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Un activista cubano podría ser el primer imputado por «mercenarismo» con el nuevo Código Penal

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Un activista cubano podría ser el primer imputado por «mercenarismo» con el nuevo Código Penal

La normativa vigente amplió la manera particular y distorsionada del castrismo de entender este delito

Delito de otros actos en contra de la Seguridad del Estado en Cuba mercenarismo

El castrismo ejerce la represión política por medio de las fuerzas del orden en el país, que responden incondicionalmente al gobierno y no al pueblo. (Captura de pantalla: Euronews – YouTube)

El activista cubano Alejandro Garlobo Aleaga permanece en la Unidad de Investigaciones de la Seguridad del Estado, conocida como Villa Marista, desde el pasado 2 de marzo, cuando agentes no identificados de la Seguridad del Estado y de la Policía Nacional Revolucionaria (PNR) lo detuvieron en Quivicán, Mayabeque.

La información ofrecida por el medio independiente El Toque refiere que, según el abogado Fernando Almeyda, asesor legal de la organización Prisioners Defenders, actualmente a Garlobo se le imputa el delito de otros actos contra la seguridad del Estado.

Agrega la nota de prensa que el activista, ese día que fue arrestado, debía acudir a un interrogatorio en la estación policial de San Miguel del Padrón, en La Habana, provincia en la que no reside.

Activista cubano Alejandro Garlobo Aleaga

En redes sociales se han pronunciado a favor de la libertad de Garlobo. (Captura de pantalla: Tata Poet – Facebook)

Ya en ocasiones anteriores el cubano ha sido interrogado y amenazado con cárcel por su abierta oposición al gobierno cubano y por su labor como activista, que incluye transportación y reparto de medicinas gratuitas a familias vulnerables, incluyendo la de los presos políticos.

El acto represivo más reciente que sufrió antes de esta arbitraria detención, fue el 17 de febrero de 2023, cuando la policía política volvió a interrogarlo y amenazarlo, dándole 90 días para abandonar el país, rememora el citado medio de prensa.

El delito de otros actos contra la seguridad del Estado, que ahora se le imputa, contempla varias modalidades, incluyendo lo que el régimen considera como «mercenarismo». Hasta el momento, no ha trascendido cuál modalidad del delito se le ha imputado al activista cubano.

Tal y como está actualmente tipificado, el mercenarismo implica incluso la recepción de fondos de cualquier origen para sostener activismos y acciones opositoras o riesgosas, de acuerdo con el criterio distorsionado de las autoridades del país.

Se trata de un delito que desde la década de los noventa figura en el Código Penal cubano, por medio de la Ley 88, pero que en la nueva normativa, ya vigente, se amplió. El Toque explica que la Ley 88 solo ha sido aplicada en una ocasión, pues fue entendida como una norma de aplicación discrecional; sin embargo, con las últimas disposiciones esa situación cambia.

La inclusión del artículo 143 en el Código Penal amplía el uso del mercenarismo como delito para la represión política contra activistas y la prensa independiente. Además del mercenarismo, el delito de otros actos contra la seguridad del Estado implica las siguientes modalidades.

  • La primera modalidad se aplica a quienes violen o penetren de manera clandestina en Cuba u organicen, formen parte o apoyen a grupos armados. Está contemplada en los artículos 142, 143 y 144 del Código Penal, con sanciones que van desde los diez años de cárcel o la muerte.
  • La segunda modalidad está enfocada a quienes conozcan sobre la planificación o ejecución de un delito contra la seguridad del Estado y no lo denuncien.

En cuanto al mercenarismo, el delito que probablemente se le ha imputado a Garlobo teniendo en cuenta su caso, comprende sanciones de cuatro a diez años para quienes «por sí o en representación de organizaciones no gubernamentales, instituciones de carácter internacional, formas asociativas o de cualquier persona natural o jurídica del país o de un Estado extranjero, apoye, fomente, financie, provea, reciba o tenga en su poder fondos, recursos materiales o financieros, con el propósito de sufragar actividades contra el Estado cubano y su orden constitucional».

A todas luces, como ya se ha denunciado, se trata de un delito que permite al régimen infundir miedo y sancionar a los cubanos que simplemente ejerzan la disidencia política o exijan sus derechos.

Hasta el momento, no se tienen registros de que haya sido imputado este delito, pero Garlobo podría ser el primer acusado por medio de este macabro mecanismo de represión.

Esta foto es la más reciente que tengo con Alejandro, paso por casa cinco minutos a darme un abrazo y a tomarse un café,…

Publicada por Lara Crofs en Domingo, 5 de marzo de 2023

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