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Cambian el feriado nacional del 10 de octubre en Cuba

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Cambian el feriado nacional del 10 de octubre en Cuba

Informan que los trabajadores que laboren en el día feriado tienen derecho a que se les pague doble

Cambian el feriado nacional del 10 de octubre en Cuba

Cambian el feriado nacional del 10 de octubre en Cuba. (Foto: Periódico Cubano)

El Ministerio de Trabajo y Seguridad Social de Cuba (MTSS) emitió una nota informativa que refiere el cambio de la fecha del feriado nacional del 10 de octubre, día dedicado a honrar el inicio de las Guerras por la Independencia del país.

De acuerdo con el comunicado oficial, el 10 de octubre de 2021 corresponde a un domingo del mes, por lo cual, de “conformidad con lo previsto en el artículo 94, de la Ley 116, Código de Trabajo, del 20 de diciembre de 2013”, se traslada el descanso dominical para el lunes 11 de octubre.

De tal forma, el próximo fin de semana será “largo” para muchos cubanos, pues tomarán un receso de las actividades laborales el sábado, el domingo y el lunes. Para aquellos trabajadores esenciales que tengan que acudir a laborar, la ley establece un tratamiento salarial especial.

El MTSS advierte que a los trabajadores que laboran el domingo tienen derecho a que se les pague doble salario por todas las horas trabajadas. La normativa está descrita en el artículo 111 del Código de Trabajo.

“Este tratamiento salarial no afecta a los trabajadores que se encuentran disfrutando de vacaciones anuales pagadas, licencias no retribuidas, subsidios de seguridad social o garantías salariales por los conceptos previstos en la ley”, menciona la nota del MTSS.

¿Quiénes no tendrán permitido el descanso laboral el lunes 11 de octubre?

Son varios los sectores considerados esenciales y que permanecerán prestando servicio el próximo lunes, a pesar del traslado del feriado nacional.

Por ejemplo, no descansarán las labores relacionadas con la zafra azucarera y otros trabajos agrícolas urgentes, industrias de procesos de producción continua, labores inaplazables de carga y descarga; servicios de transporte y su aseguramiento técnico indispensable, hospitalarios y asistenciales, farmacias y expendios de combustible.

Tampoco dejarán de operar las funerarias, jardines vinculados con estas y cementerios, servicios de hospedaje, centros turísticos, comunicaciones, transmisiones de radio y televisión, servicios públicos básicos, actividades de pesca y otras autorizadas por la ley.

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1 Comment

1 Comment

  1. Evaristo

    7 octubre, 2021 - 2:40 PM at 2:40 PM

    Total, que más da, si llevan 62 años haciendo como que les pagan a los trabajadores y ellos haciendo como que trabajan…..

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