
El Ministerio de Salud Pública de Cuba (Minsap) ha emitido una resolución que establece las premisas para la apertura y control de los servicios de cuidados ofrecidos por actores económicos no estatales a personas adultas mayores o en situación de discapacidad.
La resolución, publicada en la Gaceta Oficial No. 35 del 21 de abril de 2026, define los requisitos que deben cumplir las residencias privadas de cuidado, marcando un nuevo camino para la expansión de este tipo de servicios en la Isla. Sin embargo, algunos de ellos no los cumplen ni las propias instituciones del Estado.
Requisitos para abrir un negocio particular de asilo de ancianos en Cuba
La Resolución 247/2025 establece que los interesados en invertir en este tipo de negocios deben obtener la autorización de los directores municipales de Salud, quienes tienen un plazo de cinco días para emitir un aval. Este aval certificará que los solicitantes cumplen con los criterios establecidos para operar un centro de cuidado.
- Estado de las instalaciones: Los centros deben estar en buen estado físico y garantizar la ausencia de barreras arquitectónicas.
- Servicios básicos: Es obligatorio el acceso a agua potable, electricidad y sistemas de ventilación adecuados.
- Capacitación del personal: Tanto los titulares como los empleados deben estar formados en escuelas estatales de cuidadores acreditadas.
- Enfoque inclusivo: Se debe reservar un 10% de la capacidad del centro para atender casos de necesidades sociales.
- Autonomía energética: Contar con un sistema alternativo de energía que funcione de forma independiente del sistema eléctrico nacional.
- Estándares sanitarios: Disponibilidad de agua caliente y cumplimiento estricto de especificaciones sanitarias detalladas.
Requisitos médicos y control de calidad
Desde el punto de vista médico, la resolución establece que las residencias estarán vinculadas a la red de salud pública, y que los residentes deben presentar un resumen de su historia clínica al ingresar.
No se permitirá el acceso a personas con enfermedades infecciosas sin control o que necesiten atención hospitalaria. Las evaluaciones médicas deben ser mensuales y las revisiones estomatológicas anuales.
Las residencias deben disponer de condiciones de espacio que favorezcan la comodidad de los residentes, como separación adecuada entre camas y acceso a baños adaptados.
Modalidades de servicio y exigencias adicionales
La resolución define tres modalidades de servicio: cuidado diurno, con horario de 8:00 a.m. a 6:00 p.m.; cuidado permanente, con atención las 24 horas del día; y una modalidad combinada. Además, establece una capacidad máxima de 60 personas por local.
Un aspecto crucial de la normativa es la protección de los derechos de los beneficiarios. Se establece que las residencias deben garantizar el respeto a la dignidad y autodeterminación de las personas a su cuidado, evitando cualquier tipo de discriminación, violencia o maltrato.
También se asegura que los beneficiarios tengan acceso a un entorno accesible para la movilidad, la comunicación y la información.
Supervisión constante y atención médica gratuita
La resolución establece que los centros estarán sujetos a inspecciones mensuales durante el primer año de funcionamiento y luego serán controlados trimestralmente por equipos multidisciplinarios de atención gerontológica. Las autoridades locales tienen la obligación de actuar rápidamente si se detectan irregularidades o maltrato en los servicios.
Además, la atención médica proporcionada por el sistema público de salud será gratuita y no podrá ser incluida en las tarifas cobradas por los titulares de las residencias. Este enfoque asegura que la atención básica no sea un factor de exclusión para los beneficiarios, aunque los costos de los servicios privados puedan variar.
Control estatal y expansión del sector privado
La entrada en vigor de la resolución está programada para finales de mayo de 2026 y representa un paso significativo en la regulación y expansión de los servicios de cuidado privados en Cuba.
Aunque la normativa asegura una gran supervisión estatal, también otorga la oportunidad al sector privado de participar en un área crítica de la salud y el bienestar social.
Si bien el régimen cubano está reconociendo la necesidad de expandir los servicios para adultos mayores y personas con discapacidad, lo hace bajo un marco de fuerte control administrativo y sanitario. Esto podría suponer un desafío para aquellos actores privados que deseen ingresar al sector, dado el complejo sistema de certificaciones e inspecciones.