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Ya se puede iniciar cualquier trámite del Registro Civil en cualquier oficina de Cuba

Ya se puede iniciar cualquier trámite del Registro Civil en cualquier oficina de Cuba
El requisito de territorialidad queda oficialmente eliminado en el Registro Civil (Captura de pantalla © Santiago TV – YouTube)

Los cubanos ya no tienen que acudir necesariamente al Registro Civil del municipio donde ocurrió un nacimiento, matrimonio, defunción u otro hecho registral para comenzar una gestión. Desde la entrada en vigor de la Ley 180 y su Reglamento, cualquier trámite puede iniciarse en una oficina del Registro Civil del territorio nacional, independientemente del lugar donde esté asentado originalmente el hecho.

El cambio, vigente desde el 16 de septiembre de 2026, supone el fin del llamado principio de territorialidad que durante décadas condicionó numerosos procedimientos. La regla aparece expresamente en el artículo 11 de la Resolución 61/2026, Reglamento de la Ley 180, incluida en la Gaceta Oficial No. 26, publicada el 16 de marzo.

Un cubano de La Habana puede iniciar un trámite sobre una inscripción de otra provincia

La disposición establece que “todo trámite registral puede iniciarse en cualquier oficina del Registro Civil en el territorio nacional”, sin importar la ubicación geográfica del hecho o acto que se pretende registrar.

En términos prácticos, una persona que actualmente reside en La Habana podría acudir a una oficina de esa provincia para iniciar una gestión relacionada, por ejemplo, con un nacimiento inscrito originalmente en Santiago de Cuba. Lo mismo ocurre con solicitudes vinculadas a matrimonios, defunciones u otros actos registrales.

La oficina que recibe al ciudadano debe comprobar la documentación presentada, abrir o actualizar el folio correspondiente, registrar la solicitud dentro del sistema centralizado y digitalizar los documentos físicos en un plazo máximo de 48 horas.

Cuando sea necesario, esa propia oficina debe enviar electrónicamente la gestión a la dependencia competente. Este último detalle es importante: poder iniciar el trámite en cualquier registro no significa necesariamente que toda actuación tenga que ser resuelta físicamente por la oficina elegida por el ciudadano.

La reforma está vinculada con la creación de un Registro Civil único y electrónico. Periódico Cubano explicó anteriormente los nuevos plazos para entregar certificaciones de nacimiento, matrimonio y defunción, otro de los cambios asociados al nuevo marco legal.

La ley también permite presentar solicitudes de manera electrónica

El artículo 12 del Reglamento contempla tres vías para relacionarse con el Registro Civil: la plataforma electrónica oficial, una aplicación móvil autorizada y la presentación presencial en cualquiera de las oficinas registrales.

La Ley 180 también establece que las inscripciones pueden practicarse en cualquier oficina con independencia del lugar donde se produjeron los hechos. Para ello, el sistema utiliza un folio personal electrónico que concentra progresivamente los datos registrales de cada persona.

El Reglamento contempla precisamente la posibilidad de fallos técnicos (Foto © Minjus – Facebook)

La implementación depende, sin embargo, de un proceso de digitalización que todavía presentaba importantes rezagos meses antes de la entrada en vigor de la norma. En abril, las propias autoridades reconocieron que millones de folios todavía no estaban preparados para emitir certificaciones digitales.

El Reglamento contempla precisamente la posibilidad de fallos técnicos. Cuando el sistema electrónico no pueda utilizarse, las inscripciones pueden realizarse mediante formularios físicos y los datos deben incorporarse posteriormente al sistema, una vez restablecido el servicio.

El cambio afecta desde certificaciones hasta correcciones de errores

La eliminación de la territorialidad puede resultar especialmente útil para personas que viven lejos de su municipio de nacimiento o que necesitan resolver trámites familiares sin desplazarse hasta otra provincia.

Entre las gestiones reguladas por el nuevo sistema están las certificaciones, expedientes para subsanar errores, cambios de nombres y apellidos e inscripciones fuera de término. Sobre las rectificaciones, Periódico Cubano ya había detallado cómo funcionaban los expedientes para corregir errores registrales antes de la entrada plena del nuevo marco jurídico.

La reforma también tiene efectos para los cubanos emigrados. Desde septiembre, determinadas certificaciones expedidas por consulados cubanos pueden utilizarse en Cuba sin una legalización posterior.

Para quienes realizan estas gestiones desde el extranjero, además, conviene tener en cuenta que los costos para solicitar documentos cubanos desde Estados Unidos y España aumentarán desde octubre.

En conjunto, la nueva estructura pretende que la ubicación física de un asiento registral deje de obligar al ciudadano a trasladarse hasta el municipio donde fue inscrito. La prueba práctica de la reforma estará ahora en la capacidad del sistema informático y de las oficinas para intercambiar los expedientes sin trasladar nuevamente esa carga al usuario.

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