del año, avanzamos a la vanguardia de la tecnología y nos adaptamos a los cambios.

¿CDC Travel Agency PTY Inc. cuenta con sucursales en los Estados Unidos u otros países? De ser afirmativa la respuesta, menciónelos.

CDC TRAVEL AGENT PTY INC CON RUC 155675604-2-2019 DV 94 con domicilio fiscal ubicado en Ciudad de Panamá, Centro Comercial Paitilla, Local 22PB y su filial (THIRD PARTY) CDC CONSULTING GROUP CORP, EIN #87-1817865 con domicilio fiscal ubicado en 21011 JOHNSON STREET, SUITE 110, PEMBROKE PINES, FL. US 33029 está legalmente constituida en ambos países.

¿Qué licencias tienen para operar en Estados Unidos vendiendo servicios a los cubanos?

Nuestra filial (THIRD PARTY) CONSULTING GROUP CORP, con EIN #87-1817865 está legalmente autorizada para realizar cualquier tipo negocio lícito en los Estados Unidos; sin discriminación alguna de nacionalidad con quienes deseen obtener nuestros servicios, repetimos siendo CONSULTING GROUP CORP una filial de nuestra marca CDC TRAVEL AGENT PTY INC CON RUC 155675604-2-2019 DV 94 con domicilio fiscal ubicado en Ciudad de Panamá, Centro Comercial Paitilla, Local 22PB.

De tener licencias en EE. UU., ¿qué entidad o entidades la emitieron?

Tomando como base la respuesta anterior nuestra filial en los Estados Unidos está legalmente autorizada por nuestra marca CDC TRAVEL AGENT PTY INC CON RUC 155675604-2-2019 DV 94, para comercializar como (THIRD PARTY) intermediario de nuestros servicios; sin discriminación alguna de nacionalidad toda vez que nuestra marca legalmente puede venderse a cualquier tipo de empresa legalmente constituida en cualquier parte del mundo respetando las leyes de cada país.

¿Mantienen vínculos con las líneas aéreas para conocer los cambios o cancelaciones de los vuelos que venden?

Como prestador de servicios íntegro mantenemos relaciones comerciales con distintos proveedores mayoristas de turismo y de esta manera garantizar un servicio de calidad a nuestros clientes.

¿En caso de cambios o cancelaciones, cuáles son las acciones que realizan para proteger a los clientes?

En caso de cambios o cancelaciones es aplicado nuestros TÉRMINOS Y CONDICIONES, ya que en CDC TRAVEL AGENT PTY INC es transparente con la política que pueda aplicar nuestros proveedores, aerolíneas, hoteles, restaurantes, etc.

En el caso del vuelo de Cuba destino a Guyana y escala en Barbados, que ha generado la controversia. ¿En qué fecha conocieron que no sería operado?

Nuestro vuelo fue programado en un inicio para el día 10 de agosto de 2021; sin embargo el mismo tuvo que ser reprogramado por aprobaciones gubernamentales en primera ocasión para el día 20 de agosto de 2021. Sin embargo debido a condiciones meteorológicas el mismo tuvo una segunda reprogramación para el día 25 de agosto de 2021, la cual finalmente para esta fecha contaba con las debidas autorizaciones del lugar de inicio del despegue del recorrido para este último caso México (MEX) y con aterrizaje en Barbados (BGI). De acuerdo a leyes internacionales de aeronáutica el plan de vuelo puede ser entregado y aprobado hasta 3 horas antes del vuelo programado del cual estuvimos hasta las 8 am hora de Panamá /9 am hora local de Cuba realizando seguimiento; pero nuevamente al igual que en la primera ocasión el mismo por APROBACIONES GUBERNAMENTALES no se nos autorizó el aterrizaje en el aeropuerto José Martí, en La Habana.

¿Por qué vendieron un pasaje fantasma si conocían de la inexistencia del mismo?

En primera instancia la palabra FANTASMA, está totalmente fuera del lugar y me parece una total falta de respeto la manera en la que la emplea, toda vez que nuestra venta como empresa intermediaria entre la línea aérea y el cliente final firmaron un CONTRATO DE CONFORMIDAD PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VUELOS CHÁRTER, mismo que es confidencial y en una de las cláusulas se indica que EL VENDEDOR no será responsable, ni se considerará causa de incumplimiento de este contrato, la cancelación o el retraso por causas de fuerza mayor, casos fortuitos, desastres, o cualquier evento que impida a la aerolínea, el despegue o aterrizaje de las aeronaves en el aeropuerto y en la ruta que se detalla en la cláusula primera.

¿Cuáles opciones le dieron ante el problema?

No ha existido ni existirá, ningún tipo de problema con nuestros clientes; sin embargo, en una de las cláusulas si deja entendido que: una vez firmado este contrato por parte del CLIENTE, el VENDEDOR no es responsable si el CLIENTE no acata las instrucciones establecidas en este contrato. Adicional EL CLIENTE en caso de rescindir el contrato por su causa, deberá pagar la suma de todos los gastos incurridos por EL VENDEDOR, quien presentará los documentos que acrediten los mismos, además de lo anterior deberá pagar un 20% de la suma que le correspondería a EL VENDEDOR por sus servicios, como penalización por incumplimiento de contrato. En caso contrario, es decir, que EL VENDEDOR, no pueda cumplir con la programación (itinerario propuesto), se podrá reorganizar la operación o en su defecto se devolverá el monto pagado hasta el momento; los gastos administrativos son NO REEMBOLSABLES y están sujetos a los TÉRMINOS Y CONDICIONES de EL VENDEDOR, como empresa seria y responsable.

¿Con cuántos días de antelación les avisaron a los clientes que el vuelo quedaba cancelado?

A todos los clientes les fue notificado por vía correo electrónico la cancelación del vuelo y cada acontecimiento ocurrido al igual que se ha notificado en todas nuestras redes sociales

¿Por qué los pasajeros alegan que se enteraron de la suspensión del vuelo en el momento del check-in?

A cada uno de los pasajeros se les indicó que en todo momento estuvieran atentos nuestros a nuestros canales oficiales de comunicación: correos electrónicos, líneas telefónicas +507 6479- 6994 +507 6419-7814 +507 3934680, y no dejarse llevar por noticias comunicaciones fuera de nuestra compañía.

Según el reportaje de América Noticias (eliminado de su web, pero disponible aún en otras plataformas) “depositaron en una cuenta de TD Bank 8.500 dólares por los pasajes del padre y sus dos hijos hacia Guyana.” ¿Es cierto esto?

El costo pagado por la familia Silva al que usted hace referencia no fue 8500 USD, sino 8100 USD. En este sentido, la familia sigue manifestando inexactitud en la información suministrada al medio de comunicación América Tevé; repetimos la información a la que usted hace referencia aunque nos indique usted que existe en otros medios de comunicación la fuente utilizada no la tiene publicada, es decir sigue mencionando al medio de comunicación como su fuente y tal fuente NO EXISTE.

Si CDC Travel Agency PTY Inc radica en Panamá y el servicio prestado se brindó a clientes residentes en Cuba que se dirigían a Guyana. ¿Por qué el pago se realizó en un banco de Estados Unidos?

Nuestra empresa CDC TRAVEL AGENT PTY INC, como respondimos en la pregunta #3, utiliza el modelo de negocios adaptado a la comercialización online de todos nuestros productos y servicios expuestos en el mundo globalizado de las redes sociales; nuestra filial CDC CONSULTING GROUP CORP con EIN #87-1817865 está legalmente autorizada para realizar cualquier tipo de negocio lícito en los Estados Unidos; sin discriminación alguna de nacionalidad recibió el pago de los servicios por el familiar de cada pasajero lo cual no ocurrió en ningún momento en Cuba.

¿Este tipo de depósitos no infringe las normas del embargo a Cuba? Explíquenos con detalles.

Le respondo de la siguiente manera nuestra filial CDC CONSULTING GROUP CORP con EIN #87-1817865 está legalmente autorizada para realizar cualquier tipo de negocio lícito en los Estados Unidos; y recibir el pago de los servicios prestados a sus familiares estando ellos en dicho país es totalmente legal por ejemplo: “Si está usted en Estados Unidos y su familiar en cualquier parte del mundo usted puede comprar dicho servicio.” Por otro lado, el envío de dicho dinero a Panamá para realizar el pago a nuestros proveedores es totalmente lícito.

¿Se han comunicado directamente con Luis Miguel Silva Arévalo?

Para nosotros todos nuestros clientes son importantes; sin embargo, por recomendación de nuestros asesores legales y el incumplimiento del señor Luis Miguel Silva Arevalo al CONTRATO DE CONFORMIDAD PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VUELOS CHÁRTER, donde una de sus cláusulas indica que el mismo es de carácter confidencial y se deja entendido que: una vez firmado este contrato por parte del CLIENTE, el VENDEDOR no es responsable si el CLIENTE no acata las instrucciones establecidas en este contrato.

¿Qué pueden decir de este caso directamente?

Respondemos a esta pregunta con nuestra NOTA DE PRENSA ACLARATORIA, enviada antes de este cuestionario.

¿Tienen pasajeros varados en Cuba o en otros destinos?

Por ningún concepto, nuestra compañía deja a nuestros pasajeros varados.

Si desea, puede expresar por separado a esta entrevista un comunicado oficial sobre los hechos referente al caso, que con gusto publicaremos en nuestro medio.

El medio al que usted representa reiteramos solo copio y pego la nota periodística de América Tevé; sin embargo, la citada fuente a la que hacen referencia no mantiene en ninguno de sus canales de difusión dicha información y en la cual colocamos en copia al Sr. Andres Reynaldo director de Noticias de América Tevé y puede certificar nuestro escrito; en este sentido mucho sabría agradecerle sea dado de baja el dicho artículo, «Familia que ganó la lotería de visas en 2019 no puede salir de Cuba», toda vez que no existe dicha fuente a la que usted hace mención por ningún lugar; nuestro equipo de marketing digital se mantiene en constante monitoreo de sus redes sociales y página web y han detectado a la hora de este escrito se mantiene corriendo en las mismas dicha noticia; sin realizar su labor periodística investigativa a cargo de la Redacción de Periódico Cubano.

Ante toda esta información, ¿pudiera seguir en pie el cuestionamiento de cuál de las dos partes tiene razón?.

¿Cabría indagar por qué motivos América Tevé retiró la nota publicada y el resto de los medios digitales a los que hace alusión el entrevistado no? ¿CDC Travel Agency PTY Inc. respondió de manera concreta que hizo según lo establecido en los términos y contratos para indemnizar al viajero que por culpa de un lado o del otro la única realidad exacta es que si estuvo afectado y perdió su dinero?.

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