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Periódico Cubano

Importantes consideraciones sobre la nacionalidad española para los bisnietos

LEY DE NIETOS ESPAÑA

Importantes consideraciones sobre la nacionalidad española para los bisnietos

La Ley de Memoria Democrática se extenderá un año más, hasta octubre de 2025

El Consulado de España acepta las partidas de bautismo en aquellos casos donde no existe inscritos en los registros civiles. (Captura de pantalla © Grupo Aristeo – YouTube)

La especialista en inmigración y extranjería Estela Marina, directora del grupo Aristeo, ofreció hace algunas horas una gran cantidad de información sobre la Ley de Memoria Democrática, especialmente en lo que respecta a los bisnietos de españoles, detallando as acciones y procedimientos que se están llevando a cabo para facilitar sus solicitudes de nacionalidad y otros trámites relacionados.

La cubana, de nacionalidad española y residente en Madrid desde hace varios años, puso especial énfasis en la importancia de la documentación adecuada y en cómo manejar ciertos aspectos clave como la fe de bautismo, la certificación de matrimonio y otros documentos relevantes para asegurar la nacionalidad española de los descendientes.

Documentos para conformar el expediente de nacionalidad española para los bisnietos

Para asegurar la nacionalidad española de los bisnietos mediante la Ley de Memoria Democrática u otras vías legales, los descendientes deben preparar y presentar una serie de documentos que prueben su vínculo familiar con el ciudadano español originario y cumplan con los requisitos establecidos por las leyes españolas. A continuación, mencionamos los documentos más comunes que suelen ser necesarios para estos trámites:

  1. Certificado de Nacimiento del Bisnieto: Documento oficial que certifica el nacimiento del bisnieto solicitante.
  2. Certificado de Nacimiento del Abuelo/a Español/a: Este documento es crucial para demostrar la conexión directa con el ascendiente español. Si el abuelo/a nació en España, el certificado debe ser emitido por el Registro Civil correspondiente en España. Si el abuelo/a nació fuera de España pero conservó la nacionalidad española, se necesitará el certificado de nacimiento local junto con la documentación que pruebe su nacionalidad española.
  3. Certificado de Nacimiento del Padre/Madre del Bisnieto: Para establecer la cadena de descendencia, también se requerirá el certificado de nacimiento del padre o madre del bisnieto que conecta al solicitante con el abuelo/a español/a.
  4. Certificado de Nacionalidad Española del Abuelo/a: Si está disponible, cualquier documento que acredite la nacionalidad española del abuelo/a, como un pasaporte español, certificado de nacionalidad, o una inscripción en el Registro Civil Español.
  5. Certificado de Matrimonio: Si es aplicable, especialmente si se necesita demostrar la conexión familiar a través del matrimonio de los ancestros.
  6. Certificado de Defunción: En caso de que el abuelo/a español/a o los padres hayan fallecido, se podría requerir el certificado de defunción correspondiente.
  7. Certificado de Registro de Ciudadano Extranjero y de Registro de Ciudadanía: Específicamente para casos donde el abuelo/a no nació en España pero mantuvo su nacionalidad española. Estos certificados pueden ser necesarios para probar la retención de la nacionalidad española a pesar de la emigración.
  8. Documentación Adicional: Dependiendo del caso específico y de la legislación aplicable en el momento del trámite, pueden requerirse documentos adicionales, como pruebas de residencia, documentos legales que acrediten la conservación de la nacionalidad española a través de las generaciones, o documentos que acrediten la situación legal del solicitante en su país de residencia.
  9. Legalizaciones y Apostillas: Los documentos emitidos fuera de España generalmente necesitan ser legalizados o contar con la Apostilla de La Haya (si el país emisor es parte del Convenio de La Haya) y traducidos al español por un traductor jurado.

Consideraciones importantes sobre la Fe de Bautizo

La fe de bautizo, o partida de bautismo, es un documento eclesiástico que certifica el bautismo de una persona. En contextos de solicitud de nacionalidad, especialmente en casos donde se trata de demostrar la ascendencia española para obtener la nacionalidad por descendencia o por opciones legales como la Ley de Memoria Democrática, la fe de bautizo puede jugar un rol significativo.

Importancia de la Fe de Bautizo

  1. Documento Histórico: Para muchos bisnietos o descendientes de españoles, especialmente cuando los registros civiles son incompletos o no existen debido a la antigüedad o a eventos como guerras, incendios en los registros civiles, o simplemente por no haberse inscrito los nacimientos en su momento, las partidas de bautismo se convierten en documentos valiosos para probar la línea de ascendencia.
  2. Complemento a la Documentación Civil: En ausencia de partidas de nacimiento civiles, la fe de bautizo sirve como evidencia de la fecha y lugar de nacimiento, así como de la filiación de la persona bautizada. Esto es crucial cuando se deben demostrar los vínculos familiares directos con un ciudadano español.
  3. Requerimientos Legales: Para la nacionalidad española por opción (como podría ser el caso de algunos descendientes de españoles), a veces es necesario presentar documentos que prueben la nacionalidad española de los abuelos o bisabuelos. Si no hay documentos civiles disponibles, una fe de bautizo puede servir para demostrar que el antepasado era español.

Uso de la Fe de Bautizo en Procesos de Nacionalidad

  • Acreditación de Nacionalidad: En el proceso de acreditar la nacionalidad española de un antepasado, la fe de bautizo puede ser uno de los pocos documentos disponibles que demuestren el origen español, especialmente para generaciones más antiguas.
  • Legalización y Traducción: Al igual que con otros documentos extranjeros, la fe de bautizo puede requerir ser apostillada (si el país emisor es parte del Convenio de la Haya) y traducida al español por un traductor jurado, dependiendo de los requisitos del proceso de nacionalidad o visado.
  • Negativa de Registro Civil: Si se utiliza una fe de bautizo para demostrar la nacionalidad o el nacimiento de un antepasado, puede ser necesario también presentar una certificación negativa del Registro Civil español, que indique que no existen registros civiles de nacimiento para esa persona, reforzando así la validez de la partida de bautismo como prueba documental.

Visado para parejas no casadas con hijos comunes

El tema del visado para parejas no casadas con hijos comunes menores de 18 años se relaciona con la posibilidad de que estas parejas soliciten un visado de familiar de ciudadano de la Unión Europea, basándose en su relación y descendencia compartida, sin necesidad de estar formalmente casadas. Esta opción se apoya en el derecho de libre movimiento y residencia para los familiares de ciudadanos de la Unión Europea y se ve reforzada por sentencias favorables que han reconocido este derecho a parejas no casadas con hijos en común.

Marco Legal

  • Directiva 2004/38/CE: La Directiva sobre el derecho de libre circulación y residencia de los ciudadanos de la Unión y sus familiares establece que el cónyuge o pareja registrada de un ciudadano de la UE tiene derecho a acompañar o reunirse con él en otro Estado miembro. Además, «descendiente directo menor de 21 años o a cargo» también tiene derecho a la libre circulación y residencia.
  • Jurisprudencia: Existen sentencias en distintos Estados miembros que han interpretado favorablemente la situación de parejas no casadas, especialmente cuando hay hijos menores involucrados, reconociendo su derecho a residir juntos en el territorio de la UE.

Aplicación Práctica

  • Para parejas no casadas con hijos: La clave aquí es el hijo menor de 18 años, quien por ser descendiente directo de un ciudadano de la UE, facilita a sus padres, aunque no estén casados, solicitar un visado de familiar de ciudadano de la UE. Este visado permite la residencia en el país de la UE donde el ciudadano ejerce su derecho de residencia o movimiento.
  • Documentación Requerida: La pareja deberá proporcionar documentación que pruebe su relación (certificado de nacimiento del hijo común que demuestre la filiación) y la ciudadanía europea de uno de los padres. No es necesario que la pareja esté casada o que haya registrado oficialmente su unión. Sin embargo, cada país puede tener requisitos específicos adicionales, por lo que es recomendable consultar con las autoridades competentes o con un experto en derecho migratorio.
  • Beneficios: Al obtener este visado, la pareja no casada y sus hijos pueden residir en el país de la UE, acceder a empleo, educación, y servicios sociales en condiciones similares a los nacionales de ese país.

Consideraciones

  • Variabilidad por País: Aunque la Directiva de la UE proporciona un marco, la implementación y los requisitos exactos pueden variar entre los Estados miembros. Por ello, es fundamental verificar la aplicación específica de estas reglas en el país de destino.
  • Importancia del Asesoramiento Legal: Dada la complejidad de las leyes y las variaciones entre países, es recomendable buscar asesoramiento legal especializado para navegar el proceso de solicitud de visado y asegurar que se cumplen todos los requisitos necesarios.

Este enfoque brinda a las parejas no casadas con hijos la oportunidad de vivir juntas en la Unión Europea, aprovechando las leyes de libre circulación y residencia que favorecen a las familias de ciudadanos de la UE.

Visado de familiar de ciudadano de la Unión Europea

En el contexto de solicitar un visado de familiar de ciudadano de la Unión Europea, la especialista en inmigración y extranjería aclara que es importante entender que no es estrictamente necesario esperar a tener la certificación de matrimonio inscrita en el consulado español para iniciar el proceso de solicitud del visado. Este enfoque se basa en el principio de facilitar la reunión familiar y reconocer los vínculos familiares legítimos, incluso cuando la documentación formal aún está en proceso. Aquí te explico más sobre este tema:

  • Propósito: Este tipo de visado permite a familiares no comunitarios de ciudadanos de la UE (incluidos los españoles) residir en el país de la UE donde el ciudadano ejerce su derecho de libre circulación.
  • Aplicabilidad: Es aplicable a cónyuges, parejas registradas, descendientes directos menores de 21 años o a cargo, y ascendientes directos a cargo del ciudadano de la UE.

Caso de Parejas Casadas

  • Certificación de Matrimonio: Normalmente, se requiere un certificado de matrimonio para demostrar el vínculo matrimonial entre el solicitante y el ciudadano de la UE. Sin embargo, si este documento está en proceso de ser legalizado o inscrito en el consulado, puede iniciarse la solicitud del visado presentando la documentación disponible que demuestre el matrimonio y su autenticidad.
  • Documentación Alternativa: En ausencia de la certificación de matrimonio inscrita, se pueden presentar otros documentos que prueben la relación y el matrimonio, como el certificado de matrimonio emitido por las autoridades locales, debidamente apostillado si es necesario, y traducido por un traductor jurado.

Consideraciones Importantes

  • Pruebas Suplementarias: Aunque no se requiera la certificación de matrimonio inscrita para comenzar el proceso de solicitud del visado, es probable que se solicite evidencia adicional de la relación, como fotografías juntos, correspondencia, declaraciones de cuentas bancarias conjuntas, o cualquier otro documento que demuestre una relación estable y duradera.
  • Legalización y Apostilla: Asegúrate de que todos los documentos no emitidos por autoridades españolas estén debidamente legalizados o apostillados y traducidos al español, si no están en este idioma.
  • Consulta con el Consulado: Dado que las prácticas y requerimientos pueden variar entre distintos consulados y países, es recomendable consultar directamente con el consulado español o la embajada correspondiente para obtener información precisa y actualizada sobre los documentos requeridos para la solicitud de visado.

Oferta para los descendientes de españoles que necesiten certificaciones de nacimiento o fe de bautizo en Gran Canaria

Estela Marina anunció una oferta especial para aquellos que necesitan obtener partidas de nacimiento o de bautismo de sus antepasados en Gran Canaria. La oferta consiste en un descuento del 50% para la obtención de estos documentos.

La especialista se ofreció a buscar personalmente estas partidas durante su visita a Gran Canaria el 11 y 12 de abril próximo, subrayando la importancia de estos documentos para completar los expedientes de solicitud.

Para aprovechar esta oferta, Estela solicitó a los interesados enviar un correo electrónico a la dirección proporcionada, con la copia de cualquier documento que tengan o la información completa de los datos del antepasado para facilitar la búsqueda.

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