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Cuentapropistas con permiso para exportar pagarán al Estado el 20% de sus ganancias

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Cuentapropistas con permiso para exportar pagarán al Estado el 20% de sus ganancias

La exportación de bienes se hará por medio de agencias estatales que mantienen el monopolio del comercio exterior

Tal y como ha sido publicado por la Gaceta Oficial de Cuba este 17 de agosto, los cuentapropistas que logren obtener un permiso para exportar sus productos deberán pagar a la empresa intermediaria del Estado un 20% de las ganancias obtenidas por esas ventas.

Las agencias importadoras estatales serán asignadas a cada cooperativa o negocio privado según la rama de productos a exportar. De tal forma, el Estado comunista se mantendrá con el control que ha mantenido durante seis décadas del comercio exterior, llevándose además una buena parte de las ganancias brutas de las ventas en el extranjero.

Cuentapropistas que obtengan permiso para exportar pagarán al gobierno el 20% de sus ganancias

Cuentapropistas que obtengan permiso para exportar pagarán al gobierno el 20% de sus ganancias. (Foto: Periódico Cubano)

Para los trabajadores privados quedará el 80% del dinero al que deberán restarle los costos de operaciones, como son la materia prima, el traslado hacia el puerto de salida de Cuba y el salario de los trabajadores involucrados en la confección del producto.

Por si fuera poco, este 80% del dinero en Moneda Libremente Convertible será depositado en una cuenta bancaria en una de las tres entidades estatales financieras que existen (BPA, BANDEC y BANMET) para que sean objeto de fiscalización pro parte de la Oficina Nacional de Administración Tributaria (ONAT) que calculará los impuestos correspondientes.

El productor cubano no podrá ver los dólares, pues el banco le entregará pesos cubanos (CUP) o CUC según la tasa de conversión vigente.

Los artículos octavo y noveno de la Resolución 114/2020 señalan que las cuentas corrientes que abran los cuentapropistas en los bancos no pueden “en ningún caso utilizarse para prestar servicios de importación y exportación a favor de terceros” y además advierten que los “bancos aplican a la operatoria de estas cuentas corrientes la debida diligencia intensificada”.

La resolución firmada por el ministro de Economía, Alejandro Gil aclara que “para las importaciones, el precio total que se pacte entre la entidad importadora y la forma de gestión no estatal se cobra en moneda libremente convertible, desde la cuenta de esta última, creada a tales efectos”.

“El margen comercial que cobra la entidad de comercio exterior autorizada se calcula según las disposiciones del Ministerio de Finanzas y Precios y es retenido con respaldo de liquidez por dicha entidad”.

En julio pasado, cuando se dio a conocer la nueva política, Rodrigo Malmierca, titular de Comercio Exterior y la Inversión Extranjera, dijo que todo se realizará mediante un contrato entre “las empresas estatales y las no estatales”.

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