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Migrantes cubanos en México podrán aplicar para un refugio en EEUU

En el comunicado no se detalla cómo será el proceso para calificar a un refugio y cuál será el papel de las autoridades mexicanas
Cubanos varados en Tapachula están decididos a llegar a la frontera sur de EEUU
Migrantes cubanos y de otras nacionalidades continúan arribando a Tapachula con la esperanza de tomar camino hacia la frontera sur estadounidense. (Foto ilustrativa: Periódico Cubano)

Los migrantes de Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela que se encuentran en México podrán aplicar para un refugio en Estados Unidos, según un acuerdo alcanzado este 28 de julio entre el gobierno de Andrés Manuel López Obrador y la administración demócrata de Joe Biden.

De acuerdo con un comunicado de prensa de Jake Sullivan, asesor de Seguridad Nacional de la Casa Blanca, ambos países han hecho un esfuerzo conjunto por ampliar las vías legales y seguras de migración. Como resultados de las conversaciones, EEUU se comprometió a aceptar referencias del gobierno de México para el reasentamiento individual de refugiados cubanos, haitianos, nicaragüenses y venezolanos, que ya se encuentren en territorio azteca.

Por su parte, México planea instaurar en el sur del país un plan para dar refugio y trabajo a las personas más vulnerables que siguen llegando procedentes de todas partes del mundo, mayormente de países de Centroamérica y el Caribe.

El comunicado publicado por el portal de la Casa Blanca afirma que dicha iniciativa se suma a una serie de exitosas acciones emprendidas durante el último año, y muestra la ampliación de la cooperación entre EEUU y México para gestionar de manera humanitaria y ordenada la frontera compartida.

En ese sentido, se exhorta a los migrantes a hacer uso de las rutas legales, en lugar de poner sus vidas en manos de peligrosos traficantes y contrabandistas. Al mismo tiempo, insisten en que la frontera estadounidense está y estará cerrada para aquellos que busquen ingresar ilegalmente. Por lo tanto, los que se arriesguen “se enfrentarán a graves consecuencias, incluyendo la deportación, posibles procesos penales y la prohibición de reingreso”.

En el comunicado no se detalla cómo será el proceso para calificar a un refugio y cuál será el papel de las autoridades mexicanas recomendando caso por caso a cada individuo para un trámite de refugio en EEUU.

Al parecer, más información llegará de la mano de los canales oficiales de las embajadas de EEUU en México, Cuba, Haití, Nicaragua y Venezuela, así como en las páginas web de las instituciones gubernamentales responsables de la migración y asuntos exteriores en ambos países.

Cubanos migrantes en Tapachula México (3)
Cubanos en Tapachula, primer punto fronterizo de México, último país a atravesar antes de llegar a EEUU. (Foto: Periódico Cubano)

Periódico Cubano estará al tanto sobre los nuevos acontecimientos que se generen para llevarles a nuestros los lectores los detalles sobre las medidas específicas y los requisitos para el reasentamiento de refugiados.

 

¿Cuáles son las diferencias entre asilo y refugio en EEUU?

En EEUU, “asilo” y “refugio” son dos formas de protección que se ofrecen a personas que enfrentan persecución o peligro en sus países de origen. Aunque ambos términos están relacionados con la protección y la búsqueda de seguridad, existen diferencias significativas entre ellos:

  • Asilo: El asilo es una protección legal que se otorga a personas que se encuentran dentro de los EEUU o que llegan al país en un puerto de entrada y cumplen con los requisitos para ser considerados como refugiados. Para solicitar asilo, la persona debe demostrar que ha sido perseguida o teme ser perseguida en su país de origen debido a su raza, religión, nacionalidad, afiliación a un grupo social particular u opinión política. Es un proceso complejo y la persona debe presentar su solicitud ante las autoridades de inmigración de los EEUU.
  • Refugio: El refugio es similar al asilo en términos de propósito, pero difiere en el lugar donde se solicita y se concede. El refugio se solicita fuera de los EEUU, generalmente en un tercer país o en un centro de procesamiento de refugiados administrado por el ACNUR (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados). Si se aprueba, la persona recibe la designación de “refugiado” y es admitida en los EEUU para reasentarse como refugiado.

La principal diferencia entre ambos es el lugar donde se solicita y se otorga la protección. El asilo se solicita y otorga dentro de los EEUU; mientras que el refugio se solicita y otorga fuera del país y luego se permite el reasentamiento en los EEUU.

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