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Periódico Cubano

¿Pueden los cubanos-españoles optar por la doble nacionalidad franco-española?

LEY DE NIETOS ESPAÑA

¿Pueden los cubanos-españoles optar por la doble nacionalidad franco-española?

Los presidentes de España y Francia firmaron un acuerdo para permitir la doble ciudadanía, una posibilidad que era negada hasta el momento

Los presidentes de España, Pedro Sánchez, y de Francia, Emmanuel Macron, firmaron este lunes 15 de marzo un acuerdo bilateral para permitir a sus ciudadanos obtener la doble ciudadanía franco-española sin tener que renunciar a una de ellas tal como ocurría hasta el momento.

El acuerdo busca favorecer a más de 350.000 españoles que viven en Francia y más 160.000 franceses que residen en España, siempre y cuando cumplan una serie de requisito.

Este convenio “corrige una anomalía histórica para muchos de ellos, españoles, franceses, profundamente arraigados en sus respectivos países de acogida, que no podían disponer de su doble identidad”, explicó Sánchez en la cumbre celebrada en la ciudad gala de Montauban.

Los convenios para ostentar la doble nacionalidad sin tener que renunciar a la española están previstos en la Constitución de la nación ibérica que en su artículo 11.3 señala que: “el Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España”.

Atendiendo a este procedimiento España ha logrado firmar acuerdos recíprocos de doble nacionalidad con 12 países latinoamericanos; ellos son: Chile, Perú, Paraguay, Nicaragua, Guatemala, Bolivia, Ecuador, Costa Rica, Honduras, República Dominicana, Argentina y Colombia.

Además de Portugal, Andorra, Filipinas y Guinea Ecuatorial.

Pero, ¿cuáles son los requisitos exigidos por Francia para otorgar la nacionalidad francesa a un ciudadano español? ¿califican los cubanos-españoles para optar por la nacionalidad francesa?

Lo primero que hay que tener en cuenta es que el acuerdo firmado este 15 de marzo no prevé ningún privilegio para otorgar la ciudadanía, simplemente da la posibilidad de ostentar ambas (la española y la francesa) sin que el ciudadano tenga que renunciar a una de ellas.

Por lo tanto, en el caso de España continúa vigente la normativa para los ciudadanos franceses que opten por la nacionalidad española: tendrán que residir por un mínimo de 10 años en España. De esta manera se acogerán a la nacionalidad por residencia.

Por su parte, la ley francesa es más laxa y solo exige la mitad del tiempo -5 años- para otorgar la nacionalidad francesa a los españoles que pasen ese tiempo de sus vidas residiendo de forma permanente en territorio galo.

De tal forma, los cubanos que ya hayan adquirido la nacionalidad española pueden optar -previo cumplimiento de los requisitos- por la nacionalidad francesa.

Beneficios de la nacionalidad francesa

Según un estudio en 2019 del Klin and Kochenov’s Quality of Nationality Index la nacionalidad francesa es considerada una de las mejores del mundo. Francia consiguió una puntuación de un 83,5% de un 100% posible. La ventaja competitiva de Francia reside en su establecimiento superior de la libertad.

La posesión de la nacionalidad confiere los derechos civiles (sociales y políticos) previsto en cada caso por la legislación en este caso Francia. Al ser ciudadanos de Francia son más los países a donde puede viajr sin solicitar visa.

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