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Médico cubano denuncia a la castrista Ana Hurtado por los delitos de injurias y calumnias

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Médico cubano denuncia a la castrista Ana Hurtado por los delitos de injurias y calumnias

La periodista comunista sin mostrar pruebas acusa al doctor de ser un “terrorista y traficante”

El doctor cubano-español Lucio Enrique Nodarse presentó en España una denuncia contra la periodista castrista Ana Hurtado Martínez, luego de que ella expresara en redes sociales adjetivos injuriosos contra el galeno.

En diferentes transmisiones en vivo, la comunicadora simpatizante del régimen comunista, pero con residencia en un país con sistema capitalista, se refiere al médico diciéndole “traficante”, “terrorista” y “delincuente”.

Hurtado Martínez sin titubeos y en tono de burla expresa constante acusaciones hacia el cubano, pero en ni un momento ha mostrado pruebas que evidencien un comportamiento criminal de él en el territorio ibérico.

Ante ello, Nodarse, en lugar de enfrascarse en un intercambio de acusaciones con Hurtado Martínez en las redes sociales, se apegó al modo correcto para defender a su persona y presentó la querella por los delitos de injurias y calumnias.

Como parte del proceso, el profesional en salud deberá presentarse el 16 de marzo de 2023 en el Juzgado de Instrucción No. 3 de Albacete, provincia ubicada al sureste de la península ibérica, en calidad de perjudicado.

Nodarse también compartió en redes sociales un documento del Registro Central de Penados, en donde se consta que él no tiene antecedentes penales en España o en algún otro Estado miembro de la Unión Europea.

 

¿Cuál sería la sentencia contra Ana Hurtado si es declarada culpable?

El cubano-español compartió en una publicación cuál sería la sentencia contra dicha simpatizante castrista si es encontrada culpable por los delitos de calumnias e injurias, según lo establecido en los artículos 208 y 205 del Código Penal de España.

En el caso del delito de calumnias, la normativa indica que el castigo es una condena de prisión de seis meses a dos años o multa de 12 a 24 meses, si se propagaran con publicidad; de lo contrario, la sanción se establece como una multa de seis a 12 meses.

La pena para el delito de injurias graves hechas con publicidad será una multa de seis a 14 meses y, en otro caso, va de tres a siete meses.

Cuando se menciona “con publicidad”, la normativa se refiere a un acto de injuria o calumnia propagado a través de medios impresos, la radiodifusión o cualquier otra plataforma de eficacia semejante.

La ley española también señala que “será responsable civil solidaria la persona física o jurídica propietaria del medio informativo a través del cual se haya propagado la calumnia o injuria”.

La reparación del daño relacionada con estos delitos se efectúa mediante la publicación o divulgación de la sentencia condenatoria, a costa del condenado por tales delitos, en el tiempo y forma que el Juez considere más adecuado a tal fin.

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