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Gaceta Oficial pone pausa a las restricciones contra Mipymes de comercio
En los últimos años, numerosos reportes y testimonios han señalado que altos dirigentes del Gobierno, el Partido Comunista y miembros de las Fuerzas Armadas han abierto Mipymes

La ministra del Mincin dijo que se está evaluando el impacto de la medida, por eso se pone en pausa. (Captura de pantalla © Canal Caribe – YouTube)
La Gaceta Oficial No. 43 Ordinaria publicó el miércoles 7 de mayo la Resolución 18/2025 firmada por la ministra de Comercio Interior de Cuba (Mincin), Betsy Díaz Velázquez, que pone en pausa la aplicación de las restricciones contra las Micro, pequeñas y medianas empresas (Mipymes) dedicadas al comercio mayorista.
Según las autoridades, se evaluó el impacto de la controvertida Resolución 56/2024 que obligaba a las Mipymes a liquidar el inventario para abandonar la actividad. Por lo tanto, se ofrece una prórroga para las Mipymes y cooperativas no agropecuarias, ya sean que ejerzan el comercio mayorista como actividad principal o de forma secundaria
Díaz Velázquez precisó que ahora no hay una fecha determina. El Mincin entra en un proceso de evaluaciones continuas, que determinarán el futuro de las autorizaciones de comercio mayorista.
Otra modificación es que las Mipymes y cooperativas que tengan aprobada la producción, podrán realizar la comercialización mayorista y minorista de sus propios productos, previa obtención de la licencia correspondiente. Esta debe especificar claramente dicha autorización.
El texto legal ratifica que todos los actores autorizados para ejercer el comercio minorista pueden continuar ofreciendo productos y servicios a personas naturales y jurídicas, sin importar su condición estatal o no estatal.
Las direcciones provinciales y municipales de Comercio, así como las áreas de Mercadotecnia e Inspección del Mincin, tendrán a su cargo la vigilancia del cumplimiento de la nueva resolución. El Registro Central Comercial será responsable de notificar a los órganos de inspección sobre la validez de las licencias emitidas.
Los únicos obligados a cumplir con las restricciones originales son los trabajadores por cuenta propia. Estos deberán acatar los plazos originales para liquidar sus inventarios y mercancías “en tránsito y en plaza” destinados al comercio mayorista, de acuerdo con lo establecido en la Resolución 56 de octubre de 2024.
Dicha resolución, aprobada en diciembre de 2024, causó alarma entre emprendedores privados al cancelar licencias de comercio mayorista para quienes tenían esa actividad como secundaria. La publicación de la nueva resolución representa una tregua temporal dentro del proceso de recentralización que impulsa el régimen cubano, evidenciando las tensiones internas entre el control estatal y las demandas de los actores económicos no estatales.
No se puede descartar que la marcha atrás parcial obedezca a presiones de sectores de poder dentro del propio Estado. En los últimos años, numerosos reportes y testimonios han señalado que altos dirigentes del Gobierno, el Partido Comunista y miembros de las Fuerzas Armadas han abierto Mipymes a nombre de familiares, testaferros o incluso de forma directa. Estos actores, con influencia política y económica, habrían presionado para revertir o al menos suspender las restricciones impuestas por la Resolución 56, que afectaba sus intereses empresariales encubiertos.
Otra hipótesis plausible es que el Ministerio de Comercio Interior haya reconocido el error técnico y político que suponía aplicar una política que, lejos de “ordenar” el mercado, acentuaría la escasez de productos en el comercio interno. Al limitar la operación mayorista de las Mipymes, el Estado arriesgaba un desabastecimiento aún mayor en tiendas, mercados y otros puntos de venta donde estos actores no estatales garantizan parte importante de la circulación de alimentos, artículos de higiene y bienes de consumo.
La prórroga, por tanto, podría ser un intento de corregir el rumbo sin admitir públicamente el fracaso de una medida impulsada bajo criterios ideológicos.
