ESTADOS UNIDOS
¿Quién tiene la jurisdicción en un caso de solicitud de residencia de un migrante en EEUU?
Muchos recién llegados sin asesoría legal cometen un grave error que puede conducirlos a una deportación

En el complejo mundo del sistema de inmigración de EEUU lo primero que hay que saber es quién tiene jurisdicción sobre los casos de solicitud de residencia. (Foto: Periódico Cubano)
Un ciudadano cubano, que ingresó ilegalmente a Estados Unidos el 9 de noviembre de 2021 y las autoridades le entregaron una I-220A, enfrenta un dilema legal complejo. Sin asesoría adecuada, no solicitó asilo, confiando erróneamente en que iba a poderse aparar en la Ley de Ajuste de 1966 solo por ser cubano.
En junio de 2022, durante su primera audiencia judicial, reprogramada para 2025, aplicó para residencia y permiso de trabajo. Sin embargo, recibió una notificación que insinúa una posible negación de su solicitud, dejándolo en un estado de confusión y preocupación sobre su futuro en EEUU.
El periodista Mario J. Pentón conversó sobre el caso con un abogado experto en temas de inmigración. Lo primero que concluye el letrado es la importancia de entender quién tiene la jurisdicción en los casos de los cubanos que entran ilegalmente por la frontera de EEUU.
En particular, este ciudadano migrante no tenía jurisdicción con el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de los Estados Unidos (USCIS, por sus siglas en inglés), ya que estaba en un proceso judicial. La carta que recibió indicaba que su caso estaba siendo administrativamente cerrado con USCIS, precisamente porque esta entidad no tiene jurisdicción para decidir sobre su caso.
Según el abogado, si una persona está en un proceso judicial, todas las aplicaciones deben ser realizadas con la corte. Un error común es aplicar con USCIS esperando la residencia, lo que solo resulta en pérdida de tiempo y dinero. En este caso, la jurisdicción pertenece a la corte, y cualquier procedimiento debe realizarse a través de ella. Si los procedimientos judiciales se cierran, entonces se puede proceder con USCIS.
Ahora todo se complica, pues el ciudadano cubano ya lleva un año en EEUU sin presentar un caso de asilo, confiado en la Ley de Ajuste Cubano que ahora un juez le acaba de denegar, ya que la I-220A no es considerado un parole.
La falta de asesoramiento legal adecuado y la confusión sobre la jurisdicción pueden llevar a complicaciones graves, incluida la posibilidad de deportación. Este caso subraya la necesidad de obtener asesoramiento legal de un abogado, en lugar de un notario, para navegar correctamente el sistema legal de inmigración estadounidense.
La Ley de Ajuste Cubano de 1966 ha sido históricamente una vía para que los cubanos obtengan residencia en EEUU. Sin embargo, desde el 12 de septiembre pasado, la Junta Superior de Apelaciones de Inmigración, parte del Departamento de Justicia de EEUU, emitió un fallo crucial: la I-220A ya no se considerará como un parole, válido para aplicar a una residencia permanente.
Ahora obtener la Green card se limita a quienes obtienen un parole humanitario bajo el nuevo programa migratorio de la administración de Joe Biden, que implica conseguir un patrocinador en territorio estadounidense, o aquellos que solicitan asilo a través de la aplicación CBP One que en su mayoría reciben una I-94.
