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¿Qué se necesita para pedir asilo político en EEUU?

ESTADOS UNIDOS

¿Qué se necesita para pedir asilo político en EEUU?

Tras la eliminación de la ley pies secos/pies mojados la principal vía para la entrada de cubanos a EEUU es la figura del asilo político

El asilo político es el refugio que se otorga a una persona desterrada o perseguida en su país de residencia por motivos políticos. En la historia se han visto casos de jueces, abogados, defensores de derechos humanos, sindicalistas o cualquier persona en general que huye de su país pues se ven extorsionados por las autoridades de gobierno del momento.

Desde 1950 la Agencia de la ONU para los Refugiados (ACNUR) defiende la figura del asilo político para que en más de 135 países los derechos de las personas que son perseguidas por sus ideales sean protegidos.

¿Qué se necesita para pedir asilo político en EEUU

Local de USCIS en Hialeah. (Foto: Periódico Cubano)

En el caso de Estados Unidos, un país de recepción de migrantes por excelencia, está suscrito a la Convención de Ginebra de 1951 que reconoce como refugiado político a “toda persona que, debido a fundados temores de ser perseguida por motivos de raza, religión, nacionalidad, opiniones políticas, pertenencia a determinado grupo social, de género u orientación sexual, se encuentra fuera del país de su nacionalidad y no puede o, a causa de dichos temores, no quiere acogerse a la protección de tal país”.

Por lo tanto, el principal requisito para acogerse a este beneficio, reconocido por la ONU, es demostrar con pruebas la condición de que está siendo perseguido y discriminado en su país de origen, esto es el llamado “miedo creíble”.

El otro punto es presentarse ante las autoridades de migración en algún punto de la frontera estadounidense, pues se requiere presencia física en tierras de EEUU para presentar el caso.

Cambios en la política introducidos por Donald Trump

A partir del 16 de julio de 2019 por una orden ejecutiva de Donald Trump todos los migrantes que se presentan en la frontera terrestre de Estados Unidos con México y solicitan asilo serán rechazados, excepto en dos excepciones:

  1. Se aceptará la petición de asilo de aquellos migrantes que puedan demostrar que pidieron asilo en al menos un tercer país por el que hayan pasado previamente y dicha solicitud fue rechazada. Esos terceros países con los cuales EEUU tiene firmado acuerdos son Guatemala, México y El Salvador. El objetivo de la ley es cortar las caravanas de migrantes que en los últimos años se presentaron por toda Centroamérica en su avance hacia la frontera sur de EEUU.
  2. Se aceptará para su tramitación –que no quiere decir aprobación– la solicitud de migrantes que, aunque no han pedido asilo en un tercer país, pueden probar que han sido víctimas de una forma severa de tráfico humano.

Otro cambio implementado por la administración republicana es que el tiempo que dure la tramitación del expediente de solicitud ante las cortes judiciales de migración, el solicitante debe permanecer fuera de EEUU.

Estas personas reciben una carta en la que se le notifica qué día deben presentarse en la entrada del paso migratorio a EEUU para ser escoltados por oficiales del Servicio de Inmigración y Control de Aduanas (ICE) a corte migratoria.

Por la complejidad del proceso de trámites y el perfecto dominio del idioma inglés resulta casi imposible que el caso de petición de asilo político tenga que ser llevado por un abogado que represente al solicitante. Según las estadísticas oficiales desde el 2019 solo se han aceptado el 1% del total de las solicitudes presentadas.

Si el asilo es aprobado, se puede trabajar y permanecer en EEUU de forma legal con el permiso de residencia (green card) con lo cual tiene acceso a un Número del Seguro Social para ser beneficiario de algunos servicios sociales.

A los cuatro años de la fecha de obtención de la tarjeta de residencia pueden solicitar la ciudadanía estadounidense por naturalización.

Pero antes, el asilado, puede beneficiar con similar estatus a su pareja con la cual tiene un matrimonio demostrable y a sus hijos solteros menores de 21 años. El proceso se inicia llenando una aplicación I-730 (following-to-join).

 

Este artículo es solo informativo, para asesoría legal contacte a un abogado especializado en temas migratorios.

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