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USCIS actualiza instrucciones para solicitantes de asilo tras desestimación de EOIR

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USCIS actualiza instrucciones para solicitantes de asilo tras desestimación de EOIR

USCIS recomienda a los solicitantes revisar con detenimiento las secciones “Dónde Presentar su Solicitud” e “Instrucciones Especiales”

USCIS actualiza instrucciones para solicitantes de asilo tras desestimación de EOIR

Es fundamental incluir evidencias que confirmen que EOIR desestimó o canceló sus procedimientos. (Captura de pantalla: USCIS – Web)

A partir del lunes 16 de octubre, los cubanos cuyos procedimientos de remoción fueron desestimados o cancelados por la Oficina Ejecutiva para la Revisión de Casos de Inmigración (EOIR) deberán seguir nuevas instrucciones, emitidas por el Servicio de Ciudadanía e Inmigración de Estados Unidos (USCIS), para presentar solicitudes de asilo, confirmó esa dependencia gubernamental.

Las nuevas directrices señalan que aquellos afectados deberán presentar una versión actualizada del Formulario I-589, Solicitud de Asilo y de Suspensión de Remoción, ante la localidad segura (lockbox) de USCIS correspondiente a su lugar de residencia. Esta disposición es crucial para aquellos que tenían pendiente una solicitud de asilo cuando EOIR tomó su decisión. Además, se les solicita enviar información adicional o actualizada vinculada a su solicitud.

Es fundamental incluir evidencias que confirmen que EOIR desestimó o canceló sus procedimientos, como copias de la Orden de Desestimación o Cancelación, y demostrar que se tenía un Formulario I-589 pendiente en dicho momento. Si el solicitante presentó este formulario antes de la desestimación de EOIR, USCIS emitirá una notificación de recibo conservando la fecha original de presentación.

Para aquellos que hicieron su solicitud de asilo inicialmente con USCIS (denominada solicitud de asilo afirmativo) y que luego fue referida al tribunal de inmigración hasta su desestimación, USCIS prevé emitir una nueva Notificación de Comparecencia discrecional, permitiendo presentar una nueva solicitud de asilo ante EOIR.

Por lo tanto, USCIS recomienda a los solicitantes revisar con detenimiento las secciones “Dónde Presentar su Solicitud” e “Instrucciones Especiales” en la página del Formulario I-589 antes de enviar su petición. Asimismo, sugiere usar su Herramienta de Instrucciones para asegurarse de la correcta presentación del Formulario I-589, ya sea en línea o en formato impreso.

Finalmente, aquellos interesados en la obtención de Documentos de Autorización de Empleo, pueden referirse a la página del Formulario I-765 para más detalles, especialmente si tienen pendiente una solicitud de asilo o de suspensión de remoción bajo la normativa 8 CFR 274a.12(c)(8).

La decisión de USCIS marca un paso importante para aquellos cubanos que buscan una nueva oportunidad en suelo estadounidense, siendo este un acto que refuerza el compromiso del país norteamericano con los derechos de los inmigrantes y su proceso legal.

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