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Nota de prensa de CDC Travel Agent PTY INC

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Nota de prensa de CDC Travel Agent PTY INC

CDC Travel Agent informa que ningún cliente ha sido víctima de estafa

CDC Travel Agent, informa que ningún cliente suyo ha sido víctima de estafa, como asegura la familia Silva:

  1. En primer lugar, la periodista Gina Romero hace referencia a que nuestra agencia tiene sede en Barbados, lo cual es totalmente falso, nuestra empresa está ubicada en ciudad de Panamá.
  2. Nuestro vuelo fue programado en un inicio para el día 10 de agosto de 2021; sin embargo, el mismo tuvo que ser reprogramado por aprobaciones gubernamentales en 1.ª ocasión para el día 20 de agosto de 2021. Debido a condiciones meteorológicas el mismo tuvo una 2.ª reprogramación para el día 25 de agosto de 2021, la cual finalmente para esta fecha contaba con las debidas autorizaciones del lugar de inicio del despegue del recorrido para este último caso México (MEX) y con aterrizaje en Barbados (BGI), de acuerdo a leyes internacionales de aeronáutica el plan de vuelo puede ser entregado y aprobado hasta 3 horas antes del vuelo programado del cual estuvimos hasta las 8 am hora de Panamá / 9 am hora de Local de Cuba realizando seguimiento; pero nuevamente al igual que en la primera ocasión el mismo por APROBACIONES GUBERNAMENTALES no se nos autorizó el aterrizaje en el aeropuerto José Martí, en La Habana, Cuba.
  3. Es importante indicar que en todo momento nuestros pasajeros han sido notificados vía correo electrónico de cada acontecimiento ocurrido al igual que se ha notificado en todas nuestras redes sociales, a esto acotamos que cada pasajero firmó de manera conforme un CONTRATO DE CONFORMIDAD PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VUELOS CHARTER, mismo que es confidencial y en una de sus cláusulas si deja entendido que: una vez firmado este contrato por parte del CLIENTE, el VENDEDOR no es responsable si el CLIENTE no acata las instrucciones establecidas en este contrato.
  4. De igual manera, en una de las cláusulas se indica que EL VENDEDOR no será responsable, ni se considerará causa de incumplimiento de este contrato, la cancelación o el retraso por causas de fuerza mayor, casos fortuitos, desastres, o cualquier evento que impida a la aerolínea, el despegue o aterrizaje de las aeronaves en el aeropuerto y en la ruta que se detalla en la cláusula primera.
  5. Es importante señalar que en un vuelo privado no se emiten boletos electrónicos, si no NO se es congruente con la solicitud, por tal razón la solicitud se maneja a través de un manifiesto o (LISTADO DE PASAJEROS) con los nombres y datos de los pasajeros que abordaran el vuelo.
  6. Para concluir de la RESCISIÓN, se deja por entendido que, en el caso de que alguna de las partes incumpla en cualquiera de sus obligaciones establecidas en el presente contrato, la parte afectada por el incumplimiento de la otra, podrá rescindir el presente Contrato sin necesidad de declaración judicial, mediante notificación por escrito a la parte que incumple. EL CLIENTE, en caso de rescindir el contrato por su causa, deberá pagar la suma de todos los gastos incurridos por EL VENDEDOR, quien presentará los documentos que acrediten los mismos, además de lo anterior deberá pagar un 20% de la suma que le correspondería a EL VENDEDOR por sus servicios, como penalización por incumplimiento de contrato. En caso contrario, es decir, que EL VENDEDOR, no pueda cumplir con la programación (itinerario propuesto), se podrá reorganizar la operación o en su defecto se devolverá el monto pagado hasta el momento; sin embargo, los gastos administrativos son NO REEMBOLSABLES y están sujetos a los TÉRMINOS Y CONDICIONES de EL VENDEDOR, como empresa seria y responsable.
  7. De los REEMBOLSOS a cada pasajero se le hizo llegar una carta de solicitud de reembolso para que él mismo la pueda llenar, firmar y al momento de guardar nos llegará una copia, cabe señalar que dicha solicitud está basada en los términos y condiciones adjuntos al CONTRATO DE CONFORMIDAD PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE VUELOS CHARTER y el cual no es un proceso automático y puede tardar hasta (90) días hábiles de acuerdo a las políticas de la aerolínea no es un proceso que depende del VENDEDOR; sino de la línea aérea.

NOTA: El desconocimiento de la norma no exime de responsabilidad, para este caso el desconocimiento por la falta lectura del contrato no exime de responsabilidad al CLIENTE, toda vez que cada cláusula y términos y condiciones están adjuntas en el contrato.

Pedimos a todas las personas que han depositado su confianza en nuestra marca CDC TRAVEL AGENT PTY INC, a mantenerse atentos a nuestros canales oficiales de comunicación +507 6479- 6994 +507 6419-7814 +507 3934680, y no dejarse llevar por noticias comunicaciones fuera de nuestra compañía.

En CDC Travel Agent, continuamos a sus órdenes.
Dirección General de CDC Travel Agent

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