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Lo que necesitas saber de la Ley de Memoria Histórica si quieres nacionalizarte español

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Lo que necesitas saber de la Ley de Memoria Histórica si quieres nacionalizarte español

Una entrevista a Ariel Fraga, reconocido abogado hispanocubano, ofrece información al respecto

Ariel Fraga es un reconocido abogado hispano-cubano que tuvo la idea de visitar Miami el mes pasado para promover sus servicios como especialista en la española Ley 52/2007, conocida como la Ley de Memoria Histórica, que entró en vigor en 2008 y estuvo vigente hasta 2011, una norma que permite a hijos y nietos de emigrantes españoles obtener la ciudadanía española.

En un periplo informal, el doctor Fraga se presentó en alguna que otra estación de radio y en un programa nocturno de televisión local.

Nunca sospechó lo que desataría con estas comparecencias. Al otro día se recibieron cientos de llamadas y de emails en su bufete. Había personas buscándolo en Miami y en las redes sociales.

En su mayoría eran cubanos y venezolanos, interesados por ayudar a familiares o amigos que residen en sus respectivos países. Según explicaban, Fraga les había descubierto una vía legal para escapar de la situación en que estaban obligados a vivir y buscar un futuro mejor.

El abogado regresa a Miami este mes de mayo. Tiene planificado un nuevo recorrido por canales de televisión y estaciones de radio, pero además ha organizado un seminario gratuito, mañana martes 15 de mayo, a las 9:00 a.m. en la Cámara de Comercio España-EEUU (2153 Coral Way, 4to piso, salón 400), en Miami.

Fraga es una persona de baja estatura, muy desenvuelto y sin miedo escénico. Transmite seguridad y tiene la respuesta precisa para todo. Es pura pasión cuando hablamos de la «Ley de nietos» y aunque traté de sacarlo de paso, su profesionalidad está «a prueba de balas», no se sale de su personaje, es abogado las 24 horas del día. Así lo define el periodista de Diario de Cuba, Camilo Loret de Mola, a quien el letrado concedió una entrevista.

¿Cómo te sientes?, ¿Cómo un empresario puro y duro que ha encontrado un buen filón de negocios, o como un Robin Hood que intenta ayudar a escapar a cubanos y venezolanos de sus respectivas dictaduras?

Soy abogado, mi responsabilidad como socio-director de un despacho legal es contratar servicios y representar los intereses legales de las personas, a esto nos dedicamos profesionalmente y esta es la profesión que nos apasiona y por la que estoy aquí.  No creo que tenga que justificarme por esto.

Pero también tengo una vocación de ayudar al prójimo, a lo Robin Hood, como tú dices. Nosotros tratamos con personas, no con casos. Hacer bien mi trabajo es ayudar a otros, no tengo por qué sentirme mal con lo que hacemos, todo lo contrario.

Yo no veo mis servicios como una vía de escape, nosotros asesoramos y ofrecemos vías legales que garantizan una migración responsable, ordenada y, sobre todo, segura. Por otro lado, vivo convencido que las personas son libres de escoger donde quieren vivir.

Nosotros no iniciamos nada. Mi oficina legal es el complemento para un proceso jurídico que ya comenzaron las personas y que por ciertas razones se les ha complicado. Mis más de 20 años en la profesión me permiten ofrecer mi experiencia para destrabar y resolver estos casos.

Así que te respondo, soy un poco de los dos, un empresario consciente y un Robin Hood responsable a la vez. Y ese espíritu de Robin Hood es el que me lleva a buscar la forma perfecta de servir al cliente, para que se sienta complacido.

¿Por qué recomiendas que contraten tu oficina legal para este tipo de trámites?

Fundamentalmente por la experiencia que tenemos dedicándonos a este asunto de la nacionalidad por Ley de Memoria Histórica.

Contamos con más de 20 años de ejercicio profesional y, en el caso de la Ley de Memoria Histórica, estuvimos representando a clientes desde su aprobación en 2008 y hasta la actualidad, en que continuamos asistiendo en los recursos contra las denegaciones.

Los resultados legales avalan nuestra trayectoria, pero más que los resultados, lo que da valor a nuestro trabajo es estar al lado de nuestro cliente hasta el final.

Nunca abandonar al cliente es nuestra regla de oro. A esto agrego la impecable trayectoria de mi oficina. Además, está la capacidad que tenemos de viajar a Miami, Venezuela o Cuba para atender las necesidades del cliente.

Estamos asociados con abogados locales en cada país que pueda ayudar en la gestión, buscar los documentos precisos, establecer el proceso que haga falta.

No es lo mismo pedirlo todo desde tu estudio legal en Barcelona, que enviar a un abogado al registro civil en el estado de Vargas en Venezuela o al pueblo de Sagua La Grande, en Cuba, para conseguir el certificado de matrimonio que tiene trabada tu solicitud.

¿A quién va dirigido el seminario que tienes planificado para mañana en Miami?

Va dirigido a todas aquellas personas que presentaron expediente de nacionalidad española basado en la Disposición Adicional 7ª de la Ley 52/2007, conocida como la Ley de Memoria Histórica, y a los hijos de estas personas. Es decir, a los nietos de españoles y a sus hijos.

¿Por qué un seminario de este tipo en Miami y no en Venezuela o Cuba, por ejemplo?

No se excluyen los territorios, los promotores de estos expedientes, desde el punto de vista legal, se enfrentan a dificultades muy similares, y todos los que sean denegados serán apelables ante los juzgados en España.

De hecho, estamos pensando ya en dar la misma conferencia en Caracas.

De La Habana ya tenemos muchos casos en apelación. Es el consulado con mayor número de procesos pendientes de resolver.

La Ley cerró. Ya no se aceptan nuevas solicitudes, esto te obliga a trabajar solo con los casos pendientes de resolución o con los que apelan las negativas.

¿Dominas alguna estadística de cuantos casos de solicitantes de esta ley quedan pendientes a nivel mundial y en EEUU?

A nivel mundial no, pero mi gestión se centra en Latinoamérica. Ahora mismo estamos atendiendo a muchos cubanos y venezolanos.

Se debe tener en cuenta que el bloque fuerte de peticiones de nacionalidad por la Ley de Memoria Histórica vino de Latinoamérica, pues es donde fue más importante la migración española de finales del siglo XIX y durante la primera mitad del siglo XX.

Te puedo decir que en el Consulado de España en Miami se reportan unos 10.000 casos, que se dividen entre expedientes pendientes de resolver y expedientes incompletos, porque los promotores no han presentado todos los documentos requeridos.

Nosotros podemos ayudar a estas personas a destrabar  sus casos, tenemos la capacidad para buscar los documentos legales, analizar el problema, buscar una solución  legal y pleitear cualquier decisión de cualquier consulado español ante los juzgados españoles.

Si alguien inició el proceso desde Cuba, Venezuela o Miami, ¿pudiera continuarlo con tu oficina legal desde Miami o Barcelona?

Nosotros podemos atender cualquier caso presentando ante cualquier consulado general de España, en cualquier país del mundo.

La legislación aplicable es española, los consulados son oficinas de la Administración española sujetos a la ley española, y como ya comenté anteriormente, estos casos son apelables ante el Ministerio de Justicia, en una primera instancia, y ante los juzgados españoles en una segunda instancia.

Todo proceso de este tipo genera un porcentaje de casos rechazados o denegados, ¿Por qué razones pueden negarse las solicitudes en este caso?

Son varios los motivos. Pero principalmente por no haberse completado los documentos necesarios. Es común que se rechace el proceso porque el nieto no pudo encontrar la partida de nacimiento o la fe de bautismo del abuelo en el pueblo donde nació en España. O porque la solicitud tenga errores involuntarios en los documentos, un caso que puede resolverse con la subsanación requerida.

Hay nietos que no tienen todos los datos de sus abuelos, incluso hemos tenido casos que ni siquiera han conocido físicamente a sus parientes españoles, porque murieron antes que ellos nacieran. En estos casos somos muy útiles para descubrir cuál fue el verdadero nombre del abuelo o el pueblo en que realmente nació o quienes fueron sus padres y dónde lo bautizaron.

Otra causa de denegación puede ser que el abuelo obtuviera la nacionalidad del país de residencia antes de nacer su hijo, o haberse casado la abuela española con un nacional del país de residencia y por esa causa haber perdido la nacionalidad española.

También influye la aplicación del artículo IX del Tratado de París de 1898, que fijó un plazo para que los españoles que se encontraban en Cuba al momento de la entrada en vigor, declararan que querían seguir siendo españoles. Los que no lo hicieron pasaron a ser cubanos y muchos ni se enteraron de esto.

O que la propia administración (el Consulado de España) se haya equivocado en la apreciación de los requisitos legales, o que se haya denegado sin razonar o motivar suficientemente. En todos estos casos podemos ayudar, enmendar y resolver el problema.

¿Hay alguna manera de reclamar un proceso denegado?

Sí, por supuesto. Como te dije antes, siempre queda abierta la vía judicial, en un proceso ordinario. Podemos presentar la reclamación ante los Juzgados de Primera Instancia de Madrid, cuando el cliente vive fuera de España. O ante los juzgados del lugar de domicilio en España si la persona está aquí.

¿Hasta qué nivel de parentesco estaban amparados por esta ley los familiares de ciudadanos españoles?

Hasta la segunda generación, los nietos, no por gusto la Ley se conoce popularmente como Ley de Nietos.

Aunque la tercera generación, los biznietos, también se puede beneficiar indirectamente, porque pueden obtener residencia y trabajo en España de forma directa y, al año de residir en el país, solicitar la nacionalidad española.

Muchas personas perdieron su oportunidad de iniciar trámites de ciudadanía española con esta Ley de Memoria Histórica. Ahora que caducaron los términos de inscripción, ¿qué opción les queda para poder obtener el pasaporte español?

Hay que valorar caso a caso. Pero la opción más común consiste en que se hagan residentes en España y al cabo del año solicitar a la nacionalidad española.

Aunque quedan los casos de los hijos de padres españoles que estuvieron sujetos al Servicio Militar activo en España y que por esta causa no perdieron la nacionalidad española aunque se hubieran acogido a la nacionalidad del país de residencia.

Hay casos de hijos que eran mayores de edad cuando sus padres se acogieron a la Ley de Memoria Histórica y no pudieron ser incluidos en la solicitud¿Qué pueden hacer ahora para solicitar la ciudadanía española?

La vía que tienen ahora es optar por la residencia y permiso de trabajo en España de forma directa, sin necesidad de contar con una oferta de empleo. Y al cabo del año pueden pedir la nacionalidad.  Es un caso muy usual en estos días y que, en su mayoría, obtienen el resultado que desean.

¿Qué requisitos hay que cumplir para asistir a tu seminario de mañana?

Ninguno, es un evento gratuito, pero deben confirmar la asistencia pues la sala tiene un aforo limitado. Y allí estaremos para aclarar todas sus dudas.

¿Te piensas radicar en EEUU?

EEUU es un gran país y Miami me encanta. Aquí tengo más familia y amigos que en Cuba y en España, pero por ahora no pienso moverme de Barcelona. Tengo responsabilidades en mi despacho con clientes que no puedo ni quiero abandonar. Pero sí pretendemos abrir una delegación permanente aquí, asociados a un bufete de abogados estadounidense con muy buena trayectoria y una alta profesionalidad.

Igual haremos en Venezuela. Pero te insisto, no importa del país que seas y dónde te encuentres, con solo contactar a nuestras oficinas ya te podemos atender.

Ariel Fraga ofrecerá su seminario gratuito en la Cámara de Comercio España-EEUU de Miami (2153 Coral Way, 4to piso, salón 400) mañana 15 de mayo de 9:00-10:00 a.m. El aforo es limitado, por lo que se ruega confirmar participación al teléfono +34 93 2153304, o a [email protected]

 

TOMADO de Diario de Cuba/Camilo Loret

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0 Comments

  1. LENNY SANCHEZ

    15 mayo, 2018 - 2:13 PM at 2:13 PM

    SOY HIJO DE ESPAÑOLES POR PARTE DE MADRE Y PADRE
    QUE TENGO QUE HACER PARA NACIONALIZARME ESPAÑOL?

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