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DimeCuba orienta sobre novedades de la Ley de Nietos 2020

LEY DE NIETOS ESPAÑA

DimeCuba orienta sobre novedades de la Ley de Nietos 2020

DimeCuba transmitirá un Facebook Live para aclarar dudas sobre la Nueva Ley de Nietos 2020

DimeCuba te aclara las dudas sobre la Ley de Nietos 2020

DimeCuba te aclara las dudas sobre la Ley de Nietos 2020. (DIMECUBA)

Algunos avances en la Ley de Nietos de España, que ha otorgado la ciudadanía a miles de cubanos, se han dado a conocer en días recientes. Es por ello que DimeCuba transmitirá este miércoles un Facebook Live para aclarar dudas sobre las novedades de la normativa para este 2020.

En primer lugar, es necesario recordar que estos avances se dieron a conocer tras establecerse un preacuerdo entre PSOE y Podemos. El acuerdo sostiene que se concederá la nacionalidad española a los descendientes de ciudadanos españoles y que además hayan nacido en el exterior.

Tras la difusión del referido acuerdo, también se publicó el Boletín Oficial de las Cortes Generales donde se expone la propuesta de ley de nietos 2020.

Sin dudas, la noticia despertó el ánimo en los posibles beneficiarios, pero la carencia de información también les ocasionó gran confusión y dudas. Esto, porque en la publicación realizada al respecto era muy poca la información y apenas tenía un párrafo de contenido.

Tomando en consideración estas dudas, DimeCuba realizará un Facebook Live para brindar mayor orientación a los cubanos interesados en recibir la nacionalidad española por esta vía. Entre las inquietudes más comunes, se encuentran el precisar las condiciones para obtener el beneficio, y los posibles requisitos para el trámite.

Para responder esta, y otras preguntas Anabelén Bautista estará entrevistando al abogado Ariel Fraga, durante la transmisión que se realizará completamente en vivo a las 4:00pm de este miércoles, a través de la cuenta de Facebook de DimeCuba.

Acerca de la concesión de la nacionalidad española

Pese a la poca información que se maneja sobre la ley, se ha logrado puntualizar algunos aspectos sobre las condiciones para poder optar por el beneficio. En consecuencia, se puede sostener que una persona podría ser elegible en el proceso en los siguientes casos:

  1. Si son nietos de emigrantes españoles masculinos que mantuvieron su nacionalidad hasta el nacimiento de sus descendientes. También aplica para nietos de mujeres españolas emigrantes, independientemente de si esta mantuvieron, perdieron o recuperaron su nacionalidad antes del nacimiento de sus descendientes.
  2. Si los nietos de personas que adquirieron la nacionalidad del país de acogida por motivos económicos.
  3. En caso de ser descendientes mayores de edad de españoles, a quienes se reconoció su nacionalidad de origen considerando el derecho de opción.
  4. También podrían recuperar la nacionalidad española las personas que, a pesar de haber nacido en España, no la ratificaron al hacerse mayores de edad.

Documentos requeridos para obtener la nacionalidad según la Nueva Ley de Nietos 2020

Para hijos de españoles emigrados:

  • En caso de haber nacido antes de 1870, pueden presentar un certificado español de bautismo.
  • Certificado original de nacimiento del padre o de la madre expedida por un registro civil español.
  • Certificación literal de nacimiento del interesado.

Para nietos de españoles emigrados:

  • Certificación de nacimiento también original (literal) del padre o de la madre.
  • Documento literal que certifique el nacimiento del abuelo o de la abuela del solicitante. En caso de ser nacido antes de 1870, también podrán consignar la certificación española de su bautismo.
  • Documento original del certificado de nacimiento del interesado.

Para hijos de españoles con mayoría de edad, a quienes se reconoció la nacionalidad de origen en virtud del derecho de opción:

  • Certificado de nacimiento original del interesado.
  • Certificación literal de nacimiento del padre o madre del solicitante donde demuestre que su padre o madre han optado por la nacionalidad española de origen. También pueden presentar certificación literal de nacimiento del interesado donde conste que es hijo de español y que no ostenta la nacionalidad española.

Apunte todas sus dudas en una libreta y aclárelas hoy a las 4:00pm, en su cita con Anabelén Bautista y el Doctor Ariel Fraga.

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