
Las denegaciones de solicitudes de nacionalidad española por residencia han experimentado un fuerte aumento en España durante los últimos años, una tendencia que resulta especialmente relevante para la comunidad cubana, cuyos nacionales pueden acceder a este procedimiento después de un período reducido de residencia legal.
Las últimas estadísticas del Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes muestran que España denegó 7.400 solicitudes en 2023, 20.099 en 2024 y 24.910 en 2025. En apenas dos años, por tanto, el número anual de respuestas negativas se multiplicó por más de tres.
Solo entre 2024 y 2025 las denegaciones aumentaron cerca de un 24%.
El incremento resulta todavía más significativo si se compara con el número total de expedientes resueltos. En 2023 se emitieron 256.918 resoluciones; en 2024, 252.349; y en 2025, 256.219. Es decir, el volumen total de decisiones permaneció relativamente estable mientras crecían con fuerza las respuestas negativas.
De acuerdo con un cálculo realizado a partir de esas cifras oficiales, las denegaciones representaron aproximadamente el 2,9% de las resoluciones en 2023, el 8% en 2024 y el 9,7% en 2025.
La tendencia continúa en 2026. Hasta el 30 de junio, Justicia había contabilizado 13.385 denegaciones y 3.436 expedientes archivados, frente a 134.116 concesiones, para un total de 150.937 resoluciones. En solo seis meses ya se habían producido muchas más denegaciones que durante todo 2022 o 2023.
¿Por qué están denegando las solicitudes?
El Ministerio no ofrece en estas estadísticas un desglose de las denegaciones según su causa, por lo que no puede afirmarse a partir de esos datos cuál es el motivo del incremento.
La consultoría Legalteam identifica una serie de problemas que, según su experiencia con expedientes que llegan posteriormente al despacho, aparecen con frecuencia: solicitar la nacionalidad antes de cumplir íntegramente el período de residencia exigido o acogerse incorrectamente a un plazo reducido.
También hay denegación si no se acredita una residencia continuada, se carece de residencia legal en el momento de presentar el expediente, se presentan documentos incorrectamente legalizados o hay problemas relacionados con antecedentes penales.
Varios de esos motivos encuentran respaldo directo en la legislación española.
El artículo 22 del Código Civil establece que la residencia utilizada para solicitar la nacionalidad debe ser “legal, continuada e inmediatamente anterior a la petición”. Además, obliga al solicitante a justificar buena conducta cívica y un grado suficiente de integración en la sociedad española.
Esto significa que no basta simplemente con haber vivido o estado empadronado en España durante un determinado período: debe haberse cumplido el tiempo de residencia legal exigido antes de presentar la solicitud.
Los cubanos solo necesitan 2 años de residencia legal
Para los ciudadanos cubanos existe una ventaja importante.
Mientras el plazo general para obtener la nacionalidad española por residencia es de diez años, el artículo 22.1 del Código Civil lo reduce a dos años para los nacionales de origen de países iberoamericanos, categoría en la que se incluye Cuba.
Esos dos años deben haberse completado antes de presentar la solicitud y deben cumplir simultáneamente los requisitos de residencia legal, continuada e inmediatamente anterior establecidos por el mismo artículo.
Por tanto, presentar el expediente demasiado pronto puede tener consecuencias importantes. La reducción del plazo para los cubanos no elimina el requisito de haberlo cumplido íntegramente.
Los cubanos tienen además otra facilidad: están exentos del examen de español DELE. El Reglamento para la adquisición de la nacionalidad española por residencia incluye expresamente a Cuba entre las nacionalidades dispensadas de esa prueba.
Eso no significa que estén automáticamente exentos del examen de conocimientos constitucionales y socioculturales de España, conocido como CCSE, cuya superación se utiliza con carácter general para acreditar parte del requisito de integración, salvo los supuestos específicos de exención o dispensa previstos legalmente.
Más de 14.000 cubanos adquirieron la nacionalidad española en 2025
La importancia del procedimiento para la comunidad cubana también queda reflejada en las estadísticas del Instituto Nacional de Estadística (INE).
Durante 2025, 14.390 residentes que previamente tenían nacionalidad cubana adquirieron la española, lo que situó a Cuba entre las nacionalidades de origen con mayor número de adquisiciones ese año. La estadística incluye las diferentes vías de adquisición utilizadas por extranjeros residentes y no exclusivamente la nacionalidad por residencia.
En total, 299.732 extranjeros residentes en España adquirieron la ciudadanía española durante 2025, de los cuales 253.836 lo hicieron mediante la vía de residencia.
¿Qué puede hacer una persona si le deniegan la nacionalidad española?
Una denegación no significa necesariamente el final del procedimiento.
El Código Civil mantiene abierta la posibilidad de acudir a la jurisdicción contencioso-administrativa frente a una denegación de nacionalidad por residencia.
Además, cuando corresponda, existe el recurso potestativo de reposición contra los actos que ponen fin a la vía administrativa. Si la resolución es expresa, la Ley 39/2015 establece un mes para interponerlo.
La impugnación directa ante la jurisdicción contencioso-administrativa tiene, con carácter general para un acto expreso, un plazo de dos meses desde el día siguiente a su notificación, conforme a la Ley reguladora de esa jurisdicción.
Ante el notable crecimiento de las respuestas negativas registrado desde 2024, comprobar cuidadosamente el tiempo exacto de residencia legal, la vigencia de los permisos, los antecedentes y la documentación aportada cobra especial importancia para los cubanos que estén próximos a solicitar la ciudadanía española.
