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Gobernador de la Florida aprueba el uso de scooters

ESTADOS UNIDOS

Gobernador de la Florida aprueba el uso de scooters

Hasta el momento no se permitía el uso de estos patines eléctricos

Ron DeSantis Gobernador de la Florida

Ron DeSantis Gobernador de la Florida. (Captura de pantalla © Governor Ron DeSantis – YouTube)

Hay dos categorías de scooters en la ley de Florida: «scooters motorizados» y «scooters con motor». Un scooter motorizado es un vehículo que:

  • Tiene tres o menos ruedas
  • No puede superar las 30 millas por hora en un terreno nivelado
  • No tiene asiento ni silla. Si tiene un asiento o silla de montar, el vehículo se considera un «scooter».

Los scooters eléctricos sin asiento no eran legales en la Florida hasta este miércoles, cuando el gobernador Ron DeSantis firmó un proyecto para su aprobación.

El acuerdo es nombrado “House Bill 453” y entró en vigor automáticamente, bajo el mismo se permitirá, bajo las regulaciones de las jurisdicciones locales de los condados y ciudades, a las empresas de scooters (patinetas eléctricas) operar en cualquier lugar.

“La legislación brinda claridad a los municipios sobre la legalidad de los scooters electrónicos y esperamos continuar trabajando con las ciudades de todo el estado de Florida, para satisfacer la demanda de los residentes de una opción de transporte confiable y asequible”, añadió Vivian Myrtetus, gerente de asuntos gubernamentales de la compañía de transporte Lime en Florida.

Reglas para uso de scooter en Florida:

  • Los conductores deben tener al menos 16 años de edad. También se necesita una licencia de conducir o motocicleta válida, aunque no es necesario que tenga un seguro de scooter.
  • Se requieren cascos para pasajeros menores de 16 años. Si un scooter lleva a un pasajero menor de 16 años, ese pasajero debe usar un casco aprobado. Los usuarios mayores de 16 años no necesitan emplear cascos, siempre que el scooter no pueda superar las 30 millas por hora.
  • No puede operar un motor o scooter eléctrico en las carreteras o autopistas interestatales de la Florida. Los vehículos deben poder mantener al menos 40 millas por hora para operar en autopistas.
  • No se permite circular por las aceras. Los ciclistas no pueden operar scooters o ciclomotores en aceras o carriles para bicicletas en Florida. En su lugar, deben viajar en la carretera con otros vehículos y obedecer las leyes de tránsito estándar.
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