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Gobierno cubano regula las ventas de garaje

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Gobierno cubano regula las ventas de garaje

La popular modalidad se ha extendido por el país, pero el gobierno pondrá coto a la actividad ejercida por ciudadanos individuales

Gobierno cubano regula las ventas de garaje

Gobierno cubano regula las ventas de garaje. (Foto: Periódico Cubano)

Las populares ventas de garaje que se han extendido por todo Cuba en los últimos tiempos tendrán un marco jurídico por el cual serán reguladas, según una normativa especial que publicó la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 66 de 2021.

La sencilla actividad donde un cubano sacaba -por iniciativa propia- un puesto de ventas con artículos de uso hacia su portal, garaje o una esquina de un parque, ahora se prohíbe a menos que cuente con un permiso emitido por la autoridad facultada (Consejo de la Administración Municipal) en cada provincia. El gran Estado socialista lo controla todo.

Betsy Díaz Velázquez, ministra del Comercio Interior, es quien firmó la resolución que aclara que las ventas pueden realizarse “en garajes, portales y otras áreas residenciales, que no obstruyan el tránsito por aceras y vías”.

La “buena noticia” es que no hay que sacar licencia comercial ni de trabajador por cuenta propia, siempre y cuando los artículos a vender sean de uso doméstico y personal; pueden ser usados, seminuevos y nuevos.

Aunque el permiso tendrá un costo de 50 CUP y debe concertarse con las autoridades correspondientes con una semana de antelación a la fecha planificada para realizar la venta, el documento emitido tiene validez para un solo día (la fecha especificada). Si usted no agotó la venta el día escogido y quiere volver a exponer sus propios productos en el portal de su casa tendrá que volver a pedir permiso y por supuesto, volver a pagar.

Un grupo de inspectores estatales velará por el cumplimiento de la normativa que prohíbe la venta de “artículos nuevos importados y de la industria nacional, pieles de animales y maderas preciosas y alimentos”.

La resolución también regula la promoción que cada persona dará a la venta que pretende realizar. Según lo dispuesto, el vendedor podrá publicar anuncios en sus perfiles de redes sociales así como colgar carteles “en portales y en las viviendas de frente a la calle, desde el día previo a la realización de las ventas y hasta finalizar las mismas”.

Para colocar carteles en otros espacios de la vía pública como postes, árboles, calles y fachadas de entidades, también habrá que pedir permiso.

 

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