
El Tribunal Municipal Popular de Arroyo Naranjo, en La Habana, dictó sentencia Daima Rodríguez Núñez y Carlos Díaz González, condenándolos por corrupción de menores y abusos sexuales. Los acusados fueron responsables de la negligencia y el maltrato hacia las hijas menores de Daima Rodríguez, todas con edades entre 1 y 10 años. Durante el juicio, se revelaron hechos estremecedores sobre el abandono y los abusos que las menores sufrieron por parte de ambos acusados.
El juicio, realizado en La Habana, expuso que la madre y tutora legal de sus hijas no cumplió con su responsabilidad de proporcionarles necesidades básicas como la educación, salud y alimentación.
Las menores no asistieron a la escuela durante largos períodos, y a pesar de recibir apoyo gubernamental para su manutención, no fueron alimentadas adecuadamente ni recibieron atención médica. En numerosas ocasiones, Daima dejó a las niñas solas en su hogar durante largas horas, incluso por la noche, lo que las dejó vulnerables a situaciones de riesgo.
El tribunal también escuchó sobre el comportamiento de Carlos Díaz González, pareja de Daima, quien aprovechó la desatención hacia las menores para cometer abuso sexual. En particular, Díaz González tocó a la niña de 7 años en sus partes íntimas, un acto que fue permitido por la madre.
Además, los acusados obligaban a las niñas a pedir dinero y alimentos a desconocidos en las calles, utilizando el dinero recaudado para su consumo personal de alcohol. El testimonio de las víctimas y las pruebas presentadas durante el juicio mostraron la gravedad de los abusos cometidos en este contexto de abandono.
Como resultado de los crímenes cometidos, el Tribunal Municipal Popular de Arroyo Naranjo sentenció a Daima Rodríguez a 8 años de prisión y a Carlos Díaz González a 10 años. Además, Daima fue despojada de sus derechos maternos sobre sus hijas, y a ambos acusados se les impuso la prohibición de salir del país. La sentencia se basó en la legislación vigente en el momento de la comisión de los hechos, que resultó ser más benigna que la legislación actual.
Tanto los acusados como la fiscalía tienen derecho a apelar la sentencia ante la Sala correspondiente del Tribunal Provincial Popular de La Habana. Según la nota oficial, durante el juicio y todo el proceso judicial, se respetaron las garantías procesales y el debido proceso, conforme a lo establecido en la Ley del Proceso Penal y la Constitución de la República. El tribunal destacó la importancia de la protección de las víctimas y de la justicia en casos de abuso infantil.