
Migrantes cubanos y de otros países detenidos por agentes del Servicio del Control de Inmigración y Aduanas (ICE, por sus siglas en inglés) podrán beneficiarse de un fallo emitido por la Corte de Apelaciones del Onceno Circuito con sede en Atlanta, y jurisdicción sobre Florida, Georgia y Alabama.
Según Telemundo 51, la decisión del tribunal reconoce que ciertos migrantes pueden solicitar una audiencia de fianza ante un juez de inmigración aunque hayan entrado al país de manera irregular.
La decisión representa un revés para la política de detención migratoria de la administración de Donald Trump. Hasta ahora, las autoridades han sostenido en numerosos casos que inmigrantes sin admisión formal deben permanecer detenidos de manera obligatoria y sin acceso a fianza, incluso cuando llevan años dentro del territorio estadounidense.
El fallo se centra en la interpretación de la ley migratoria federal y en los límites del poder del Ejecutivo para mantener detenidas a personas no admitidas formalmente. Los jueces concluyeron que la detención obligatoria sin derecho a fianza aplica únicamente a quienes estaban “buscando admisión” o intentando una “entrada legal” al momento de ser arrestados.
Abogados de inmigración explican la decisión de la corte
El abogado de inmigración John de la Vega calificó la decisión como relevante porque refleja una tendencia creciente en tribunales federales. Según explicó, varias cortes están interpretando que los inmigrantes que ingresaron de forma irregular, pero ya se encuentran dentro de EEUU, deberían poder pedir una fianza o, al menos, tener una audiencia ante un juez migratorio.
La abogada de inmigración Carla Casas también destacó la importancia del fallo. Señaló que el gobierno federal ha usado una interpretación más amplia para mantener detenidas a personas que no necesariamente fueron arrestadas en la frontera ni mientras intentaban entrar al país.
“Si te detienen en la frontera y tú estás tratando de entrar, ahí es donde aplica que no eres elegible para una fianza, pero ahorita tenemos personas detenidas que tienen 30 años en este país y el gobierno dice que están tratando de entrar”, indicó Casas.
La corte rechazó la lectura amplia de la administración republicana y sostuvo que el poder ejecutivo no tiene una “autoridad irrestricta” para detener indefinidamente y sin posibilidad de fianza a todos los inmigrantes no admitidos que ya están dentro de Estados Unidos.
Sin embargo, el fallo no implica liberación automática. Los inmigrantes bajo custodia deberán solicitar formalmente una audiencia de fianza ante un juez de inmigración. En ese proceso tendrán que demostrar que no representan un peligro para la comunidad y que tampoco existe riesgo de fuga.
“La persona igual debe demostrar que no se va a fugar y que no es un peligro para la sociedad”, explicó Casas. Esa evaluación seguirá dependiendo de cada caso, del historial migratorio, los antecedentes penales, los vínculos familiares, el tiempo de residencia en el país y otros elementos que valore el juez.
Otro punto relevante del fallo es que los magistrados concluyeron que intentar evitar una deportación no equivale automáticamente a “buscar admisión” bajo la ley migratoria federal. Esa distinción puede ser clave para inmigrantes que ya viven en Estados Unidos y enfrentan procesos de remoción tras haber sido detenidos por ICE.