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Cuba lanza propuesta de Ley que beneficia a los pescadores privados

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Cuba lanza propuesta de Ley que beneficia a los pescadores privados

En Cuba realizan la pesca comercial privada unas 18.638 personas, quienes se encuentran en un limbo legal, sin estatus laboral definido, y no están vinculados a ningún régimen de seguridad social

El gobierno de Cuba lanzó una propuesta de Ley de Pesca que dotará de estatus legal a los más de 18.600 pescadores comerciales privados en todo el país, quienes hasta ahora no estaban reconocidos por las instancias laborales, informó el periódico Granma.

La nueva normativa, propuesta por el Consejo de Ministros y a debate a partir del 27 de marzo, busca hacer frente a las ilegalidades y ordenar los recursos pesqueros “bajo los principios de conservación, uso sostenible, enfoque preventivo, implementación de criterios científico-tecnológicos y protección de los ecosistemas”.

La principal norma vigente, el Decreto Ley NO. 164 Reglamento de Pesca (suscrito en 1996) “resulta obsoleto ante las condiciones actuales e insuficiente para el enfrentamiento de la pesca ilegal y la preservación de los recursos pesqueros”, reza la propuesta citada por el diario.

Según la normativa, en Cuba realizan la pesca comercial privada unas 18.638 personas, quienes se encuentran en un limbo legal en el que no tienen estatus laboral definido y no están vinculados a ningún régimen de seguridad social. La relación con este modo de gestión se limita a contratos de compraventa.

“Y tampoco puede obviarse la situación económico- social compleja presente en los 168 asentamientos pesqueros identificados. En varios, la actividad pesquera es el sustento principal y son escasas las alternativas de empleo en otras ramas”, refirió el documento.

La propuesta de Ley consta de 27 artículos y siete disposiciones finales; y se enfoca en el “adecuado ordenamiento, administración y control de la pesca, en función de la conservación y el aprovechamiento racional de los recursos hidrobiológicos en las aguas marítimas, fluviales y lacustres de Cuba, con el fin de contribuir a la soberanía alimentaria de la nación”.

En tal sentido, a partir de su aprobación se establecerán nuevas regulaciones sobre las autorizaciones de pesca (licencias, concesiones y permisos) como medida de ordenación y se definirán las modalidades de pesca comercial -estatal y no estatal-, deportiva, recreativa y de investigación, entre otros cambios.

Regulaciones que impondrá la nueva Ley

La normativa también recoge que la pesca solo puede ser ejecutada por las personas naturales o jurídicas, cubanas o extranjeras, que posean la correspondiente autorización para tales fines. Se excluye de este requerimiento, la pesca que se practica de manera libre por las personas naturales, nacionales o extranjeras, desde el litoral u orillas naturales mediante varas o carretes, cordeles y anzuelos, sin el auxilio de medios flotantes.

En cuanto a las autorizaciones de pesca, “se emitirán mediante licencias, concesiones y permisos, por la autoridad facultada (Ministerio de la Industria Alimentaria), a partir de la evaluación previa del estado de los recursos”

De igual forma, los requisitos para la pesca y el empleo de avíos autorizados, así como las disposiciones sobre el destino final de las capturas y otras exigencias relativas a cada modalidad de pesca, se dispondrán en el Reglamento y en las resoluciones que se dicten por el Ministro del Minal.

Todo lo relacionado con las zonas de pesca se dispondrá por el Consejo de Ministros, mientras que “la ordenación y manejo de los recursos pesqueros” corresponde igualmente al titular del Minal.

La práctica de la pesca puede estar limitada o totalmente prohibida en algunos sitios, “debido a intereses estatales relacionados con la defensa del país o el medio ambiente”, aclara el texto.

 

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