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Cubanos que entraron por CBP One a EEUU podrían reabrir trámites migratorios sin pagar

La medida beneficia a quienes cumplen los requisitos del grupo protegido por una orden judicial
Bandera de los Estados Unidos de América.
La nueva norma beneficia a cubanos que recibieron un parole durante la administración de Joe Biden. (Foto © Periódico Cubano)

Los cubanos que ingresaron a Estados Unidos mediante citas de CBP One y recibieron un permiso de permanencia temporal, conocido como parole, podrían solicitar sin costo la reapertura o reconsideración de determinadas decisiones migratorias adversas.

La medida beneficia a quienes cumplen los requisitos del grupo protegido por una orden judicial y resultaron perjudicados por la cancelación de ese permiso en abril de 2025.

Según la reciente información del Servicio de Ciudadanía e Inmigración (USCIS, por sus siglas en inglés), el Tribunal de Distrito de Massachusetts dispuso esta reparación el 28 de septiembre de 2026, dentro del caso Sileiri Doe v. DHS.

La orden obliga al Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) a subsanar ciertas consecuencias de aquella terminación colectiva. Para los migrantes cubanos afectados, la posibilidad de revisar sus expedientes no equivale a una aprobación automática.

Cada solicitante debe explicar cómo la cancelación del parole influyó en la decisión y demostrar que reúne los requisitos del beneficio solicitado, sin que USCIS tenga en cuenta aquella terminación de abril de 2025.

El grupo protegido comprende a quienes programaron su entrada mediante CBP One, recibieron un parole entre el 16 de mayo de 2023 y el 19 de enero de 2025 y permanecen en EEUU.

Además, deben haber recibido en abril de 2025 el correo que cancelaba su permiso con el mensaje “Es hora de que abandone los Estados Unidos” o una expresión similar.

La revisión gratuita abarca decisiones originales emitidas entre el 1 de abril de 2025 y el 21 de abril de 2026, con una excepción: las solicitudes de autorización de empleo basadas en parole. La orden no establece una fecha límite para presentar las peticiones de reapertura o reconsideración contempladas en este procedimiento.

Entre las actuaciones que pueden revisarse figuran solicitudes denegadas, desestimadas, consideradas abandonadas, cerradas administrativamente, rechazadas o remitidas a la Oficina Ejecutiva de Revisión de Inmigración (EOIR). El interesado debe vincular esa actuación con la cancelación del permiso; haber ingresado mediante CBP One, por sí solo, no basta.

USCIS exige utilizar el formulario correspondiente y seguir las instrucciones específicas para los integrantes del grupo. Para solicitudes de asilo, la agencia remite a la página del Formulario I-589. Para los demás beneficios, indica consultar el Formulario I-290B. La petición debe explicar por qué corresponde reabrir o reconsiderar el expediente.

Los cubanos que enfrentan un proceso de deportación deben prestar atención a otra condición. Antes de solicitar a USCIS la revisión de un caso de asilo y, en determinadas situaciones, de ajuste de estatus, el juez debe cancelar o desestimar ese proceso. Existen excepciones limitadas. Si la agencia carece de jurisdicción, rechazará o denegará la solicitud.

El mecanismo gratuito tampoco incluye apelaciones. Cuando un beneficio permite apelar mediante el I-290B u otro formulario, siguen vigentes los procedimientos y requisitos habituales. Aunque compartan formulario, una apelación y una moción de reapertura o reconsideración son vías distintas.

El antecedente es la orden del 31 de marzo de 2026, que anuló los correos de abril de 2025 y ordenó restablecer los permisos. Esas cancelaciones no pueden fundamentar denegaciones, decisiones de admisibilidad o detención, ni acumulación de presencia ilegal.

Sin embargo, CBP emitió nuevos avisos de terminación el 21 de abril de 2026. La orden de septiembre no afecta esas nuevas notificaciones: permite reparar determinadas consecuencias anteriores, pero no supone que todos los beneficiarios tengan actualmente un parole vigente.

Fecha de interés para cubanos con I-220A

El 30 de octubre vence el plazo para que el gobierno federal presente una eventual réplica en el caso Bello-Rubio v. Noem, que cuestiona el tratamiento migratorio de cubanos liberados con el formulario I-220A. La fecha no implica una audiencia ni obliga al tribunal a emitir una decisión.

Según Cuba en Miami, que cita una actualización del portal i220a.org, los demandantes presentaron el viernes pasado su respuesta, registrada como documento 86. El escrito intenta frenar la solicitud del Departamento de Justicia para desestimar el litigio, presentada el 9 de octubre mediante la moción 77.

El proceso continúa ante la jueza federal Jacqueline Becerra, en el Distrito Sur de Florida. El equipo jurídico encabezado por Mark Prada busca que la demanda avance y que el tribunal examine la autoridad empleada para detener y liberar a los afectados.

Los abogados gubernamentales pueden responder antes del vencimiento, hacerlo el último día o no presentar réplica. El gobierno argumenta que el tribunal carece de jurisdicción para revisar determinadas decisiones migratorias y de custodia.

También sostiene que la liberación mediante I-220A bajo la sección 236(a) de la Ley de Inmigración y Nacionalidad no constituye el parole requerido para acceder al ajuste de estatus por esa vía.

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