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Entra en vigor el seguro obligatorio para conductores estatales y particulares en Cuba

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Entra en vigor el seguro obligatorio para conductores estatales y particulares en Cuba

La medida exenta a las Fuerzas Armadas Revolucionarias y el Ministerio del Interior

Entra en vigor el seguro obligatorio para conductos estatales y particulares en Cuba

Choferes cubanos obligados a contratar un seguro por daños a terceros (Foto: Periódico Cubano)

A partir de este viernes es obligatorio que todos los conductores de vehículos estatales y particulares contraten un seguro de Responsabilidad Civil para los gastos por daños a terceros en accidentes de tránsito, los cuales son muy recurrentes en Cuba.

Lo anterior es cumplimiento al Decreto-Ley No.11 de 2020 que se publicó hoy en la Gaceta Oficial No.70 Ordinaria, del cual quedan excluidos los conductores que presten sus servicios en las Fuerzas Armadas Revolucionarias y el Ministerio de Interior.

Fermín Mesa García, director general de la Empresa de Seguros Nacionales (ESEN), comentó que el seguro tiene precios módicos y varía en dependencia de los montos a indemnizar seleccionados.

“El de menor costo, de 100 CUP cubre hasta 40.000 CUP en total por daños a la propiedad ajena y lesiones corporales o muerte. El de mayor costo, 200 CUP cubre hasta 100.000 CUP por iguales afectaciones. El pago será mandatorio realizarlo en un plazo de hasta 180 días”, explicó el funcionario.

Mesa García agregó que el pago del seguro se hace de manera anual y existe la posibilidad de realizarlo en dos plazos sin recargo. Además, el asegurado puede solicitar otro límite de indemnización.

El seguro se puede contratar en oficinas de la ESEN que cuenta con personal en todas las provincias y también se puede hacer a través de la plataforma de comercio electrónico Enzona.

Al explicar el funcionamiento de la póliza, Mesa García comentó que el asegurador se encarga de asumir las consecuencias económicas de los hechos para reparar el daño causado por el asegurado a un tercero pero considerando el límite pactado del contrato.

“La responsabilidad civil que cubrirá esta póliza deberá ser declarada por decisión de autoridad legalmente facultada para ello, que obligue al asegurado al pago de indemnización o por acuerdo extrajudicial con el consentimiento de la aseguradora”, agregó.

El seguro cubre daños a la propiedad ajena y lesiones corporales o muerte a terceras personas, ambas situaciones las pagará la ESEN según los límites establecidos en la póliza.

Mesa García comentó que la aseguradora no tendrá responsabilidad ante daños o pérdidas provocadas a terceros a consecuencia de actos intencionales, al igual que accidentes ocurridos en lugares de acceso prohibido, pago de multas, fianzas o consecuencias de impagos.

“También quedan exceptuados la no instalación o falta de carga de los extintores en transportes públicos o falta de medios de señalización nocturna, actos donde el asegurado se reconozca responsable, sin la anuencia de la aseguradora”, agregó el funcionario.

El seguro igual no aplica para vehículos utilizados para hechos delictivos o que el conductor esté incapacitado para manejar por haber ingerido alcohol, drogas o tener su licencia vencida.

 

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