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¿Cómo aparece el delito “mercenarismo” en la legislación cubana y cómo cambiará en el nuevo código?
El castrismo difama y amenaza a quienes lo critican usando un significado de “mercenario” que no está tipificado en la normativa vigente; sin embargo, el anteproyecto que pronto se aprobará da nuevas armas legales para la represión

El gobierno cubano ha tergiversado el término “mercenario” y lo ha relacionado con recibir dinero desde Estados Unidos. (Foto: Periódico Cubano)
Durante más de 63 años, el régimen castrista y su prensa oficialista han distorsionado el significado de “mercenario” para poder difamar a cualquier cubano que tenga un criterio contrario al gobierno.
Una cosa es el “mercenarismo” que se le atribuye incorrectamente a un cubano cuando es atacado en la televisión nacional; y otra muy distinta es lo que realmente significa este término y cómo se sanciona un delito de esta envergadura, aclaran los expertos jurídicos de El Toque.
Según la propaganda política del régimen, el mercenarismo es un término muy amplio y tergiversado a conveniencia: mercenario sería toda persona que reciba dinero por realizar acciones que las autoridades consideran “subversivas”. La clave para tal formulación del mercenarismo sería, entonces, el dinero.
El principal objetivo de vender esta idea es que los cubanos desistan de ejercer sus derechos por miedo. Sin embargo, el Código Penal vigente muestra que esta no es la concepción del “mercenarismo”. Por el contrario, este delito solo tipifica el hecho de pertenecer, a cambio de una “retribución material”, a “formaciones militares” compuestas de manera total o parcial por extranjeros.
Así, el término en cuestión, implica necesariamente un conflicto armado y no hechos tan simples como una crítica hacia el gobierno en redes sociales, el activismo pacífico o el periodismo independiente.
Aunque el gobierno tilda cualquier protesta o crítica como una provocación financiada desde el extranjero, lo que le permite una “justificación” para considerar estos actos como ilícitos y reprimir a personas pacíficas, la ley vigente impide procesarlos por el delito de mercenarismo y las autoridades terminan fabricando otros cargos en su contra, pero siguen llamándolos mercenarios.
Así sucedió durante las protestas masivas que se vivieron a lo largo del territorio nacional el pasado 11 de julio. El designado presidente cubano, Miguel Díaz-Canel, dijo ante la prensa, que las manifestaciones fueron provocadas por mercenarios “pagados por el gobierno de Estados Unidos”.
Miguel Díaz-Canel desde San Antonio de los Baños, Mayabeque, #Cuba Hay personas con insatisfacciones; pero también hay mercenarios pagados por el gobierno d los EEUU, a través de agencias para armar este tipo d manifestación. #LaCalleEsDeLosRevolucionarios https://t.co/zAtO5opcty
— Partido Comunista de Cuba (@PartidoPCC) July 11, 2021
El abogado cubano Eloy Viera Cañive explicó para El Toque que en la legislación actual, el delito que más se acerca a la manera aberrante en la que el régimen entiende el mercenarismo (la que no implica un conflicto bélico) está en la Ley de Protección a la Independencia Nacional y a la Economía de Cuba (Ley 88).
Según esa norma, se condena a quienes hayan cometido una acción bajo la supuesta motivación de facilitar los objetivos “de la Ley Helms-Burton, el bloqueo y la guerra económica”. También establece sanciones contra quienes cometan actos a cambio de remuneración o beneficios.
“No obstante, las críticas a la Ley 88 en tanto instrumento político y no jurídico, y el hecho de que hasta hace poco fuese la única ley penal cubana que la Fiscalía podía decidir utilizar o no a conveniencia, han convertido esa disposición en una regulación de uso extremo. Una norma que funge más como advertencia que como norma de uso corriente. Una norma que se ha utilizado como recordatorio por el presidente del Tribunal Supremo Popular en momentos de turbulencia política. Pero una norma que, por todas estas razones, ha sido aplicada en una sola oportunidad”, refiere Viera Cañive.
Sin embargo, el nuevo Código Penal que el gobierno debe aprobar en abril próximo, busca eliminar las trabas para condenar a los cubanos por delitos que corresponden con las nociones oficialistas de mercenarismo, lo cual representa un grave peligro para quienes incurran en algún comportamiento que, contrario al derecho internacional, el régimen considere ilícito.
Por medio del artículo 143 del anteproyecto que pronto se aprobará, si todo sigue su curso, el régimen pretende construir una herramienta que permita condenar sin muchos contratiempos a quienes piensen diferente en el país, sin tener que procesarlos por otros delitos más que por su opinión.
Y es que el nuevo Código Penal ha aumentado los llamados crímenes contra la Seguridad del Estado. Bajo el artículo 13, se sancionaría a quien “por sí o en representación de organizaciones no gubernamentales, instituciones de carácter internacional, formas asociativas o de cualquier persona natural o jurídica del país o de un Estado extranjero, apoye, fomente, financie, provea, reciba o tenga en su poder fondos, recursos materiales o financieros, con el propósito de sufragar actividades contra el Estado y su orden constitucional”.
Las penas establecen entre 4 y 10 años de cárcel. Así, el oficialismo convierte en legal las amenazas que por décadas ha pronunciado y ataca a todo periodismo independiente y activismo en el país, pues de una manera u otra, para realizar estas actividades es necesario recibir financiamiento. Aunque la intención no sea “atentar” contra el Estado, el régimen interpreta la ley a su conveniencia y juzga arbitrariamente a sus ciudadanos, otra vez.
#Cuba | Imágenes que no muestran medios internacionales ni los dependientes al gobierno de Estados Unidos ?multitudinaria manifestación de pueblo en Camagüey en apoyo a la Revolución y contra la injerencia de los EEUU y la utilización de mercenarios y delincuentes en disturbios pic.twitter.com/NI3Q9ljgm5
— Cubadebate (@cubadebatecu) July 13, 2021
