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Las leyes de Cuba facilitan el acoso y el abuso sexual en las escuelas

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Las leyes de Cuba facilitan el acoso y el abuso sexual en las escuelas

Las instituciones no cuentan con protocolos de prevención y detección del abuso, y el Código Penal no siempre lo castiga

El colectivo feminista Yo Sí Te Creo en Cuba denunció la falta de protocolos gubernamentales para prevenir, detectar y combatir el acoso sexual entre los menores de edad.

La plataforma citó este viernes al artículo “¿Qué tienen estos hombres en Común?”, de la joven académica y artista cubana Salomé García, donde se aborda la falta de recursos legales para que las mujeres reconozcan y enfrenten situaciones de acoso o abuso sexual.

Una de estas dificultades es la falta de tipificación de la violencia de género en las leyes cubanas, por lo que son pocos y muy específicos los escenarios en los que se considera a una violación como tal, siendo necesaria la presencia de violencia física.

Esto deja fuera escenarios como el chantaje, la manipulación, la extorsión, e incluso la utilización de substancias para aturdir o convencer a las víctimas de violencia sexual.

Por otra parte, la definición de estupro en el Código Penal se refiere a una “relación sexual con una mujer soltera mayor de 12 y menor de 16 años”, cuando en ese rango de edad se sigue hablando de una niña y no de una “mujer”, de acuerdo con la Declaración de los Derechos del Niño.

Tampoco se trata de una “relación sexual”, sino de una “violación”, al tratarse de una diferencia de edad de entre adulto y niño, lo que de forma implícita conlleva un grado de manipulación o intimidación, sin embargo, las leyes cubanas no lo reconocen como tal.

También el delito de incesto se menciona en el Código Penal de manera ineficiente, pues ambos delitos contemplan penas ínfimas, que no corresponden con la falta, no representan un verdadero castigo para quien las comete, y no garantizan seguridad para la víctima.

Mientras el estupro se castiga con entre tres meses y un año de privación de la libertad, el incesto se castiga con entre 2 y 5 años, una sanción inútil, pues incluso después de pasar por el proceso de denuncia y condena –con todo lo traumático que esto conlleva para la víctima –la misma podría ser abusada por la misma persona hasta 3 veces antes de cumplir la mayoría de edad.

Esta es una de las razones por las que muchos de estos crímenes permanecen en el anonimato, pues además de que no hay garantía de que habrá un castigo para los agresores, incluso si este llega, es insuficiente, a la vez que no se garantiza la seguridad de los denunciantes.

Tanto Yo Sí Te Creo en Cuba como otros colectivos feministas han solicitado al Gobierno la creación de refugios para víctimas de violencia de género, misma que incluiría la violencia sexual.

Como se ha hecho en otros países, estos servirían para proteger a mujeres y niñas en situaciones de abuso, al reubicarlas en lugares donde no puedan ser encontradas por sus victimarios, independientemente de su situación económica al momento de la denuncia, siendo el dinero un factor importante que muchas veces obliga a las víctimas a permanecer con sus agresores.

No obstante, las autoridades han ignorado esta solicitud, así como la de la creación de una Ley Integral Contra la Violencia de Género, que estipule este y otros protocolos de protección a las víctimas y tipifique además el delito de “feminicidio”.

Estas fallas en las leyes cubanas, imposibilitan a la vez la detección y atención del acoso y abuso sexual en instituciones educativas de todos los niveles.

Ni siquiera las niñas de primaria están protegidas, por las consideraciones sobre el estupro, mientras que en niveles superiores las víctimas necesitarían probar el uso de violencia física en su contra o técnicamente no habría delito que perseguir.

No se cuenta con ninguna capacitación o curso, ni para alumnos, ni para docentes, en los que se aborde cómo prevenir el abuso sexual, ni siquiera en niños menores de 12 años.

Tampoco se estipula cómo deben proceder las instituciones ante estos casos, y cómo evitar la repetición de los mismos.

“Más allá de un marco punitivo según el cual se pudieran considerar estas sanciones como insuficientes, sobre todo en comparación con las que se aplican por delitos politizados, la ley no prevé otras acciones que garanticen la no repetición, como programas de educación para la prevención del acoso sexual, o un registro de agresores sexuales”, menciona el artículo.

La autora refiere que la situación en su conjunto vuelve aún más vulnerable a la víctima, y representa además una forma de violencia institucional.

Mientras todo esto ocurre, funcionarios cubanos consideran “innecesaria” una ley de protección a la mujer, y el gobierno continúa criminalizando a las asociaciones feministas que exigen una, y que denuncian los casos de abuso en Cuba, aunque son las únicas que llevan un registro de estos casos.

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