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Banco Central de Cuba otorgará licencias para operar criptomonedas

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Banco Central de Cuba otorgará licencias para operar criptomonedas

El BCC advierte que de conformidad con el Decreto-Ley 362, puede revocar la licencia concedida en cualquier momento.

Resolución oficial del Banco Central legaliza el bitcoin y otorga licencia para operar criptomonedas

La resolución abre la puerta a inversionistas extranjeros que quieran establecerse en la Isla. (Foto: Periódico Cubano)

La resolución 89 de 2022 del Banco Central de Cuba (BCC), publicada en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 43 del 26 de abril, legaliza la presencia del bitcoin en el país y regula el otorgamiento de licencias para operar con criptomonedas.

El texto jurídico tiene como base a una resolución anterior aprobada por el BCC en agosto de 2021, donde se sentaban los cimientos para la regularización de esa actividad, de conformidad con los planes del Partido Comunista y de su primer secretario, Miguel Díaz-Canel.

Según el texto de la normativa, para realizar actividades como proveedores de servicios de activos virtuales, las personas naturales o jurídicas deben solicitar una licencia al BCC, y entonces esta entidad “evalúa la legalidad, oportunidad e interés socioeconómico de la iniciativa, las características del proyecto, la responsabilidad de los solicitantes y su experiencia en la actividad” para dar respuesta a la petición.

La resolución abre la puerta a inversionistas extranjeros que quieran establecerse en la Isla. En este caso debe tramitar igualmente su licencia ante el BCC sin importar que tengan o no su permiso de “proveedor de servicios de activos virtuales en otra jurisdicción”.

En todos los casos, los solicitantes deben informar cuál es el “capital inicial para el desarrollo de las actividades u operaciones autorizadas”. Es decir, uno de los aspectos que tomará en cuenta el BCC es la cantidad de dinero que se tenga para invertir en el negocio.

No obstante, el permiso como proveedores de servicios de activos virtuales son aprobados solo durante un año, prorrogable por un segundo año, “dado el carácter experimental y novedoso de este tipo de actividad”. El BCC advierte que, de conformidad con el Decreto-Ley 362, puede revocar la licencia concedida en cualquier momento.

Por otra parte, la resolución indica que todas las transferencias entre el “originador y el beneficiario” que superen los mil dólares deben ser informadas inmediatamente. Para ello, el BCC será el encargado de “obtener, retener y trasmitir la información de forma inmediata y segura”.

Además, “cuando se sospeche razonablemente por las características de los participantes o las circunstancias de la operación de que se trata de un ilícito” están previstos los mecanismos para actuar con inmediatez. Según el BCC, están comprometidos con la lucha en contra del lavado de dinero.

Todos los que obtengan la licencia tiene que presentar los estados financieros con regularidad, ateniéndose a las “normas contables emitidas por el Ministerio de Finanzas y Precios”.

Según Marta Sabina Wilson González, presidenta del BCC, todas las regulaciones entrarán en vigor el venidero 16 de mayo, justo cuando hayan pasado 20 días de la publicación en Gaceta Oficial.

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