TV con entrega en TODA CUBA desde $199 🇨🇺 Envía AHORA
Conecta con nosotros

Periódico Cubano

¿Cómo llenar el formulario para solicitar la nacionalidad española siendo hijo mayor por la Ley de Memoria Democrática?

LEY DE NIETOS ESPAÑA

¿Cómo llenar el formulario para solicitar la nacionalidad española siendo hijo mayor por la Ley de Memoria Democrática?

De acuerdo con las autoridades españolas, para aplicar por el supuesto “C” de la disposición adicional octava hay que acogerse al Anexo III

Aviso importante: Consulado de España en La Habana elimina trámites presenciales

Con las modificaciones en la política del Consulado de España en La Habana, únicamente quedan ocho trámites consulares que sí deben ser solicitados de manera presencial y con cita previa. (Imagen © Periódico Cubano)

La disposición adicional octava de Ley de Memoria Democrática publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) español otorga la nacionalidad española a descendientes que cumplan ciertos requisitos. Uno de los supuestos que mayor cantidad de solicitantes tendrá es el apartado “C” que refiere a los hijos e hijas mayores de edad de ciudadanos españoles que hayan obtenido la nacionalidad por la Ley de Memoria Histórica en 2007.

Para aplicar a este supuesto hay que demostrar el lazo de consanguinidad (hijo-progenitor). Para ello es necesario una acta de nacimiento del solicitante, en el caso de Cuba se obtiene en el registro civil de la localidad dentro de la Isla donde tuvo lugar la inscripción del nacimiento del hijo o hija del ciudadano español.

Además, hay que aportar el acta literal de nacimiento del ciudadano español que si la obtuvo desde Cuba, se le debió entregar por parte del Consulado de España en La Habana, donde está empadronado desde que se convirtió oficialmente en español.

Sin embargo, uno de los puntos más importantes para abrir el expediente de nacionalidad es la presentación de un formulario de solicitud. Las autoridades del Ministerio de Justicia de España establecieron que ese documento rector es el llamado anexo III que puede ser descargado aquí.

¿Cómo llenar el formato para solicitar la nacionalidad española bajo el supuesto de ser hijo mayor?

Lo primero que hay que hacer es sacar dos copias del anexo III. Una copia se va a quedar en poder del Consulado y la otra te la va a devolver en ese mismo día de la cita al solicitante debidamente acuñada como respaldo documental de que se presentó el expediente en tiempo y forma.

Es muy aconsejable que el llenado se produzca con letra de molde para facilitar la comprensión de los datos al momento que los funcionarios diplomáticos del Consulado comiencen a trabajar con el expediente.

En el primer acápite donde dice encargada de registro civil debemos poner el nombre de nuestro registro civil o del Consulado donde vamos a presentar la documentación. En el caso de ser en Cuba pondremos: Consulado General de España en La Habana.

Posteriormente, se pide el nombre y apellido del solicitante, la nacionalidad actual y el estado civil. En el campo de pasaporte no es obligatorio tener un pasaporte cubano, pues allí también se puede poner el número del carnet de identidad.

Además, se pide la dirección del domicilio junto al municipio y provincia de residencia. Los datos de contacto también son importantes como el teléfono personal y un correo electrónico al cual se le pueda contactar y que usted revise constantemente.

El anexo III pide que se especifique el registro civil donde el progenitor español del solicitante fue inscrito. En caso de haber obtenido la nacionalidad por la Ley de Memoria Histórica estando en Cuba lo correcto es poner: Consulado de España en La Habana, pues allí debió quedar inscrito.

Este dato elimina la necesidad de aportar la certificación de nacimiento del progenitor español, pues ya los funcionarios del registro civil la tienen en su poder. Sin embargo, es de suma importancia indicar correctamente el número de tomo y folio para que puedan localizar con facilidad la partida de nacimiento archivada en el libro del registro civil del Consulado.

El tomo viene reflejado en la certificación de nacimiento con la letra T y el folio con la letra. Por su parte, donde dice fecha del ejercicio de la opción, debemos remitirnos nuevamente al certificado de nacimiento de nuestro progenitor. Allí, en la nota marginal que aparece en la parte superior izquierda, veremos que nos aparecen dos fechas, pero la correcta es la que corresponde al día en que el ciudadano español prestó juramento de promesa al rey.

¡Únete al canal de Telegram y WhatsApp para contenidos exclusivos!

SUSCRÍBETE y recibe noticias GRATIS
Suscritos Widget

Comentar noticia

Leave a Reply

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Advertisement

Noticias de Impacto

Advertisement

Lo más leído en la semana

Advertisement

Escándalos de la Farádula

Arriba